JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA

Creación del Consejo de Expertos en Gestión Pública

La Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el marco del Plan Estratégico institucional, conformó el Consejo de Expertos en Gestión Pública. Este nuevo espacio multidisciplinario, integrado por prestigiosos especialistas extranjeros y argentinos —provenientes de diversos ámbitos—, procura colaborar en la actualización permanente de los procesos de formación e implementación de las políticas públicas para poder constituir un modelo de Estado y administración pública que permita profundizar el desarrollo con la inclusión social.

PRESENTACION

La Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros convocó a los más reconocidos especialistas nacionales e internacionales en temas de administración pública a integrar el Consejo de Expertos en Gestión Pública, para trabajar en forma conjunta en el diseño de políticas que se apliquen en la construcción de un Estado más fuerte, ágil, eficaz y transparente.

Creado por intermedio de la Resolución de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública Nº 77 del 3 de diciembre del 2008, el Consejo de Expertos se enmarca en el Plan Estratégico de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública y tiene como objetivo reflexionar, debatir y realizar aportes para mejorar el funcionamiento de los organismos estatales y colaborar en el desarrollo de un Estado que pueda intervenir con eficiencia para resolver de manera efectiva las demandas de la sociedad.

INTEGRANTES

El Consejo está integrado por prestigiosos especialistas argentinos y extranjeros, quienes desempeñan sus funciones con carácter "ad honorem".

Luego de una amplia convocatoria, se escogieron a sus treinta y cuatro (34) miembros, todos ellos referentes en materia de gestión pública, entre los que se destacan: Guillermo O’Donnell, Oscar Oszlak, Bernardo Klisberg, Adam Przeworski, Joan Subirats, Nuria Cunill Grau, la Diputada Nacional Claudia Bernazza, representantes sindicales y académicos, entre otros.

De acuerdo con lo expresado por la Resolución, el titular del Secretaría de Gabinete y Gestión Pública determina el funcionamiento del Consejo, así como también las actividades y la agenda de los temas que serán debatidos en las reuniones convocadas.

ESPACIO DE DIALOGO MULtIDISCIPLINARIO

La institucionalización de este espacio de diálogo multidisciplinario ratifica las políticas llevadas a cabo por la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública para estrechar los lazos de los distintos organismos estatales con el ámbito académico.

El trabajo en conjunto permite que el Estado incorpore las tendencias actuales y las nuevas metodologías que buscan fortalecer los procedimientos administrativos y orientar la gestión pública al logro de resultados.

En este sentido, la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública subraya la importancia del Consejo de Expertos en Gestión Publica porque su participación brindará nuevas miradas y perspectivas que enriquecerán la tarea cotidiana del organismo y permitirán seguir los rumbos propuestos por la planificación brindando coherencia y direccionalidad a políticas adoptadas.

Además, estas acciones colaboran en el proceso de constituir un Estado más inteligente, activo, eficiente y transparente, es decir, un Estado más fuerte, capaz de profundizar el camino de desarrollo con inclusión.

Teniendo presente la importancia del suceso a continuación se describirá el marco normativo que posibilitó la creación del Consejo de Expertos en Gestión Pública.

SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA

CREACION DEL CONSEJO DE EXPERTOS EN GESTION PUBLICA

RESOLUCION Nº 77/2008

VISTO el Decreto Nº 1266 del 31 de julio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1266/08 se creó la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública tiene como objetivos, entre otros, entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política de modernización del Estado, asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos y en la propuesta de normas reglamentarias en la materia.

Que existe la necesidad de robustecer los procesos de formación e implementación de las políticas públicas, garantizando la solvencia técnica y atendiendo las actuales tendencias en materia de fortalecimiento de la gestión pública.

Que debe existir una mayor vinculación entre los procesos de gobierno, la implementación de las políticas públicas y los desarrollos técnicos y prácticos alcanzados por los especialistas en materia de Estado y administración pública, tomando en cuenta las nuevas metodologías que buscan fortalecer los procedimientos administrativos y orientar la gestión pública al logro de resultados.

Que en virtud de la estrecha vinculación que esta Secretaría mantiene con el ámbito académico, resulta imprescindible contar con la colaboración y la experiencia de docentes, investigadores, referentes de universidades nacionales e internacionales, centros de investigación y organismos internacionales afines en materia de gestión y políticas públicas.

Que también resulta importante recibir el aporte de responsables de gestión pública de otros niveles de gobierno, así como de los trabajadores estatales a través de sus representantes gremiales.

Que en este sentido, se considera necesario construir un espacio de reflexión y debate que coadyuve en el desarrollo de los programas propios de esta Secretaría con el fin de aportar a la actualización permanente de la gestión de las políticas públicas.

Que por tal motivo es oportuno conformar un Consejo de Expertos en Gestión Pública, institucionalizando este ámbito para contribuir a entablar un fructífero diálogo con referentes de máximo prestigio en la materia, con miras a satisfacer las necesidades señaladas.

Que el titular de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública decidirá su organización interna, su programa de actividades, su agenda temática, sus criterios metodológicos y los límites temporales para la elaboración de los informes respectivos.

Que a tal efecto, podrá convocar a especialistas de distintas disciplinas con el objeto de exponer y participar de las deliberaciones y debates, enriqueciéndolos con la dimensión pluridisciplinaria.

Que a fin de propiciar el funcionamiento más eficiente, se estima conveniente dotarlo de una Secretaría Técnica, debiéndosele facilitar los recursos necesarios para su cometido.

Que resulta conveniente designar como Secretario Técnico al titular de la Coordinación Ejecutiva de esta Secretaría.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985 y sus modificatorios y Nº 1266/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y GESTION PUBLICA

RESUELVE:

Artículo 1º: Créase, en el ámbito de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública, el Consejo de Expertos en Gestión Pública, cuyo objetivo será reflexionar, debatir y realizar aportes sustanciales para el desarrollo de los programas propios de esta Secretaría.

Artículo 2º: Intégrase el Consejo de Expertos en Gestión Pública por las personas que se individualizan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, quienes desempeñarán las funciones encomendadas con carácter "ad honorem".

Artículo 3º: El titular de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública determinará su funcionamiento interno y sus actividades y podrá convocar a especialistas de las distintas disciplinas afines a participar de las deliberaciones y debates.

Artículo 4º: Las Subsecretarías de Gestión y Empleo Público y de Tecnologías de Gestión y demás dependencias de esta Secretaría brindarán la información y asistencia que les fuera requerida por el Consejo de Expertos en Gestión Pública.

Artículo 5º: Desígnase como Secretario Técnico del Consejo de Expertos en Gestión Pública al Dr. Marcelo Adrián Bufacchi, Coordinador Ejecutivo de esta Secretaría, que desempeñará sus funciones con carácter "ad honorem", brindando el auxilio administrativo que resulte necesario para su funcionamiento.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.—Juan M. Abal Medina.

ANEXO