MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE EMPLEO

Seguro de Capacitación y Empleo

El Seguro de Capacitación y Empleo (SCyE) surge en el año 2006, con el objetivo de brindar apoyo a los trabajadores y trabajadoras desocupados pertenecientes al Programa Jefes y Jefas de Hogar en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en su inserción en empleos de calidad. A la fecha cuenta con 102.209 adheridos en los más de 160 municipios a los que ha llegado.

El Seguro de Capacitación y Empleo, que se lleva adelante desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social prevé un conjunto de prestaciones, herramientas y otros servicios para los trabajadores que opten por participar, además de posibilitarles un ingreso monetario mensual de $ 225 ($ 75 más que el Programa Jefes y Jefas de Hogar). A su vez, los períodos mensuales en los que el trabajador perciba la prestación dineraria no remunerativa serán computados a los efectos de la acreditación del derecho a las prestaciones del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (ley 24.241) y sus modificatorias como tiempo efectivo de servicios.

Esquema Local de Prestaciones

El Esquema Local de Prestaciones es el conjunto coordinado y accesible de servicios que tienen por objetivo mejorar las condiciones de empleabilidad y promover la inserción laboral de las personas que se incorporan al Seguro de Capacitación y Empleo.

Para hacerlo, cuenta con un conjunto de acciones acordadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) con distintos organismos tales como Gobiernos Provinciales, Sectores de Actividad (Cámaras Empresarias y Sindicatos), Empresas, que podrán concretarse en el territorio en tanto respondan a los sectores y actividades identificadas por el municipio como potenciales promotoras de empleo.

Para aquellas acciones que no puedan ser cubiertas por acuerdos preexistentes (con el propio municipio o con otros organismos), es posible diseñar acciones o proyectos específicos que satisfagan las necesidades identificadas. Estos serán evaluados, aprobados y asistidos técnica y financieramente por el MTEySS en tanto contribuyan al logro del objetivo planteado para el SCyE.

La generación y continua actualización de dicho esquema está a cargo del Municipio, en particular de un área o de un equipo contraparte que este designe a tal fin. Es importante aclarar que dentro de dicho esquema seguramente habrá prestaciones que estén a cargo de otros organismos públicos (por ejemplo, la terminalidad educativa) o de instituciones privadas (como las acciones de entrenamiento para el trabajo que puedan tener lugar en una empresa).

Las prestaciones disponibles se ofrecen a los asegurados como oportunidades a desarrollar según sus intereses, motivaciones, posibilidades y postulaciones vinculadas con su perfil socio-educativo y laboral. Esto significa que durante los dos años de permanencia en el SCyE y con la asistencia de la Oficina de Empleo (OE) se espera que los asegurados transiten por distintos espacios de orientación, de formación y de inserción laboral. La atención de estas dimensiones convierte a las prestaciones en acciones que posibilitan a los trabajadores/as contar con mejores condiciones y herramientas para insertarse laboralmente.

Tipos de prestaciones

1. Habilidades para el trabajo

Por "Habilidades para el Trabajo" se entiende al conjunto de competencias básicas necesarias para obtener y conservar un empleo. En términos concretos, son las que le permiten a una persona entender la tarea que debe desempeñar en un proceso de trabajo, relacionarse con sus pares y superiores, asumir las responsabilidades para llevar a cabo una tarea de modo satisfactorio, respetar horarios, etc.

En algunos casos, el bajo nivel educativo atenta en contra del desarrollo de estas competencias. Por eso, con independencia de la actividad formativa que los beneficiarios del ScyE realicen, puede ser necesario y/o conveniente, incluir en estas actividades un trabajo sobre aspectos fundamentales de la lectura, la escritura y el cálculo. Esto no habrá de hacerse desde una perspectiva "escolar", sino en fuerte relación con situaciones características del mundo del trabajo.

2. Certificación de Estudios Formales

Las estadísticas marcan que uno de los problemas de empleabilidad que registra más del 60% de los beneficiarios del Programa Jefes y Jefas de Hogar es el de no haber concluido los niveles de educación primaria y secundaria. Se estima que algo semejante ocurre con las personas que optan por el SCyE. Por consiguiente es imprescindible, en función del objetivo de incrementar la empleabilidad, brindar oportunidades y facilidades para la terminación y certificación de esos estudios.

Por su directa vinculación con la calidad del empleo, el completamiento de estudios es una prestación válida para el SCyE. La misma está disponible en los sistemas educativos provinciales, los cuales cuentan con apoyo técnico y financiero del Programa de Formación para el Trabajo del MTEySS y se ejecuta a través de convenios específicos en cada provincia (1).

3. Formación profesional

Se entiende por formación profesional al conjunto de cursos que tienen por objeto facilitar el desarrollo de competencias laborales para el trabajo en un sector u ocupación definido. Una característica de estos cursos es que tienen bajos requisitos de formación previa.

Esta actividad tiene por objeto aportar a los beneficiarios del SCyE una herramienta adicional para mejorar su empleabilidad. Se espera que el municipio defina sectores de actividad en los que considera es posible promover el empleo e impulse ofertas de formación profesional en estos sectores, de modo de potenciar la estrategia.

Para contar con prestaciones de formación profesional es posible recurrir a varias fuentes:

• Acciones convenidas con los Gobiernos Provinciales pertenecientes a su sistema de Educación de Adultos y/o Formación Profesional.

• Acciones previstas en protocolos sectoriales que pueden concretarse en base al análisis territorial realizado por el municipio.

• Acciones ofrecidas por otras instituciones de reconocida calidad en los temas que estén en condiciones de ofrecer vacantes para los participantes del SCyE.

En este último caso, será necesario presentar proyectos específicos que detallen las características de las acciones e incluyan presupuestos en caso de solicitar financiamiento al MTEySS.

En función de las características de los participantes del SCyE, el MTEySS ha diseñado un conjunto de ofertas que podrán implementarse en caso de considerarse oportuno en relación con las áreas identificadas por el municipio. A modo de ejemplo se cita la capacitación de cuidadores domiciliarios en convenio con PAMI y la calificación y registro de personal doméstico.

4. Entrenamiento para el trabajo en empresas privadas (Res. MtEySS 696/2006 y res. Secretaría de Empleo 682/2006 y disposición D.N.P.E. 594/2007)

Esta herramienta intenta brindar la posibilidad de que los beneficiarios se entrenen laboralmente en una actividad que les permita aumentar su empleabilidad a partir de considerar sus intereses, perfil laboral y las demandas de trabajo locales. Para ello las empresas deben presentar un proyecto con el detalle del perfil de trabajador que desean formar, las actividades de capacitación y práctica laboral, la designación de un tutor y el compromiso de brindar un certificado.

Los beneficiarios tendrán acceso a una práctica laboral en una empresa y gozarán, además de la ayuda económica que abona el MTEySS, compensaciones en concepto de traslado y de refrigerio o almuerzo de acuerdo a la carga horaria. Dichas compensaciones estarán a cargo de la empresa donde se desarrolla el entrenamiento que, a su vez, abonará al beneficiario la prestación médica básica y el seguro de responsabilidad civil, no constituyendo por ello una relación laboral.

La institución privada deberá presentar un proyecto de entrenamiento para el trabajo, el que podrá tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses, mientras que la participación de los beneficiarios en las actividades del proyecto podrá ser de 4 a 6 horas diarias.

5. Inserción Laboral en empresas privadas (Res. MtEySS 45/2006 y res. Secretaría de Empleo 680/2006 y res. Secretaría de Empleo 111/2008)

Los beneficiarios se insertan a trabajar en empresas o instituciones privadas manteniendo la ayuda económica que abona el MTEySS y el empleador abona la diferencia del salario correspondiente a la categoría del puesto de trabajo que ocupa por un plazo mínimo de 1 mes y máximo de 6 meses, cuando se trata de trabajadores/as menores de 45 años. En el caso de ser mayores de 45 años, la ayuda económica se extiende hasta 9 meses. La ayuda económica se incrementa en un 50% a partir del cuarto mes y un 100% a partir del séptimo cuando se trata de mayores de 45 años

6. Entrenamiento para el trabajo en el Sector Público (Res. MtEySS 696/2006 y res. Secretaría de Empleo 682/2006 y disposición D.N.P.E. 594/2007)

Brinda la posibilidad de que los beneficiarios puedan entrenarse laboralmente en una actividad que le permita aumentar su empleabilidad a partir de considerar sus intereses, perfil laboral y las demandas de trabajo locales.

Los beneficiarios tendrán acceso a una práctica laboral en instituciones públicas y gozarán, además de la ayuda económica que abona el MTEySS, compensaciones por traslado y por refrigerio o almuerzo de acuerdo a la carga horaria. Dichas compensaciones estarán a cargo del organismo público donde se desarrolle el entrenamiento que, a su vez, se hará cargo del pago de la ART, no constituyendo por ello una relación laboral. Además, el organismo público podrá acceder a recursos para el desarrollo del proyecto de entrenamiento para el trabajo.

Los proyectos de entrenamiento para el trabajo, podrán tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 12 meses, mientras que la participación del beneficiario en el proyecto podrá ser de 4 a 6 horas diarias.

7. Inserción Laboral en el Sector Público (Res. MtEySS Nş 45/2006, res. Secretaría de Empleo 680/2006 y disposición D.N.P.E. 174/2007)

Esta herramienta apunta a regularizar la situación de aquellos beneficiarios que realizan su contraprestación en tareas que son propias de los empleos públicos municipales y/o provinciales. Para ello, se contempla la posibilidad de mantener la prestación monetaria durante un plazo de hasta 12 meses, debiendo el organismo público abonar la diferencia en dinero necesaria para alcanzar el salario establecido en la normativa laboral. Esta diferencia de dinero que abona el empleador público deberá ser como mínimo equivalente a la prestación monetaria que abona el MTEySS al beneficiario. Una vez finalizado el plazo de vigencia estipulado, el organismo deberá abonar a su exclusivo cargo el salario completo.

La modalidad de contratación a través de la cual se incorpora al beneficiario al organismo deberá estar contemplada en la normativa que regule el empleo público en esa jurisdicción.

8. Desarrollo de Emprendimientos/Autoempleo (Res. MtEySS 45/2006 y res. Secretaría de Empleo 681/2006)

Se apunta a promover el desarrollo de proyectos de autoempleo para el desempeño de oficios o el desarrollo de emprendimientos individuales y/o asociativos. Dentro de esta modalidad se incluyen actividades de capacitación, asistencia técnica y tutorías, así como la posibilidad para el beneficiario de capitalizar en un único pago el monto de las ayudas económicas que le resten liquidar, o bien combinar la percepción de hasta 6 cuotas mensuales y el resto del dinero en un único pago.

9. Jerarquización y Profesionalización de los trabajadores del Servicio Doméstico (Res. MtEySS 876)

Se trata de un servicio que apunta a fortalecer la empleabilidad de las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, promoviendo la profesionalización y jerarquización de este oficio, como así también el acceso a nuevas oportunidades de inserción laboral. En este sentido, los trabajadores del SCyE que coticen en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, podrán mantener la prestación monetaria por un plazo de hasta 12 meses. Asimismo, podrán participar de trayectos de formación profesional tendientes a promover la jerarquización del oficio o el acceso a profesiones relacionadas con el mismo: Servicios Domésticos Generales, Atención y cuidados de personas, Servicio integral de salón, Información y recepción en alojamientos turísticos, Oficial de panadería, Auxiliar de pastelería, entre otros. Por otra parte, estos trabajadores también podrán acceder al resto de las prestaciones del SCyE disponibles en su localidad.

--------------------

(1) Excepcionalmente si hay alguna provincia que no tiene convenio con el MTEySS, será necesario diseñar una forma particular de articulación con el sistema educativo.