MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

Convocatoria para la Presentación de Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica "PICT Bicentenario"

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, por intermedio del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica, convoca a participar en la Presentación de Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica "PICT Bicentenario". Este llamado tiene como objetivo adjudicar subsidios a instituciones de investigación públicas, o privadas sin fines de lucro, radicadas en la República Argentina.

INTRODUCCION

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT), en el marco del Plan Nacional Bicentenario (2006–2010), llama a la presentación de Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica.

La presentación de los proyectos podrá efectuarse on-line, a través del Sistema de presentación de proyectos carga vía Internet desde el sitio de La Agencia.

Una vez cargados y verificados los datos del solicitante del Formulario, pulsando el botón "enviar el proyecto", se efectiviza la presentación y el proyecto ingresa directamente al Sistema PICT Bicentenario.

Luego de completar el formulario el sistema permitirá generar e imprimir la carátula, la que deberá presentarse con la firma de la máxima autoridad de la Institución Beneficiaria (ver Anexo I "Glosario", en el final del texto) y de los investigadores integrantes del Grupo Responsable.

No es necesaria la firma de los miembros del Grupo Colaborador. Las carátulas se enviarán por correo postal o se entregarán personalmente en el FONCyT: Av. Córdoba 831, 6° piso, C1054AAH, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 26 de marzo del 2010, o hasta el 29 de Abril del 2010 para los proyectos categoría V.

Las presentaciones que se realicen por correo postal deben tener el sello de la oficina de correo hasta el día de cierre de la convocatoria. En todos los casos, la Mesa de Entradas de la ANPCyT registrará el ingreso a ésta con la fecha que figura en el mencionado sello.

Las consultas podrán efectuarse por teléfono al (011) 4891-8300 y líneas rotativas o a través de correo electrónico: foncyt@mincyt.gov.ar, consulta "PICT Bicentenario" de la página Web de La Agencia.

BASES DE LA CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA "PICT BICENTENARIO"

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT), a través del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT), en el marco del Plan Nacional Bicentenario (2006–2010), llama a la presentación de proyectos de Investigación Científica y Tecnológica para la adjudicación de subsidios a instituciones de investigación públicas, o privadas sin fines de lucro, radicadas en el país.

Categorías

En esta convocatoria se llama a la presentación de proyectos en las siguientes categorías:

• Categoría I: TEMAS ABIERTOS: proyectos de investigación científica y tecnológica abiertos a todas las áreas del conocimiento.

• Categoría II: TEMAS DE IMPACTO REGIONAL: proyectos de investigación científica y tecnológica orientados a la resolución de problemas regionales.

• Categoría III: COOPERACION INTERNACIONAL/RAICES: proyectos de investigación científica y tecnológica que incluyan en el Grupo Responsable un miembro del Programa Raíces del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

• Categoría IV: START-UP: proyectos de investigación científica y tecnológica orientados al desarrollo de nuevas competencias tecnológicas en el mercado de bienes y servicios, con el objetivo de crear Empresas de Base Tecnológica.

• Categoría V: AREAS CIENTIFICAS CONSOLIDADAS INTERNACIONALMENTE: proyectos de investigación científica y tecnológica orientados a financiar grupos destacados en el plano nacional y que se encuentren consolidados internacionalmente.

Tipos de presentaciones

Los proyectos podrán ser presentados por:

A. Un Equipo de Trabajo

B. Un Investigador Joven.

D. Un Equipo de Trabajo de Reciente Formación.

La siguiente tabla indica los tipos de proyectos elegibles para cada categoría.

Apertura y Cierre de la Convocatoria

La convocatoria estará abierta a partir del:

• 21 de diciembre de 2009 para todos los tipos y categorías.

• El cierre para la categoría V será el 29 de abril de 2010.

El cierre para las categorías I a IV se escalonará según la siguiente tabla:

Presentación

La presentación de los proyectos deberá efectuarse on-line, a través del sistema de carga vía Internet desde el sitio: http://foncyt.mincyt.gov.ar/FONCyT2/convocatoria/. Una vez cargados y verificados los datos del solicitante del formulario, pulsando el botón "enviar el proyecto", se efectiviza la presentación y el proyecto ingresa directamente al Sistema PICT Bicentenario.

Carátulas (en soporte papel)

Una vez completado el formulario el sistema se le permitirá generar e imprimir la carátula, la que deberá presentarse con la firma de la máxima autoridad de la Institución Beneficiaria (ver Anexo I "Glosario", en el final de texto) y de los investigadores integrantes del Grupo Responsable. No es necesaria la firma de los miembros del Grupo Colaborador.

Las carátulas se enviarán por correo postal o se entregarán personalmente en el FONCyT: Av. Córdoba 831, 6° piso, C1054AAH, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 9 de abril del 2010, o hasta el 29 de abril del 2010 para los proyectos categoría V.

Las presentaciones que se realicen por correo postal deben tener el sello de la oficina de correo hasta el día de cierre de la convocatoria. En todos los casos, la Mesa de Entradas e la ANPCyT registrará el ingreso a ésta con la fecha que figura en el mencionado sello.

Las consultas podrán efectuarse por teléfono al 011–4891 8300 y líneas rotativas o a través del link "foncyt@mincyt.gov.ar consulta PICT Bicentenario" de la página Web: www.agencia.gov.ar.

Un proyecto se considera procesable cuando se verifica que las carátulas y los datos del proyecto obran en poder del FONCyT y la información contenida es legible y coincidente.

El FONCyT publicará oportunamente en la página Web: www.agencia.gov.ar, el listado completo de las presentaciones procesables.

Características generales de la Convocatoria

Las presentaciones se fundarán, en todos los casos, en propuestas de generación de conocimiento original y/o innovativo, científico y/o tecnológico, con objetivos definidos que incluyan una explícita metodología de trabajo y conduzcan a productos y resultados verificables y evaluables y en principio, destinados al dominio público, salvo en el caso de la categoría IV–PICT START-UP.

Los proyectos presentados en la categoría II-TEMAS DE IMPACTO REGIONAL, deberán orientarse a la resolución de problemas existentes para una región de la Argentina en particular, teniendo en cuenta la relevancia del mismo y el impacto social, económico y/o productivo previsto sobre dicha región como resultado de la ejecución del proyecto.

Para los proyectos de esta categoría los integrantes del Grupo Responsable deberán ser en su mayoría investigadores radicados en la región objeto del proyecto. Asimismo, será considerado una característica significativa, la participación en el Equipo de Trabajo de integrantes provenientes de otras instituciones de la región que tengan interés en los resultados del proyecto.

Dado que el 2010 ha sido declarado por Naciones Unidas como Año Internacional de la Biodiversidad, se informa que uno de los temas a priorizar en esta categoría de proyectos será:

• Las relaciones entre biodiversidad, servicios ambientales y bienestar humano en las diferentes regiones de la Argentina.

Los proyectos presentados en la categoría III–RAICES, estarán orientados a promover el vínculo entre un grupo de investigación residente en el país y uno o más investigadores argentinos residentes en el exterior, con el objeto de desarrollar en forma conjunta un proyecto de investigación en una institución de la Argentina y una extranjera.

Los proyectos presentados en la categoría IV-START-UP, estarán orientados al desarrollo, en el mediano plazo, de nuevas competencias tecnológicas en el mercado de bienes y servicios, con el objetivo de crear una Empresa de Base Tecnológica al finalizar el proyecto.

Los proyectos de esta categoría deberán producir:

• Resultados altamente innovativos con factibilidad de explotación comercial.

• Conocimientos, preferentemente, susceptibles de patentamiento o de ser protegidos mediante derechos de propiedad intelectual.

Los proyectos PICT-START-UP deberán incluir, además de la Descripción Técnica, un "Estudio de Mercado". Asimismo, deberán prever en su presupuesto, gastos para la realización de un "Plan de Negocios", el cual deberá ser entregado al FONCyT, al cumplirse los primeros seis meses desde el primer desembolso al proyecto financiado.

En esta instancia se realizará una evaluación de los mismos que condicionará la continuidad del proyecto, de acuerdo al grado de concreción de las metas propuestas y/o el surgimiento de nuevos factores que afecten su desarrollo, como la aparición de una patente -en trámite o existente- que limite la comercialización del producto o servicio objeto del desarrollo, o se generen modificaciones en las regulaciones que afecten su competitividad, etc.

Los investigadores e integrantes del Equipo de Trabajo de los proyectos PICT- START-UP, podrán participar de los beneficios económicos que perciba la Institución Beneficiaria (IB) a partir de la operación, enajenación o licenciamiento de los resultados, y podrán recibirlos en los términos previstos en la normativa reglamentaria de la Ley N° 23.877 (http://www.agencia..gov.ar/IMG/pdf/ley23877.pdf). Tales beneficios se establecerán en un acuerdo de partes independiente al contrato de promoción suscrito con la La Agencia.

Los proyectos presentados en la categoría V, estarán destinados a financiar grupos de investigación considerados líderes a nivel nacional y consolidados internacionalmente, para poder fortalecer en el plano regional y en el área de su especialidad, la plataforma científica que estos grupos vienen desarrollando sobre la base de la obtención de diferentes tipos de subsidios nacionales e internacionales en los últimos 10 años.

Los investigadores de este tipo de proyecto deberán proponer una línea de investigación de alta originalidad que incorpore aspectos claramente innovadores respecto a las líneas que tradicionalmente han venido desarrollando. También deberán tener una destacada labor en formación de postgrado, así como en otras actividades vinculadas a las diferentes instituciones de I+D de su entorno.

Para esta convocatoria se financiará un total de 35 proyectos en los siguientes campos: ciencias médicas, ciencias químicas, ciencias agropecuarias, ciencias físicas, ciencias biológicas y bioquímicas, geociencia, y tecnologías. El número indicativo de proyectos a financiar por campo guardará relación con el número de publicaciones de la Argentina, de acuerdo al Essential Science Indicators del ISI Web of Knowledge.

Para todas las categorías, quedarán excluidos los proyectos que, durante su desarrollo o a través de los resultados, generen impactos ambientales desfavorables, no respeten las normas de bioética vigentes y/o sean discriminatorios respecto de raza, religión o género, así como los que se orienten a generar tecnologías o productos bélicos.

Salvaguardia Etica y Ambiental

Atendiendo a la responsabilidad ética y social que compete a la actividad científica y tecnológica, toda vez que un proyecto de investigación presentado al FONCyT –ya sea durante su ejecución o por la aplicación de los resultados obtenidos- pudiera afectar los derechos humanos o ser causa de un eventual daño al medio ambiente, a los animales y/o a las generaciones futuras, los investigadores responsables deberán informar las previsiones tomadas para evitar riesgos emergentes y garantizar el buen uso y manejo de la información, en la sección del formulario electrónico diseñado para tal fin.

Los investigadores deben conocer y realizar las salvaguardas previstas en todos los requisitos éticos, legales y jurídicos, establecidos en las normas bioéticas nacionales –Disposición ANMAT N° 5330/97– e internacionales -Código de Nüremberg, Declaración de Helsinski y sus modificaciones-; así como también la Declaración Universal sobre Genoma Humano y Derechos Humanos aprobada por la Conferencia General de la UNESCO, del 11/11/1997.

El no cumplimiento de cualquiera de estos requisitos, será causa suficiente para la no financiación del proyecto.

Requisitos particulares

Tipos de presentaciones

• Tipo A. Equipo de Trabajo:

- Proyectos presentados por:

* Grupo Responsable: conformado por investigadores que asumen conjuntamente con la Institución Beneficiaria la responsabilidad científica, tecnológica y administrativa ante la ANPCyT -de acuerdo con los términos de la presentación y las condiciones de la convocatoria- y que serán solidariamente responsable por los fondos recibidos. En el caso particular de los becarios, únicamente pueden integrar el Grupo Responsable los de nivel posdoctoral.

Dentro de este Grupo Responsable, deberá ser elegido el Investigador Responsable del proyecto, a través del cual, la ANPCyT, establecerá la relación técnico-administrativa para la efectiva gestión del proyecto.

* Grupo Colaborador: constituido por personal de investigación radicado en el país o en el exterior (investigadores, becarios, técnicos, estudiantes o profesionales).

• Tipo B. Investigador Joven:

- Proyectos presentados por:

* Grupo Responsable: constituido por un investigador responsable, menor de 37 años al 30 de junio del 2009 que asume, conjuntamente con la Institución Beneficiaria, la responsabilidad científica, tecnológica y administrativa ante la ANPCyT, de acuerdo con los términos de la presentación y las condiciones de la convocatoria. Los investigadores jóvenes que presenten este tipo de proyectos, no podrán integrar un Grupo Responsable de otro PICT de esta misma convocatoria y tampoco deberán haber obtenido previamente un subsidio de este tipo.

* Grupo Colaborador: constituido por personal de investigación radicado en el país o en el exterior (investigadores, becarios, técnicos, estudiantes o profesionales).

• Tipo D. Equipo de Trabajo de Reciente Formación:

- Proyectos presentados por:

* Grupo Responsable: conformado por investigadores, menores de 47 años al 30 de junio del 2009 que asumen, conjuntamente con la Institución Beneficiaria, la responsabilidad científica, tecnológica y administrativa ante la ANPCyT, de acuerdo con los términos de la presentación y las condiciones de la convocatoria.

Los miembros del Grupo Responsable deberán cumplir con la condición de no haber sido Investigadores Responsables de PICT (Tipos A, C, o D) ni PID financiados por el FONCyT.

* Grupo Colaborador: constituido por personal de investigación radicado en el país o en el exterior (investigadores, becarios, técnicos, estudiantes o profesionales).

En el Grupo Colaborador se deberá incluir al menos un tesista o becario que curse un programa formal de postgrado cuya dirección o co-dirección la ejerza alguno de los integrantes del Grupo Responsable del PICT.

Areas Temáticas

Las propuestas serán presentadas dentro de las Areas Temáticas establecidas en el Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos (SEPCyT) que se indican a continuación, y consignada por los investigadores en la carátula y en el formulario:

• Ciencias Biológicas de Células y Moléculas.

• Ciencias Biológicas de Organismos y Sistemas.

• Ciencias Físicas, Matemáticas y Astronómicas.

• Ciencias Clínicas y Salud Pública.

• Ciencias Médicas.

• Ciencias Químicas.

• Ciencias de la Tierra e Hidro-atmosféricas.

• Ciencias Económicas y Derecho.

• Ciencias Humanas.

• Ciencias Sociales.

• Tecnología Agraria y Forestal.

• Tecnología Pecuaria y Pesquera.

• Tecnología del Medio Ambiente.

• Tecnología Química.

• Tecnología de Alimentos.

• Tecnología Energética, Minera, Mecánica y de Materiales.

• Tecnología Informática, de las Comunicaciones y Electrónica.

Los coordinadores analizarán la pertinencia de cada proyecto en las disciplinas y subdisciplinas de cada área. En caso de no ser pertinente, será propuesta su evaluación en el área correspondiente de acuerdo a las disciplinas listadas (ver el Anexo II, en el final del texto).

Los proyectos se presentarán redactados en español o en inglés. La presentación en inglés tiene el propósito de aumentar el número de pares disponibles para la evaluación.

Toda la documentación relativa a la presentación de un proyecto tendrá carácter de confidencial. La ANPCyT permitirá el acceso a ella al investigador responsable, al personal autorizado, a los evaluadores y a los miembros de la Comisión ad hoc que La Agencia designe a tal efecto.

Para la distribución -por Categoría y por Area- de los fondos presupuestarios previstos, se tomará como base, una distribución proporcional al número de proyectos aprobados en cada una de ellas.

Duración y financiamiento de los proyectos

La duración de los proyectos será de 1, 2 o 3 años para los Tipo A y Tipo D; de 1 o 2 años para los Tipo B (Jóvenes), y de 3 a 4 años para la Categoría V.

Subsidio

El monto máximo de los subsidios a solicitar podrá ser:

Rubros elegibles

Con los fondos de los subsidios otorgados por La Agencia podrán financiarse únicamente los siguientes rubros con los topes indicados:

Asimismo se podrá solicitar una beca inicial sólo para los proyectos Tipo A de tres años de duración; la misma se indicará en las sección del formulario correspondiente (http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article271).

El FONCyT reconocerá gastos de administración del subsidio, el cual será calculado sobre la base del mismo y por fuera del presupuesto solicitado en el proyecto.

Los subsidios no podrán aplicarse a financiar sueldos, salarios, ni sobresueldos. Asimismo, sólo podrán adquirirse bienes y contratar servicios de personal, de países miembros del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Para la confección del presupuesto se recomienda consultar el Manual de Administración de Operaciones del PMT III en: http://www.agencia.gov.ar/documentos/mao_pict_ picto_pmt_III.doc.

Contrapartida

Para el financiamiento de los proyectos la Institución Beneficiaria deberá aportar, por sí o a través de fondos de terceros, una contribución igual o mayor al monto total del subsidio solicitado a la ANPCyT. Podrán computarse como contrapartida los salarios de los integrantes del Equipo de Trabajo residentes en la Argentina, y otros fondos que la institución asigne específicamente a la ejecución del proyecto.

No podrá imputarse como contrapartida el costo derivado del uso de instalaciones e infraestructura existentes en la Institución Beneficiaria.

Características de las Becas

Las becas que se incluyan en el presupuesto deberán destinarse a la formación de recursos humanos en investigación C&T, de jóvenes graduados de nacionalidad argentina o extranjera.

Se contemplan dos tipos de becas:

• Nivel Inicial: se podrán otorgar a graduados universitarios de hasta 35 años de edad a la fecha de cierre del concurso, que se incorporen al proyecto subsidiado en el marco de un programa formal de doctorado, acreditado por la CONEAU. Tendrán una duración de tres años, y no podrán otorgarse a quienes hayan sido beneficiarios de becas de posgrado por un período de cuatro años o mayor.

• Nivel Superior (Posdoctorales): se podrán otorgar a candidatos que hayan obtenido el grado académico de doctor y de hasta 39 años de edad a la fecha de cierre del concurso. No serán otorgadas a postulantes que desarrollen sus tareas en el mismo grupo de investigación donde culminaron sus tesis doctorales, salvo que ya hayan desarrollado actividades posdoctorales por un período no menor a dos años en otro grupo de investigación.

No podrán otorgarse becas que no sean de dedicación exclusiva y se deberá indicar, en la presentación, el tipo de beca solicitado. La duración de las becas deberá ser igual a la duración prevista para el proyecto.

La designación de los becarios será instrumentada por la Institución Beneficiaria de acuerdo a las pautas establecidas en el Reglamento de Becas del FONCYT.

De acuerdo al Decreto N° 491/1997, los Becarios se incorporan en forma obligatoria en el ámbito de aplicación de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, como trabajadores vinculados por relaciones no laborales.

El cumplimiento de las obligaciones que la Ley N° 24.557 impone al empleador, serán responsabilidad del dador de tareas, en este caso la Institución Beneficiaria.

El monto sobre el cual se efectuará la cotización será la compensación percibida. Los montos erogados en el cumplimiento de la presente obligación serán reconocidos como gasto de contraparte.

Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos

Las propuestas presentadas en esta convocatoria ingresarán al sistema de evaluación, donde se verificará en primer término el cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión. A continuación se determinará la condición de investigadores formados y activos de los integrantes del Grupo Responsable en la etapa de acreditación curricular.

Cumplidas estas etapas, los proyectos de las categorías I a IV serán enviados para la evaluación de su calidad a pares. Además para los presentados en Categoría IV- STARTUP, los proyectos serán enviados para su evaluación económica.

Finalmente, el mérito de los proyectos surgirá como resultado de la compatibilización de la evaluación de la calidad científico-tecnológica realizada por los pares, del examen y ponderación que de esas evaluaciones realicen las Comisiones ad-hoc y de la aplicación de los criterios de pertinencia correspondientes, según el tipo de proyecto y categoría en la que se inscribe.

Los proyectos presentados en la Categoría II-TEMAS DE IMPACTO REGIONAL- se presentarán en una instancia previa, a Comisiones ad-hoc (1) para determinar su correcta categorización.

A tales efectos, los investigadores que presenten propuestas en esta categoría, deberán identificar la región y el problema al que se orientan, fundamentando la importancia del mismo en la sección del formulario correspondiente, así como la vinculación con otras instituciones del ámbito regional que hayan manifestado interés. La Comisión ad-hoc, analizará cada presentación y se expedirá consignando si aplica o no aplica a la categoría. Las presentaciones que se incluyan en el grupo no aplica, serán enviadas a la Categoría I y concurrirán a la solicitud de fondos en las Comisiones de Temas Abiertos donde fueron evaluados.

Los proyectos de Categoría V serán evaluados por una Comisión ad-hoc Internacional, la que determinará el mérito de los proyectos, basado en la calidad científicotecnológica.

_________

(1) Estas Comisiones ad-hoc se integrarán con especialistas designados por La Agencia y también se invitará al COFECyT a proponer sus representantes.

Admisión

Un proyecto ingresado al sistema de evaluación deberá satisfacer en primer término los requisitos de admisión que se detallan a continuación:

• Ser presentado en tiempo y forma y tener completa la información requerida en el formulario de presentación.

• Los montos solicitados deberán ajustarse a lo establecido en el item "Duración y financiamiento de los proyectos" de las presentes bases.

• La extensión de la descripción técnica del proyecto no deberá sobrepasar las 20 páginas tamaño A4 (con tipografía no inferior a 11pt, interlineado sencillo y márgenes de 2 cm. o superiores), y su tamaño no deberá ser superior a 1 MB.

• Todos los integrantes del Grupo Responsable deberán ser investigadores residentes en el país que acrediten un vínculo en relación de dependencia o contractual con una institución de investigación pública, o privada sin fines de lucro, radicada en Argentina, equivalente al menos, a una dedicación semiexclusiva y que posibilite la realización de tareas de investigación científica o tecnológica.

• Ningún integrante del Grupo Responsable podrá ser becario de posgrado o de nivel inicial.

• No serán admisibles los proyectos similares a los presentados en solicitudes de reconsideración de la anterior convocatoria.

• Si un proyecto ya cuenta con un subsidio de La Agencia, no podrá ser presentado nuevamente en esta convocatoria.

• Un mismo proyecto no podrá presentarse simultáneamente en diferentes categorías ni como diferentes tipos de proyecto en la presente convocatoria.

• Un mismo Investigador no puede presentarse como Investigador Responsable de más de 1 proyecto en la presente convocatoria.

• Todo Investigador Responsable de un proyecto que haya recibido financiación de la ANPCyT y que integre un Grupo Responsable en la presente convocatoria, deberá haber cumplido, al momento de la presentación, con todas las obligaciones originadas en los instrumentos contractuales suscriptos oportunamente con la ANPCyT.

• Suma de Proyectos: para todo Investigador de un Grupo Responsable, la suma de sus proyectos presentados a esta Convocatoria más los proyectos de investigación de 3 años financiados por el FONCyT en las convocatorias PICT/O 2007 y en adelante, más los PIP–CONICET financiados 2009 no podrá ser mayor a 2 (dos).

• En los proyectos Tipo B (Jóvenes Investigadores), el investigador no deberá haber sobrepasado la edad límite para este tipo de proyecto, establecida en el item "Tipos de presentaciones" de estas Bases, no podrá integrar el GR de un proyecto presentado en esta misma convocatoria y no podrá haber sido con anterioridad beneficiario de un proyecto de este tipo.

• En los proyectos Tipo D los miembros del Grupo Responsable no deberán haber sido Investigadores Responsables de PICT (Tipos A, C, o D) o PID financiados. No deberán haber sobrepasado la edad límite establecida en el item "Requisitos particulares, Tipos de presentaciones" de estas bases.

• Para el caso de la Categoría III se requiere que al menos uno de los integrantes sea un investigador argentino radicado y con relación contractual estable en el exterior. El número de investigadores radicados en el exterior no podrá ser más del 50% del GR y en ningún caso el investigador responsable.

• En la Categoría IV-START-UP, los integrantes del Grupo Responsable podrán realizar una sola presentación en esta categoría en la presente convocatoria.

• En la Categoría V:

- Los integrantes del Grupo Responsable podrán realizar una sola presentación en esta categoría en la presente convocatoria.

- Los integrantes del Grupo Responsable están exceptuados de la suma de proyectos en la etapa de admisibilidad.

• Las Instituciones Beneficiarias deberán acreditar que entre los objetivos de la entidad está la Investigación Científica y/o Tecnológica y contar con Unidades Ejecutoras con los recursos humanos y la capacidad legal, técnica, administrativa y financiera, adecuados para asumir las obligaciones que derivan del beneficio, así como también, suficiente capacidad de gestión para materializar el proyecto.

• Quien firme la Carátula por la Institución Beneficiaria no podrá coincidir con ninguno de los integrantes del Grupo Responsable del Proyecto.

La ANPCyT declarará un proyecto No Admisible cuando la presentación no cumpla estrictamente con todos los puntos consignados precedentemente. Dicho proyecto por lo tanto quedará fuera de la convocatoria.

La admisión de los proyectos será resuelta por el Director del FONCyT mediante el dictado de una Disposición, que será notificada a la Institución Beneficiaria y a los investigadores responsables, mediante correo electrónico y publicada en la página Web de La Agencia cuyo dominio es: www.agencia.gov.ar.

Dicha disposición será susceptible de ser apelada mediante recurso de reconsideración, el que deberá ser interpuesto por escrito por el representante legal de la Institución o apoderado, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la disposición recurrida, de acuerdo al procedimiento descripto precedentemente. Dicho recurso será resuelto por el Presidente de La Agencia.

Acreditación curricular

Todos los integrantes del Grupo Responsable deberán ser investigadores formados y activos de acuerdo a lo indicado para cada tipo y o categoría.

La condición de investigador formado y activo en esta etapa de acreditación curricular será determinada por los Coordinadores del Area, de acuerdo a los criterios que se detallan en la página Web: http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article261.

Es indispensable que la información curricular sea provista con detalle en la sección del formulario correspondiente, incluya los antecedentes y las actividades de investigación realizadas durante los últimos cinco años –como se señala en los criterios de acreditación- siendo la acreditación decidida exclusivamente sobre la base de la información suministrada en esta sección del formulario.

Un proyecto en el que al menos un investigador del Grupo Responsable no sea considerado formado y activo será declarado No Acreditado por los Coordinadores y no será enviado a evaluación por pares, ni podrá ser subsidiado.

El FONCyT, a través de sus Coordinadores, determinará la Acreditación de los proyectos dictando el acto administrativo que corresponda. La Institución Beneficiaria y los Investigadores Responsables de proyectos No Acreditados recibirán una comunicación del FONCyT notificándolos sobre esta determinación.

Los recursos de reconsideración de proyectos No Acreditados podrán interponerse ante el FONCyT por escrito, por el representante legal de la Institución o apoderado, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la determinación y las mismas serán elevadas al Directorio de la ANPCyT para su tratamiento y decisión final.

Calidad Científico-Tecnológica

Criterios de Calidad

• Criterios de Calidad para proyectos presentados en Categoría I, II, y III:

Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica de los proyectos presentados en las Categorías I, II y III, los Coordinadores de Area seleccionarán pares que efectuarán dicha evaluación de acuerdo los siguientes criterios:

- Contenido de conocimiento científico y tecnológico del proyecto.

- Coherencia entre objetivos, metodología y plan de trabajo.

- Capacidad científico tecnológica del grupo responsable del proyecto.

- Consolidación científica y tecnológica del grupo responsable del proyecto.

• Criterios de Calidad para proyectos presentados en Categoría IV START- UP:

Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica de los proyectos presentados en la Categoría IV, se procederá a la evaluación de los mismos a través de pares expertos en las temáticas de cada proyecto y de consultores del FONCyT, en lo que hace a su evaluación económica –para esta evaluación podrá solicitarse consultores al FONTAR- aplicándoseles la misma escala de calificaciones mencionada en el cuadro "Tipos de Presentaciones" (en el inicio de esta nota) y de acuerdo a los siguientes criterios:

- El grado de la innovación y el valor de la tecnología a desarrollar.

- Sus perspectivas de explotación comercial futura.

- La factibilidad de su explotación a través de la creación de una nueva Empresa de Base Tecnológica (EBT) y la realización del desarrollo en el tiempo previsto.

- También se evaluará si se trata del desarrollo de una tecnología de plataforma (apta para varias aplicaciones) o de un mono-producto y sobre las previsiones realizadas respecto de las alternativas a considerar en caso de fallar las hipótesis de trabajo.

• Criterios de Calidad para proyectos presentados en Categoría V:

Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica de los proyectos presentados en la Categoría V, se procederá a la evaluación de los mismos a través de una Comisión Internacional convocada por el FONCyT para tal fin, de acuerdo a los siguientes criterios:

- Calidad de la producción científica del IR.

- Contenido de conocimiento científico y grado de innovación del proyecto desde una óptica internacional.

- Capacidad científica del grupo responsable del proyecto.

- Viabilidad y justificación de los objetivos, metodología y plan de trabajo.

Calificaciones

En ningún caso podrán financiarse proyectos que en su evaluación global de Calidad, obtengan una calificación menor a "Bueno".

Salvaguardas Etica y Ambiental

Se solicitará asimismo a los pares que se expidan respecto a si los proyectos, durante su desarrollo o a través de los resultados previstos, pueden generar impactos ambientales desfavorables, no respetar las normas de bioética vigentes, ser discriminatorios respecto de raza, religión o género u orientarse a generar tecnologías o productos bélicos.

Mérito

Para los proyectos del tipos A, B o D, el mérito de los proyectos surgirá como resultado de la compatibilización de la evaluación de la calidad científico-tecnológica realizada por los pares, del examen y ponderación que de esas evaluaciones realicen las Comisiones ad-hoc, de la aplicación de los criterios de pertinencia correspondientes según el tipo de proyecto y categoría en la que se inscribe, y del análisis económico (este último aspecto se aplicará sólo a los proyectos de la Categoría IV).

El número y la composición de las Comisiones ad-hoc, se establecerá en función de las areas temáticas y categorías establecidas para esta convocatoria.

En el caso de los proyectos de la categoría V se establecerá el mérito de los proyectos en función del análisis de calidad realizado por la Comisión Internacional formada para tal fin.

Para analizar la pertinencia de los proyectos presentados estas Comisiones ad-hoc utilizarán, para cada categoría y de acuerdo a la aplicabilidad de los mismos, los siguientes criterios:

• Criterios de pertinencia generales:

- Impacto sobre las capacidades institucionales en Investigación y Desarrollo:

* Formación de Recursos Humanos.

* Fortalecimiento de la base de innovación de la Institución Beneficiaria y su articulación con el sector productivo.

* Incorporación del equipamiento asociado al proyecto y su incidencia en el fortalecimiento de la capacidad científico-tecnológica de la Institución Beneficiaria.

* Fortalecimiento de la articulación con otros grupos de investigación y otras Instituciones Beneficiarias.

- Impacto sobre las áreas disciplinares o campos de aplicación:

* Apertura de nuevas líneas de investigación.

* Mejora del fondo de conocimiento disciplinar disponible a nivel nacional.

- Impacto sobre el sector socio-comunitario y/o el sector productivo:

* Atención a problemas socio-económicos de nivel provincial o regional.

* Atención a problemas socio-económicos de nivel nacional.

• Criterios de pertinencia complementarios para los proyectos de la Categoría II-TEMAS DE IMPACTO REGIONAL:

- Justificación y relevancia del problema identificado por los investigadores responsables.

- Impacto social, económico y/o productivo de los resultados del proyecto sobre la región en la que se inscribe.

- Razonable distribución de los subsidios entre las distintas regiones geográficas del país.

- Participación de investigadores pertenecientes a la región cuya problemática aborda el proyecto presentado.

• Criterios de pertinencia complementarios para proyectos Tipo D:

- Impacto del proyecto al proceso de consolidación y articulación del grupo.

- Integración de las instituciones del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación.

- Integración de mayor número de regiones del país.

- Coordinación en cuanto a complementación temática e intercambio de resultados intermedios.

- Uso compartido de equipos e instalaciones.

En el caso de los proyectos Categoría IV-START-UP, se establecerá el mérito de los proyectos en función del análisis de la calidad, de la ponderación de la pertinencia y del análisis económico. También se podrá realizar una evaluación in-situ de la Unidad Ejecutora, para fundamentar la recomendación final.

Se aplicará también a los proyectos Tipo A y D como criterio general de pertinencia la priorización de propuestas presentadas por un Grupo Responsable integrado por más de un investigador; teniendo en cuenta para ello la naturaleza del PICT, ya sea por la temática a abordar o por el área geográfica en la que se llevará a cabo el proyecto.

Financiamiento

En base a las recomendaciones formuladas por las Comisiones ad-hoc, el Directorio de la ANPCyT, mediante el acto administrativo correspondiente, resolverá sobre la adjudicación de los subsidios.

Los resultados serán publicados en la página Web de la ANPCyT y se notificará a la Institución Beneficiaria y a los Investigadores Responsables de los proyectos.

Los solicitantes contarán con la posibilidad de recurrir el acto administrativo que resolvió sobre la adjudicación de los beneficios, debiendo el representante legal de la Institución o apoderado, interponer un recurso de reconsideración por escrito en el que exprese los fundamentos de su desacuerdo, utilizando para ello el formulario disponible en la página de la ANPCyT (www.agencia.gov.ar).

El plazo para elevar dicho recurso será de diez (10) días hábiles a partir de la notificación del acto que le cause gravamen. La ANPCyT no hará lugar a aquellos recursos cuyos fundamentos no se refieran a: vicios de procedimiento, o errores evidentes en las apreciaciones del evaluador, inconsistencia entre la calificación asignada y el análisis que la sustenta, o manifiesta arbitrariedad de los intervinientes en el proceso de evaluación.

Los investigadores del GR de proyectos de Categoría V que hayan resultado financiados, deberán renunciar a la financiación que pudieran haber obtenido en proyectos presentados en otros tipos y categorías de esta convocatoria.

Aviso Legal

La presentación del proyecto importa de parte de los Investigadores Responsables y de las Instituciones solicitantes, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige los Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica (PICT), la evaluación de todas las circunstancias asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las presentes bases y condiciones.

Documentos relacionados

Los documentos indicativos sobre los procedimientos que aplica el FONCyT en la etapa de evaluación de los proyectos presentados y en la etapa de seguimiento y administración de los subsidios adjudicados, pueden consultarse en la página Web de La Agencia en Internet:

• Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos (SEPCyT): http://www.agencia.mincyt.gov.ar/spip.php?article29.

• Seguimiento y Administración de subsidios: http://www.agencia.gob.ar/spip. php?article30.

ANEXO I

GLOSARIO

Comisión ad hoc

Cuerpo colegiado designado por el Directorio de la ANPCyT, perteneciente a alguna de las áreas de investigación, integrado por reconocidos miembros de la comunidad científica y técnica, nacionales o extranjeros, con experiencia para analizar globalmente los proyectos que se presenten, cuya misión es la de dar coherencia al conjunto de las evaluaciones realizadas por los pares y establecer el mérito del proyecto sobre la base de la opinión de los pares y los criterios de pertinencia establecidas en las bases de la convocatoria.

Coordinadores de Area

Investigadores, destacados en su disciplina y respetados en la comunidad por su idoneidad profesional y su comportamiento ético, designados por el Directorio de la ANPCyT, cuya misión fundamental es la de elegir los pares para la evaluación de la calidad de los proyectos.

Gastos de Administración del subsidio

Corresponden al pago de los gastos de administración del subsidio a la Unidad Administradora propuesta por la Institución Beneficiaria.

Grupo Responsable (GR)

Es el que asume el compromiso de llevar adelante el proyecto de acuerdo con los términos de la presentación y las condiciones de la convocatoria y será solidariamente responsable de los fondos recibidos de la ANPCyT. Todos sus integrantes deben ser investigadores formados y activos y poseer una relación laboral rentada con una institución de investigación pública o privada, sin fines de lucro, radicada en el país.

Institución Beneficiaria (IB)

Las Instituciones Beneficiarias de los subsidios que administra el FONCyT deberán ser organismos públicos, o privados sin fines de lucro, dedicados a la investigación y radicados en el país. Las Facultades o Institutos dependientes de una Universidad no podrán ser Institución Beneficiaria, como tampoco los Institutos o Centros dependientes de CONICET, INTA u otros organismos. Cada proyecto sólo podrá tener una Institución Beneficiaria. En el caso de Institutos de doble dependencia (Universidad/CONICET) los investigadores deberán registrar en el formulario cuál de los dos organismos será la Institución Beneficiaria (IB).

Investigador Responsable (IR)

Integrante del Grupo Responsable que presenta un proyecto para recibir financiación de la ANPCyT y asume las siguientes obligaciones: presentar en tiempo y forma a la ANPCyT los informes técnicos de avance y final de ejecución según el plan de trabajos aprobado, llevar inventario de los bienes de capital y de consumo que le sean provistos para la ejecución del proyecto, facilitar el acceso a toda información relativa al proyecto que solicite la ANPCyT y comunicar a ésta cualquier situación susceptible de comprometer o dificultar el normal desarrollo de la investigación. Asimismo, es el responsable de comunicar a la ANPCyT las propuestas de modificaciones de la unidad ejecutora, de la composición del presupuesto aprobado y del plan de trabajo, así como de la comunicación con la Unidad Administradora de los fondos. La presente enumeración se efectúa a título enunciativo, no debiendo considerarse en forma taxativa.

Mérito

Surge de la consideración de los atributos de calidad y/o pertinencia.

Pares

Especialistas en la temática en la que se desarrolla el proyecto, capacitados para analizar en detalle la razonabilidad de la propuesta y el impacto esperable en la disciplina. Son elegidos por el Coordinador de Area con la asistencia de, por lo menos, dos especialistas designados por la ANPCyT, de un banco de evaluadores y su identidad se mantiene en reserva.

Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos (SEPCyT)

El SEPCyT define los procedimientos que se deben seguir en las distintas instancias del proceso de evaluación de los proyectos PICT y PICTO, desde el momento de su presentación al FONCyT hasta la de la elevación al Directorio de la ANPCyT, de las recomendaciones de las Comisiones ad-hoc sobre los proyectos a financiar.

Unidad Administradora (UA)

Entidad designada por la IB que asume la responsabilidad de administrar los recursos financieros afectados a la ejecución del proyecto, procedentes de la subvención, aplicándolos conforme a su destino, según el presupuesto aprobado, y en las oportunidades que lo requiera el normal desarrollo de la investigación; asimismo deberá presentar la rendición de cuentas del uso y aplicación de fondos al término de cada etapa y al final de la ejecución del proyecto. La presente enumeración se efectúa a título enunciativo, no debiendo considerarse en forma taxativa.

Unidad de Ejecutora (UE)

Es la unidad elemental de desarrollo de conocimientos científicos y tecnológicos caracterizada por:

• Poseer un programa de investigación que incluya al menos una línea de investigación propia.

• Contar con los recursos humanos necesarios para el desarrollo y ejecución de las líneas de investigación propias.

• Tener la infraestructura y equipamiento necesario para llevar a cabo los proyectos de investigación o brindar los servicios vinculados con sus capacidades.

• Depender institucional y administrativamente de una entidad a la que la ANPCyT reconozca el rol de Institución Beneficiaria.