MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica y Fondo Tecnológico Argentino.

Convocatorias Abiertas para la Presentación de Proyectos

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a través del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT) y del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) llama a la presentación de proyectos de Investigación Científica y Tecnológica para la adjudicación de subsidios a grupos de investigadores formados y activos que se desempeñen en la Universidad Nacional de General Sarmiento (UNGS), y a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR) destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas PyME que acrediten certificación del PROGRAMA IBEROEKA, respectivamente.

PICTO 2008 UNGS

Introducción

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT), del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, llama, en forma conjunta con la Universidad Nacional de General Sarmiento (UNGS), a la presentación de proyectos de Investigación Científica y Tecnológica para la adjudicación de subsidios a grupos de investigadores formados y activos que se desempeñen en la Universidad Nacional de General Sarmiento orientados a las áreas temáticas definidas en las categorías de la presente convocatoria.

Objetivo

Esta Convocatoria tiene por objeto financiar Proyectos de Investigación desarrollados en la Universidad Nacional de General Sarmiento con vistas a la consolidación de áreas de investigación estratégicas definidas por la misma. La Agencia y la Universidad Nacional de General Sarmiento acordaron destinar para la presente convocatoria la suma de $ 500.000 por año, durante dos años.

Formularios y Presentacion de Proyectos

Los proyectos se presentan exclusivamente por medio de los Formularios on-line. Una vez completado el Formulario on-line, se deben seguir los siguientes pasos:

1) Generar las carátulas impresas:

- La Carátula del Proyecto, firmada por el Investigador Responsable;

- La Carátula de Grupos, firmada por todos los miembros del Grupo Responsable; y

- La Carátula de la Organización, firmada por el representante de la Institución Beneficiaria.

2) Enviar el Formulario con la información sobre el proyecto a través de Internet (en línea) y, remitir las carátulas impresas por correo postal o entregarlas personalmente en la Secretaría de Investigación de la Universidad Nacional de General Sarmiento (J. M. Gutierrez 1150, Módulo I-Oficina 171, Los Polvorines, Provincia de Buenos Aires).

La UNGS tendrá a su cargo la entrega al FONCyT, de toda la documentación que reciba, íntegra y legible, dentro de los 30 días hábiles contados a partir del cierre de la convocatoria.

• La convocatoria estará abierta a partir del 6 de octubre de 2008 y cerrará el 6 de noviembre de 2008 a las 12:00 hs.

Consultas

4469-7607.

picto@ungs.edu.ar.

informa@agencia.mincyt.gov.ar.

Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y de Innovación y Universidad Nacional de General Sarmiento

Programa de Modernización Tecnológica (PMT III-Contrato BID 1728/OC-AR) Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica Orientados

Bases PICTO 2008

ANPCyT-UNGS

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT), a través del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT) llama, en forma conjunta con la Universidad Nacional de General Sarmiento, a la presentación de proyectos de Investigación Científica y Tecnológica para la adjudicación de subsidios a grupos de investigadores formados y activos que se desempeñen en la Universidad Nacional de General Sarmiento orientados a las áreas temáticas definidas en las categorías de la presente convocatoria.

La ANPCyT y la Universidad Nacional de General Sarmiento acordaron destinar para la presente convocatoria la suma de $ 500.000 por año, durante dos años.

Esta Convocatoria tiene por objeto financiar Proyectos de Investigación desarrollados en la Universidad Nacional de General Sarmiento con vistas a la consolidación de áreas de investigación estratégicas definidas por la misma.

1. Apertura y Cierre de la Convocatoria

La convocatoria estará abierta desde el 6 de octubre de 2008 y cerrará el 6 de noviembre de 2008 a las 12:00 hs.

2. Formularios y Presentación de Proyectos

Los proyectos se presentan exclusivamente en formularios electrónicos en linea a través Internet, accediendo a Presentación de Proyectos FONCyT en el sitio de la ANPCyT: www.agencia.mincyt.gov.ar.

Las consultas podrán efectuarse por teléfono al 4469-7607 o por correo electrónico a la dirección: picto@ungs.edu.ar

Para el caso de consultas sobre aspectos específicos del ingreso de datos en el formulario, deben dirigirse por correo electrónico a la dirección: informa@agencia.mincyt.gov.ar.

Una vez completado el Formulario on-line, se deben seguir los siguientes pasos:

1) Generar las carátulas impresas:

- La Carátula del Proyecto, firmada por el Investigador Responsable;

- La Carátula de Grupos, firmada por todos los miembros del Grupo Responsable; y

- La Carátula de la Organización, firmada por el representante de la Institución Beneficiaria.

2) Enviar el Formulario con la información sobre el proyecto a través de Internet (en línea) y, remitir las carátulas impresas por correo postal o entregarlas personalmente en la Secretaría de Investigación de la Universidad Nacional de General Sarmiento (J. M. Gutiérrez 1150, Módulo I-Oficina 171, Los Polvorines, Provincia de Buenos Aires).

Todas las presentaciones deberán realizarse antes del día y hora del cierre de la convocatoria. La recepción del correo postal en la Secretaría de Investigación de la UNGS se extenderá hasta diez días hábiles posteriores a la fecha de cierre cuando en el sobre figure el sello con la fecha del cierre o anterior, pasados los cuales se considerará fuera de término y la presentación no será aceptada. La UNGS tendrá a su cargo la entrega al FONCyT, de toda la documentación que reciba, íntegra y legible, dentro de los 30 días hábiles contados a partir del cierre de la convocatoria.

3. Características Generales de la Convocatoria

Las presentaciones se fundarán, en todos los casos, en propuestas de generación de conocimiento original científico o tecnológico, con objetivos definidos que incluyan una explícita metodología de trabajo y conduzcan a resultados verificables y evaluables. En principio, estos resultados estarán destinados al dominio público a través de publicaciones o documentos de circulación abierta.

Salvaguardia Etica y Ambiental •

Atendiendo a la responsabilidad ética y social que compete a la actividad científica y tecnológica, toda vez que un proyecto de investigación presentado al FONCyT —ya sea durante su ejecución o por la aplicación de los resultados obtenidos— pudiera afectar los derechos humanos, o ser causa de un eventual daño al medio ambiente, a los animales y/o a las generaciones futuras, los investigadores responsables deberán informar las previsiones tomadas para evitar riesgos emergentes y garantizar el buen uso y manejo de la información, en la sección del formulario electrónico diseñado para tal fin.

En el caso específico de la Investigación Biomédica, los investigadores deben conocer y realizar las salvaguardas previstas en todos los requisitos éticos, legales y jurídicos, establecidos en las normas bioéticas nacionales —Disposición ANMAT N° 5330/97— e internacionales —Código de Nüremberg, Declaración de Helsinski y sus modificaciones, Declaración Universal sobre Genoma Humano y Derechos Humanos aprobada por la Conferencia General de la UNESCO, del 11 de noviembre de 1997—.

El no cumplimiento de estos requisitos, será causal suficiente para la no financiación del proyecto.

Categorías

En esta Convocatoria las propuestas se presentarán dentro de las siguientes Categorias:

Categoría I

- Sistemas complejos.

- Enfoques filosóficos sobre la historia y el pasado humano.

- Enseñanza, comunicación y divulgación de la ciencia.

- Transformaciones en el lenguaje, la política, la sociedad y la cultura.

- Cambio tecnológico, crecimiento y empleo.

- Capacidades estatales, gobierno y gestión pública.

- Procesos de constitución/conformación del territorio.

Categoría II

- Problemas económicos e institucionales de la formación del Estado en la Argentina del Siglo XIX.

- Matemática Aplicada.

- Biorremediación.

- Bioinformática.

- Las disciplinas y su enseñanza.

- Cultura y lenguajes audiovisuales.

- Políticas públicas y Derecho a la Educación.

- Problemas de Historia reciente.

- Aglomerados de PYMES y Cadenas de Valor.

- Gestión de SySO en PyMes y su relación con la Gestión de Calidad.

- Capacidades de gestión estatal y mixta de servicios y actividades sociales y económicas, incluidas las referidas al ambiente.

- Problemáticas económicas, sociales, urbanas, ambientales y políticas en la ciudad y el territorio.

- Teoría y práctica de las políticas públicas en regiones metropolitanas.

- Procesos y políticas de transformación de la ciudad.

Categoría III

- Análisis funcional.

- Socio-historia.

- Estado y Política en la Argentina actual.

- Pensamiento económico argentino.

- Automatización y aplicaciones mecatrónicas en áreas de manufactura.

- Dimensiones y perspectivas socio-culturales y política de la ciudad, el ambiente, la administración gubernamental y la política social.

- Problemas territoriales de la gestión pública y los servicios públicos

Tipo de proyectos

Los proyectos corresponderán a los siguientes Tipos, de acuerdo a las formas de asociación de los investigadores:

Tipo A-Proyectos propuestos por un Equipo de Trabajo integrado por:

a) Un Grupo Responsable: que asume el compromiso de llevar adelante el proyecto de acuerdo con los términos de la presentación y las condiciones de la convocatoria y será solidariamente responsable de los fondos recibidos de la ANPCyT. Todos sus integrantes deben ser investigadores formados y activos (la condición de investigador formado y activo en la etapa de acreditación curricular será determinada por los Coordinadores del Area, de acuerdo a los criterios que se detallan en la pagina: http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article261), y poseer una relación laboral rentada con una institución de investigación pública o privada sin fines de lucro, radicada en el país.

A los efectos de la presente convocatoria se define que al menos el 66% de los miembros del grupo responsable deberán ser investigadores docentes de la Universidad Nacional de General Sarmiento.

Dentro de este Grupo Responsable, deberá ser elegido el Investigador Responsable del proyecto, a través del cual, la ANPCyT, establecerá la relación administrativa para la efectiva gestión del proyecto. Los becarios no pueden integrar el Grupo Responsable, con excepción de los pos-doctorales que reúnan los requisitos de acreditación correspondiente.

b) Otros Integrantes: investigadores en formación, becarios, asesores, técnicos, profesionales y todo integrante que vinculado al proyecto no cumpla con los requisitos exigidos a quienes integran el Grupo Responsable. La mayoría de sus integrantes deberá

estar vinculado con la UNGS.

La presentación deberá contar con el aval de la Institución Beneficiaria, en este caso la UNGS, el que se formalizará en la carátula a través de la firma de una autoridad competente.

Las propuestas se presentarán respetando las indicaciones establecidas en estas Bases y en los respectivos formularios. Contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de la Calidad y la Pertinencia, lo que determinará su Mérito, de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Evaluación de Proyectos del FONCyT.

Toda la documentación relativa a la presentación del proyecto tendrá carácter de confidencial.

La ANPCyT permitirá el acceso a ella al investigador responsable, al personal autorizado, a los evaluadores y a los miembros de la Comisión ad hoc que la Agencia designe a tal efecto.

La presentación del Proyecto importa de parte de los Investigadores Responsables y de las Instituciones solicitantes el pleno conocimiento de toda la normativa que rige los Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica Orientados (PICTO), la evaluación de todas las circunstancias asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las presentes Bases y Condiciones.

Areas Temáticas

Las propuestas serán evaluadas dentro de las Areas Temáticas establecidas en el Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos (SEPCyT) que se indican a continuación, de acuerdo con lo indicado en la carátula y en el formulario, por los investigadores:

- Ciencias Biológicas de Células y Moléculas.

- Ciencias Biológicas de Organismos y Sistemas.

- Ciencias Físicas, Matemáticas y Astronómicas.

- Ciencias Clínicas y Salud Pública.

- Ciencias Médicas.

- Ciencias Químicas.

- Ciencias de la Tierra e Hidro-atmosféricas.

- Ciencias Económicas y Derecho.

- Ciencias Humanas.

- Ciencias Sociales.

- Tecnología Agraria y Forestal.

- Tecnología Pecuaria y Pesquera.

- Tecnología del Medio Ambiente.

- Tecnología Química.

- Tecnología de Alimentos.

- Tecnología Energética, Minera, Mecánica y de Materiales.

- Tecnología Informática, de las Comunicaciones y Electrónica.

(Ver disciplinas involucradas en el Anexo I)

Las presentaciones deberán inscribirse en un área temática principal (donde en principio serán evaluados los proyectos), y en un área temática secundaria, ambas seleccionadas de entre las 16 del SEPCyT mencionadas. Toda vez que el Coordinador del área temática principal en la que se inscribe un proyecto considere que, por sus características, éste pertenece al área temática secundaria indicada, podrá solicitar al FONCyT la inversión de la prioridad de áreas y, en consecuencia, el área temática secundaria pasará a ser área principal.

En los casos de proyectos que así lo requieran, el Coordinador del Area podrá solicitar apoyo a otros Coordinadores para la designación de pares. En este caso el apoyo requerido no implicará un cambio de la prioridad de áreas temáticas indicadas en el formulario.

4. Duración y Montos Máximos

Los proyectos podrán tener una duración máxima de 2 (dos) años, y los montos máximos a financiar serán:

Categoría

Monto Máximo del Subsidio

(por año y por proyecto)

I

Hasta $ 40.000. Más una beca de formación inicial

II

Hasta $ 30.000. Más una beca de formación inicial

II

Hasta $ 20.000. Más una beca de formación inicial

5. Financiación

Con los subsidios otorgados podrán financiarse únicamente los siguientes rubros:

1) Insumos;

2) Bibliografía;

3) Gastos de publicaciones de resultados del proyecto. Gastos de material audiovisual para la presentación y/o difusión de resultados del proyecto;

4) Gastos de servicios técnicos especializados (hasta un 20% del subsidio solicitado);

5) Viajes y viáticos para trabajos de campo de los integrantes del equipo de trabajo y de investigadores invitados. Gastos de inscripción a congresos y otras reuniones científicas. Cursos de capacitación. (hasta un 30% del monto total del subsidio);

6) Equipamiento (hasta un 40% del monto total del subsidio solicitado);

7) Becas: Hasta una (1) beca por proyecto;

8) Gastos de administración del subsidio (será igual al 4% del monto total del subsidio).

Los subsidios no podrán aplicarse a financiar sueldos, salarios, honorarios ni sobresueldos. Sólo podrán adquirirse bienes y contratar servicios técnicos especializados de países miembros del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La financiación solicitada para el rubro 5 estará sujeta a similar restricción.

6. Características de las Becas

Las becas que se incluyan en el presupuesto deberán destinarse a la formación —como investigadores— de jóvenes graduados de nacionalidad argentina o extranjera. En todos los casos en que se prevea la incorporación de un becario, el Investigador Responsable del proyecto instrumentará un concurso con suficiente difusión a nivel nacional, que será resuelto por un jurado. El jurado estará constituido por tres investigadores formados designados por el Investigador Responsable, pudiendo ser él mismo uno de los integrantes.

El resultado del concurso deberá ser presentado al FONCyT y la falta de objeción en el plazo de 30 días corridos habilitará al Investigador Responsable a adjudicar la beca y efectuar los desembolsos correspondientes. (ver Reglamento de Becas en: www.agencia.gov.ar/spip.php?article31).

Se contempla un único tipo de beca:

Becas de Nivel Inicial: Se podrán otorgar a graduados universitarios de hasta 35 años de edad a la fecha de cierre del concurso y que se incorporen al proyecto subsidiado inscriptos en una carrera de posgrado —de doctorado o del máximo nivel de formación según la disciplina en la que se encuadre el proyecto— y preferentemente acreditada por la CONEAU. Tendrán una duración máxima de 2 años y no podrán otorgarse a quienes hayan sido beneficiarios de becas de posgrado por un período de cuatro años o mayor.

No podrán otorgarse becas que no sean de dedicación exclusiva, su duración no podrá ser inferior a la duración del proyecto y se deberá indicar en la presentación el tipo de beca solicitado.

De acuerdo al Decreto N° 491/1997, los becarios se incorporan en forma obligatoria en el ámbito de aplicación de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, como trabajadores vinculados por relaciones no laborales, a aquellos que desempeñen tareas realizadas en virtud del cumplimiento de una Beca. El cumplimiento de las obligaciones que la Ley N° 24.557 impone al empleador, serán responsabilidad del dador de tareas, en este caso la Institución Beneficiaria. El monto sobre el cual se efectuará la cotización será la compensación percibida. Los montos erogados en el cumplimiento de la presente obligación serán reconocidos como gasto de contraparte.

7. Fondos de Contrapartida

Para el financiamiento de la contrapartida la Institución Beneficiaria deberá aportar, por sí o a través de fondos de terceros, una contribución igual a 1/3 del monto total del subsidio solicitado.

Podrán computarse como contrapartida los salarios de los integrantes del Equipo de Trabajo y otros fondos que la institución asigne específicamente a la ejecución del proyecto. No podrá imputarse como contrapartida el costo derivado del uso de equipamiento, instalaciones e infraestructura existentes en la Institución Beneficiaria.

8. Requisitos de Admisión y Criterios de Selección

Las propuestas presentadas en esta convocatoria ingresarán al sistema de evaluación donde se verificará en primer término el cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión y a continuación se determinará la condición de investigadores formados y activos de los integrantes del Grupo Responsable en la etapa de acreditación curricular. Cumplidas ambas etapas, los proyectos serán evaluados por pares para determinar su calidad y por una Comisión ad hoc (prevista por el Convenio entre la Universidad Nacional de General Sarmiento y la ANPCyT) para determinar su pertinencia. Finalmente, se establecerá su mèrito como resultado de la compatibilización del análisis de calidad (condición necesaria) y de ponderación de la pertinencia, todo ello en función de los recursos disponibles.

8.1. Admisión

Un proyecto ingresado al sistema de evaluación deberá satisfacer en primer término los requisitos que se detallan a continuación y que configuran los criterios de admisión:

• Ser presentado en tiempo y forma.

• Tener completa la información requerida en el formulario de presentación.

• Los montos solicitados no deberán sobrepasar los montos totales (por año y por proyecto) establecidos en las presentes bases.

• La extensión de la descripción técnica del proyecto no deberá sobrepasar las 20 páginas tamaño A4.

• Si un proyecto ya cuenta con un subsidio de la Agencia, no podrá ser presentado nuevamente en esta convocatoria.

Todos los integrantes del Grupo Responsable (GR) deberán:

• Ser investigadores residentes en el país.

• Acreditar un vínculo laboral rentado en relación de dependencia o contractual con una institución de investigación pública o privada sin fines de lucro radicada en Argentina, que implique un cargo equivalente como mínimo a una dedicación semi-exclusiva (20 hs. semanales) y posibilite la realización de tareas de investigación científica o tecnológica.

• No podrán incluirse en el GR becarios, con excepción de los posdoctorales.

• Al menos el 66% de los miembros del Grupo Responsable deberán ser investigadores docentes pertenecientes a la UNGS.

• Para todo investigador del GR, la suma de sus Proyectos presentados a esta Convocatoria, más los presentados en evaluación o financiados (con finalización de ejecución con fecha posterior a diciembre de 2009) en las líneas PICT, PICTStart Up, PID y/o PICTO, no podrá ser mayor a 2 (dos).

• En el caso de que en el GR participen investigadores que hayan obtenido financiación a través de la línea PICT a partir del año 2000, el número de los mismos no podrá ser mayor a uno de cada tres integrantes del Grupo Responsable.

• Todo Investigador Responsable de un proyecto que haya recibido financiación de la ANPCyT y que integre un Grupo Responsable en la presente convocatoria, deberá haber cumplido, al momento de la presentación, con todas las obligaciones originadas en los instrumentos contractuales suscriptos oportunamente con la ANPCyT.

La ANPCyT declarará un proyecto No Admisible cuando la presentación no cumpla estrictamente con todos los puntos consignados precedentemente y el proyecto, por lo tanto, quedará fuera de la convocatoria.

La admisión de los proyectos será resuelta por el Director General del FONCyT mediante el dictado de una Disposición Administrativa, que será notificada a las autoridades de la/s entidad/es cofinanciadoras y por ésta/s a los investigadores responsables de las correspondientes presentaciones.

Dicha disposición será susceptible de ser apelada mediante recurso de reconsideración, el que deberá ser interpuesto por escrito por el representante legal de la Institución o apoderado, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la disposición, de acuerdo al procedimiento descrito precedentemente.

8.2. Acreditación curricular

Todos los integrantes del Grupo Responsable deberán ser investigadores formados y activos. La ANPCyT considera investigador formado y activo a aquel cuyos antecedentes curriculares demuestren una formación académica a nivel de doctorado u obra original equivalente, que publique regularmente en revistas de circulación nacional y/o internacional con referato, o que presente constancia de alguna de las siguientes actividades sostenidas en forma regular: obtención de patentes, desarrollos o transferencias verificables de nuevas tecnologías, o publicación de libros por editoriales reconocidas a nivel nacional o internacional.

La condición de investigador formado y activo en esta etapa de acreditación curricular será determinada por los Coordinadores del Area en la que se inscribió el proyecto, de acuerdo a los criterios que se detallan en la página: http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article261.

Es indispensable que la información curricular provista con detalle en la sección del formulario correspondiente incluya los antecedentes y las actividades de investigación realizadas durante los últimos cinco años —en particular aquellas señaladas en los criterios antes mencionados— siendo la acreditación decidida exclusivamente sobre la base de la información suministrada en esta sección del formulario.

• Un proyecto en el que al menos un investigador del Grupo Responsable no sea considerado formado y activo será declarado No Acreditado por los Coordinadores y no será enviado a evaluación de los pares ni podrá ser subsidiado.

8.3. Calidad

Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica del proyecto se procederá a la evaluación del mismo por pares, de acuerdo a:

A. Los siguientes criterios:

• Contenido de conocimiento científico y tecnológico del proyecto.

• Coherencia entre objetivos, metodología y plan de trabajo.

• Capacidad científico-tecnológica del grupo responsable del proyecto.

• Gerenciamiento del proyecto.

• Consolidación científica y tecnológica del grupo responsable del proyecto.

B. Las siguientes calificaciones:

No Aceptable

El proyecto tiene serias deficiencias o no puede evaluarse con respecto al criterio por carecer de información o ser esta última incompleta.

Regular

El proyecto presenta deficiencias en lo que hace a sus objetivos generales y particulares y/o es muy baja la probabilidad de alcanzar los mismos.

Bueno

El balance entre el valor científico y/o tecnológico de los objetivos propuestos y la probabilidad de lograr los mismos, alcanza el mínimo indispensable para un desarrollo e impacto razonable del proyecto.

Muy Bueno

Los objetivos propuestos son de alto valor científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los mismos es alta.

Excelente

Los objetivos propuestos son de excepcional valor científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los mismos es alta.

No podrán ser elegibles para su financiación proyectos cuya calidad sea inferior a Bueno.

8.4. Pertinencia

Para la determinación de la pertinencia se constituirá una Comisión ad hoc integrada por dos (2) miembros designados por la Agencia y dos (2) miembros designados por la Universidad Nacional de General Sarmiento, que tendrá a cargo el análisis de la pertinencia y la determinación del mérito de aquellos proyectos que, por su calidad se consideren elegibles para subsidiar.

La Comisión ad hoc considerará, entre otros, los siguientes criterios para analizar la pertinencia de las presentaciones:

• Incidencia de trabajo empírico, o de campo, de desarrollo y sistematización de información o de desarrollo de productos (en especial en los proyectos de la Categorías I).

• Relevancia de los resultados del proyecto para el desarrollo del conocimiento y, toda vez que sea pertinente, de su posible incidencia social y/o productiva.

• Formación de recursos humanos en investigación.

• Realización de actividades de transferencias que impliquen el uso de los resultados finales o parciales del proyecto de investigación.

• Carácter multidisciplinario de la propuesta (en especial en los proyectos de la Categoría I).

• Integración y/o cooperación y/o interacción con proyectos de investigación de otras áreas e institutos de la Universidad Nacional de General Sarmiento.

• Razonabilidad del presupuesto.

8.5. Mérito

El mérito del proyecto surgirá de la evaluación de la calidad científico-tecnológica realizada por los pares y de la ponderación de la pertinencia efectuada por la Comisión ad-hoc constituida. En el caso de que los montos disponibles no permitan financiar todos los proyectos que hayan alcanzado igual mérito, la Comisión ad-hoc recomendará el/los proyecto/s a financiar a partir de un análisis comparativo de los criterios de pertinencia de los proyectos que se hallen en esta situación.

9. Reconsideraciones

El solicitante contará con la posibilidad de recurrir el acto administrativo que resuelva sobre la adjudicación del beneficio, debiendo para ello el representante legal de la Institución o apoderado interponer un recurso de reconsideración por escrito, en el que exprese los fundamentos de su desacuerdo, antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la notificación del acto que le cause gravamen. Sólo se analizarán los recursos cuando sus fundamentos se refieran a vicios de procedimiento o manifiesta arbitrariedad.

10. Documentos relacionados

Los documentos indicativos sobre los procedimientos que aplica el FONCyT en la etapa de Evaluación de los proyectos presentados y en la etapa de Seguimiento y Administración de los subsidios adjudicados, pueden consultarse en la página web de la Agencia en Internet:

Sistema de Evaluación de Proyectos Científicos y Tecnológicos (SEPCyT).

Seguimiento y Administración de Subsidios.

Anexo I

 

APORTES NO REEMBOLSABLES (ANR) IBEROEKA 2008

Introducción

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llaman a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR) destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas PyME que acrediten certificación del PROGRAMA IBEROEKA.

Los recursos para los ANR serán administrados en el marco del Programa de Modernización Tecnológica III (PMT III), financiado mediante el Contrato de Préstamo BID 1728 OC-AR.

Objetivos

El llamado tiene como objetivos financiar parcialmente proyectos que tengan como meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios de distintas ramas de actividad, que cuenten con la certificación del programa IBEROEKA.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones no reembolsables las empresas productoras de bienes y servicios que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.

En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Agrupación de Colaboración, etc.).

Financiación

Los recursos administrados en el marco de la presente Convocatoria consistirán en Aportes No Reembolsables de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados no exceda este monto.

Presentación de Proyectos

El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá retirarse en la sede de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (Agencia-FONTAR), Av. Córdoba 831, Piso 5, solicitarse por correo electrónico a: anr-iberoeka@agencia.secyt.gov.ar, por fax al: (011) 4311-5391/5690, 4313-1960, 4312-3142/6122/4726, por correo postal indicando la dirección a la cual debe remitirse la información o personalmente en las sedes de las autoridades de aplicación provinciales de la Ley Nº 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica o de la página web de la Agencia.

• Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de depósito de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) en la cuenta corriente en pesos N° 2542/79, Denominada "SCTeIP-7000/336-Modern. Tecnol-BID 1201" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo. Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria, previo retiro de la boleta de depósito correspondiente en la sede la Agencia, sita en Av. Córdoba Nº 831, 5º piso, Buenos Aires o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que el CBU de dicha cuenta es el Nº 01105995-20000002542793 y el CUIT N° 30-62854078-7. Este monto será utilizado para los costos de pliego y gastos técnicos que genere este llamado y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo como gasto de contraparte.

• La convocatoria permanecerá abierta hasta el 30 de noviembre de 2008 a las 12:00 horas.

Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica

Fondo Tecnológico Argentino-FONTAR

Bases del Llamado para la Adjudicación de Aportes No Reembolsables

para el Financiamiento de Proyectos Innovativos en PyMEs con Certificación IBEROEKA ANR IB/2008

BASES

ANR IBEROEKA 2008

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llaman a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR) destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas PyMEs (Disposición SEPyME N° 147/2006) que acrediten certificación del PROGRAMA IBEROEKA.

Los recursos para los ANR serán administrados en el marco del Programa de Modernización Tecnológica III (PMT III), financiado mediante el Contrato de Préstamo BID 1728 OC-AR.

1. Objetivos

El llamado tiene como objetivos financiar parcialmente proyectos que tengan como meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios de distintas ramas de actividad, que cuenten con la certificación del programa IBEROEKA.

Para el logro de estos objetivos, es importante articular los impulsos emprendedores de las empresas, con la capacidad y desarrollo de las instituciones científico tecnológicos de todo el país. Por este motivo, se considera relevante para el presente llamado, promover aquellos proyectos cuya ejecución exija, de manera total o parcial, la vinculación tecnológica con dichas instituciones.

2. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones no reembolsables las empresas productoras de bienes y servicios que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.

En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Agrupación de Colaboración, etc.).

El incumplimiento de las formalidades requeridas en el párrafo precedente será causal de no admisión de las propuestas presentadas.

Las empresas solicitantes deberán estar adscriptas al Programa IBEROEKA y haber obtenido la certificación respectiva al momento de la presentación del proyecto.

No podrán ser beneficiarios Instituciones sin fines de lucro, ni dependencias gubernamentales.

3. Proyectos Elegibles

Aportes No Reembolsables para proyectos de desarrollo tecnológico

Se financiarán proyectos que se orienten a:

• Desarrollo de tecnología a escala piloto y prototipo.

Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcanza una escala de laboratorio o equivalente.

Desarrollo innovativo de nuevos procesos y productos a escala piloto o de prototipo.

Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.

No serán financiables en el marco de la presente convocatoria proyectos destinados a la implementación de sistemas de calidad. (ver Definiciones y alcances adjuntas en el Anexo A).

• Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 36 meses.

4. Financiación

Los recursos administrados en el marco de la presente Convocatoria consistirán en Aportes No Reembolsables de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados no exceda este monto.

5. Pertinencia de Gastos

5.1.No serán considerados gastos aceptables para el cálculo del costo del proyecto los siguientes

- Gastos generales y de administración de los beneficiarios.

- Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos.

- Transferencias de activos: adquisición de acciones, de participaciones en el capital social u otros valores mobiliarios, etc.

- Pago de cesantías.

- Retiro de socios, vacaciones y Sueldo Anual Complementario (SAC).

- Capital de trabajo.

- Compras de inmuebles.

- Contribuciones en especie.

- Adquisición de bienes usados.

- Todo otro gasto innecesario e incompatible con el logro de los resultados previstos en el proyecto.

5.2. Gastos que pueden ser aceptados

- Personal de dirección, investigación y de apoyo técnico, que resulte incremental debido a la ejecución del Proyecto. Se aceptarán gastos en personal propio de la empresa solo para ser imputado a los gastos de contraparte. En el caso de empresas unipersonales, podrá valorizarse por hasta un 15% del monto de aporte de la empresa el trabajo de dirección del titular de la empresa, siempre que el mismo acredite competencia para realizarlo.

- Equipamiento imprescindible requerido para la ejecución del proyecto;

- Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionados con las actividades del proyecto;

- Adquisición de licencias de tecnología necesarias como parte del desarrollo tecnológico a realizar;

- Insumos y/o materiales necesarios para la construcción de prototipos, plantas piloto o puesta a punto;

- Gastos para formulación de Proyectos se aceptarán como contraparte y hasta un monto de $ 5.000;

- Gastos para gestión de proyectos realizados por UVT´s, se aceptarán con cargo al ANR hasta un monto de $ 5.000;

- Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones esenciales para el desarrollo del proyecto;

- Costo del Pliego de las Bases, sólo como contraparte.

Se reconocerán gastos para la adquisición de bienes importados y/o contratación de servicios de empresas extranjeras, siempre y cuando éstos sean provenientes de países miembros del BID: http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article282&var_recherche=paises%20miembros.

Los Gastos presupuestados no deben incluir el IVA.

Los listados anteriores no deben considerarse taxativos, sino meramente indicativos.

5.3. Se reconocerán gastos a ser financiados por el FONTAR o por la contraparte empresaria, a aquellos realizados a partir de la fecha de dictado del acto administrativo que declara como admitido el proyecto.

6. Presentación de Proyectos

El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá retirarse en la sede de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (Agencia-FONTAR), Av. Córdoba 831, Piso 5, solicitarse por correo electrónico (anr-iberoeka@agencia.secyt.gov.ar), por fax al (011) 4311-5391/5690, 4313-1960, 4312-3142/6122/4726, por correo postal indicando la dirección a la cual debe remitirse la información o personalmente en las sedes de las Autoridades de Aplicación Provinciales de la Ley Nº 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica o de la página web de la ANPCyT (www.agencia.gov.ar).

La presentación deberá instrumentarse mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la dirección citada y la leyenda "ANR-Iberoeka/2008". Dentro del mismo se incluirán dos juegos completos de los formularios y de la documentación anexa, firmados en todas sus páginas, y dos copias de los formularios en soporte informático (CD).

Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de depósito de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) en la cuenta corriente en pesos N° 2542/79, Denominada "SCTeIP-7000/336-Modern. Tecnol-BID 1201" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo. Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria, previo retiro de la boleta de depósito correspondiente en la sede de la Agencia, sita en Av. Córdoba Nº 831, 5º piso, Buenos Aires o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que el CBU de dicha cuenta es el Nº 01105995-20000002542793 y el CUIT N° 30-62854078-7.

Este monto será utilizado para los costos de pliego y gastos técnicos que genere este llamado y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo como gasto de contraparte.

La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria deberá realizarse en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT-FONTAR.

• La fecha límite de presentación de proyectos será el 30 de noviembre de 2008 a las 12 horas. Las presentaciones que se realicen por correo deberán tener sello de ingreso de Mesa de Entradas de la AGENCIA con fecha anterior al 30 de noviembre de 2008.

7. Admisibilidad de Proyectos

Serán considerados admitidos los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:

• Realizar la presentación antes de la fecha y hora de cierre del llamado.

• Presentar en un sobre cerrado dos juegos completos y en el formato específico de la Convocatoria, foliados y firmados por el representante legal de la Empresa en cada una de sus hojas, de la documentación que se indica a continuación y un CD con los formularios completos identificando en el mismo el nombre de la empresa solicitante.

• Contar con la calificación positiva de riesgo crediticio, de acuerdo a la Central de Informes del Banco Central de la República Argentina.

Documentación a presentar en el orden siguiente:

• Formularios Completos: Memoria A (Formulario en Excel), Memoria B (formulario en Word y Excel), Memoria C (Formulario en Word) y Memoria D (Formulario en Word). El tamaño de papel deberá ser A4, perforado con dos orificios en el margen izquierdo, no encuadernado.

• Declaración jurada suscripta por el representante legal de la Empresa solicitante del beneficio, respecto a la existencia o no de financiamiento para el mismo proyecto, por parte de otra institución.

• Declaración Jurada Ambiental.

• Boleta de depósito conforme lo solicitado en el punto 6 de estas Bases.

• Documentación inherente al proyecto (currículum, anexos, presupuestos, etc.).

• Copia de la Certificación IBEROEKA.

Información de la empresa según el caso:

Para Personas Jurídicas:

- Copia del Estatuto o Contrato Social.

- Copia del Acta de Asamblea, Directorio o Reunión de Socios, que se encuentre vigente, donde se resuelve la distribución de cargos del órgano de administración de la Sociedad. Si la presentación es firmada por apoderado, copia del poder que lo acredite como tal.

- Tres últimos balances, si correspondiere, suscriptos por contador público nacional, cuya firma debe estar certificada por el respectivo Consejo Profesional. La certificación del Consejo Profesional respectivo debe obrar en original. Podrán aceptarse asimismo, balances de corte debidamente certificados. Si la empresa ostenta la categoría de controlada o vinculada, se deberá adjuntar la documentación correspondiente según lo establecido por la Disposición Nº 147/06 de la SePyME.

Para Personas Físicas:

- Copia de la constancia de inscripción en la AFIP, de tratarse de Monotributistas copia de los últimos tres pagos realizados.

- Tres últimas declaraciones juradas de impuestos a las ganancias y declaración de impuestos a los bienes personales con sus respectivos papeles de trabajo.

- En caso de no tributar Bienes Personales deberá presentar manifestación de bienes y deudas certificadas por Contador y por Consejo Profesional, en original.

- Si la presentación es firmada por apoderado, copia del poder que lo acredite como tal.

Para asociaciones entre empresas, entre personas físicas o mixtas: Deberán constituirse de acuerdo a los tipos y las formalidades preceptuadas en el Capítulo III de la Ley de Sociedades Comerciales a saber:

- Agrupaciones de Colaboración: deberán constituirse cumplimentando íntegramente lo estipulado en la Sección I del Capítulo III de la Ley de Sociedades Comerciales.

- Uniones Transitorias de Empresas: deberán constituirse cumplimentando íntegramente lo estipulado en la Sección II del Capítulo III de la Ley de Sociedades Comerciales.

En los casos que terceros se comprometan a realizar aportes al proyecto de modo de financiar los gastos de contraparte, se deberá presentar la documentación respaldatoria respectiva. Dicha documentación debe cumplir con lo indicado en los párrafos superiores para empresas y/o personas.

Se informa asimismo, que para la firma del contrato del subsidio adjudicado, serán requisitos excluyentes: la presentación del Certificado Fiscal para Contratar con el Estado (Según Resolución AFIP N° 1814) y la constitución de un Seguro de Caución a favor de la AGENCIA, por el 20% del monto del subsidio otorgado, cuya vigencia será abierta. Será causal de no admisión el incumplimiento de obligaciones por parte del solicitante, originadas en instrumentos contractuales suscriptos con la Agencia. La admisión de los proyectos será resuelta por la UNIDAD DE CONTROL DE GESTION Y ASUNTOS LEGALES mediante el dictado de una Disposición que será notificada a los presentantes mediante correo electrónico y publicada en la página web de la AGENCIA cuyo dominio es: www.agencia.gov.ar.

Dicha disposición será susceptible de ser recurrida mediante recurso de reconsideración, el que deberá ser interpuesto por escrito por el representante legal de la Empresa o apoderado, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la disposición, de acuerdo al procedimiento descripto precedentemente.

La presentación del Proyecto importa de parte de las Empresas solicitantes el pleno conocimiento de toda la normativa que rige los Aportes No Reembolsables, la evaluación de todas las circunstancias asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las presentes Bases y Condiciones.

Cuando la documentación presentada resulte incompleta de acuerdo a las condiciones de admisión de proyectos (PUNTO 7) y en consecuencia no sea posible su evaluación de acuerdo a los criterios de selección de proyectos (PUNTO 8), los mismos serán considerados No Admitidos o Rechazados, según el caso.

8. Criterios de Selección y Evaluación

A los efectos del presente llamado se creará una Comisión ad-hoc de evaluación.

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de Admisibilidad.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica y económica de la solicitud.

9. Evaluación de las Solicitudes de Financiamiento

Las propuestas deberán contener la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta. La evaluación de las solicitudes estará basada en:

A. Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto.

B. Capacidad técnica de la Unidad Ejecutora (propia de la empresa o contratada).

C. Capacidad económica, financiera y gerencial del solicitante.

D. Evaluación económica del emprendimiento.

A. Evaluación de la factibilidad y calidad tecnológica del proyecto

Esta etapa estará a cargo de evaluadores idóneos que deberán tomar en cuenta los siguientes aspectos:

A.1. Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos del componente.

A.2. Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las condiciones externas a las que su éxito está supeditado.

A.2.1. Claridad de los objetivos;

A.2.2. Precisión en la definición de las etapas y tareas;

A.2.3. Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas;

A.2.4. Elegibilidad y racionalidad del presupuesto;

A.2.5. Creatividad y originalidad de la propuesta;

B. Evaluación de la capacidad técnica de la Unidad Ejecutora

A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica de la Unidad Ejecutora para la realización del proyecto, se evaluará:

B.1. Antecedentes de la Unidad Ejecutora;

B.2. Composición del personal involucrado en el proyecto;

B.3. Equipamiento e infraestructura que se afectará a la ejecución del proyecto;

C. Evaluación de la capacidad económica de la empresa

La evaluación incluye un análisis de viabilidad económica del proyecto. Esta evaluación tomará en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

C.1. Razonabilidad económica de los resultados del proyecto y su impacto en la empresa;

C.2. Capacidad de la empresa para implementar los resultados del proyecto.

10. Unidad Ejecutora

La Unidad Ejecutora, que podrá ser propia de la empresa o contratada ad hoc, deberá estar conformada por profesionales que cuenten con antecedentes curriculares en los temas asociados a la ejecución del proyecto y con la infraestructura necesaria para la ejecución del mismo.

11. Reembolsos

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de la rendición de gastos que debe acompañar el informe técnico. Los reembolsos se realizarán de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado.

12. Reconsideraciones

El solicitante contará con la posibilidad de recurrir contra una resolución desfavorable, debiendo para ello interponer el representante legal de la Empresa o apoderado un recurso de reconsideración por escrito, en el que exprese los fundamentos de su desacuerdo, antes de transcurridos diez (10) días hábiles de notificada la Resolución que se intente impugnar. La ANPCyT resolverá haciendo lugar o rechazando las impugnaciones presentadas.

13. Rescisión

La ANPCyT podrá declarar unilateralmente la rescisión del Contrato de Promoción en caso de existir causas imputables al beneficiario, las cuales figurarán en el Contrato. El beneficiario deberá reembolsar los importes recibidos hasta la fecha de rescisión en los plazos y condiciones establecidos contractualmente, y se procederá a ejecutar la Póliza de Caución constituida por la Empresa a favor de la Agencia.

Anexo A

DEFINICIONES Y ALCANCES

Proyectos de investigación y desarrollo

Consisten en trabajos sistemáticos basados en los conocimientos existentes, derivados de la investigación y/o la experiencia práctica, dirigidos a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos; al establecimiento de nuevos procesos, sistemas y servicios; o a la mejora sustancial de los ya existentes.

Prototipo

Es un modelo original que posee todas las cualidades técnicas y todas las características de funcionamiento del nuevo producto. Puede darse el caso en que se precisan varios prototipos para hacer comprobaciones. Si los resultados de éstas no son satisfactorios, los mismos pueden emplearse en nuevos trabajos de desarrollo del prototipo. Pero una vez realizadas todas las modificaciones necesarias en el (los) prototipo(s) y efectuadas satisfactoriamente las pruebas pertinentes, se alcanza la frontera de la I+D. La construcción de varias copias de un prototipo después de haber experimentado con éxito el prototipo original, no constituye la I+D. Sin embargo, pueden encuadrarse en el presente llamado en la medida que constituya una etapa demostrativa precomercial.

Planta piloto

La construcción y utilización de una planta piloto forman parte de la I+D, siempre y cuando el objetivo principal sea el de adquirir experiencia y obtener datos técnicos o de otro tipo que puedan utilizarse en:

- La evaluación de hipótesis.

- La elaboración de nuevas fórmulas de productos.

- El establecimiento de nuevas especificaciones de producto terminado.

- El diseño de equipo especial y de estructuras necesarias para un nuevo proceso.

- La redacción de instrucciones de funcionamiento o manuales sobre el proceso.

Finalizada la fase experimental, la planta piloto funciona como una unidad normal de producción, por ende, a partir de ese momento no puede considerarse que su actividad sea I+D, aunque la planta continúe denominándose "planta piloto". Puesto que el objetivo fundamental de una planta piloto no es de carácter comercial, en principio, importa poco el hecho de que una parte o la totalidad de su producción pueda acabar siendo vendida.

Proyectos de generación de conocimientos aplicables a una solución tecnológica

Comprenden actividades de I+D con aplicaciones específicas para la resolución de problemas o necesidades tecnológicas.

Proyectos de desarrollo de innovación de productos y procesos

La innovación en productos puede tomar dos formas. La primera es la de un producto tecnológicamente nuevo. Es decir, un producto cuyas características tecnológicas difieren significativamente de las correspondientes a los productos anteriores. También puede implicar tecnologías radicalmente nuevas o la combinación de tecnologías existentes con nuevos usos, como así también, un desarrollo a partir de un nuevo conocimiento. La segunda forma es la de un producto existente tecnológicamente mejorado. Esto se puede lograr mediante el uso de componentes o materiales de mejor desempeño, o por un producto complejo compuesto de un conjunto de subsistemas técnicos integrados que pudo haber sido mejorado a través de cambios parciales en alguno de los subsistemas que lo conforman.

La innovación en procesos es la adopción de métodos tecnológicos nuevos o mejorados. Estos métodos tecnológicos pueden ser aplicados para producir o despachar productos tecnológicamente mejorados, lo cual no sería posible usando métodos convencionales de producción o, esencialmente, mejorando la producción o despacho de los productos ya existentes.

Introducción de tecnologías de gestión

Comprende la introducción o mejora de tecnologías de gestión a partir de necesidades específicas que surjan del impacto de actividades de innovación tecnológica en las mismas, implicando un esfuerzo previo o paralelo de innovación tecnológica.

FUENTES:

-Manual de Bogotá-Normalización de Indicadores de Innovación Tecnológica en América Latina y el Caribe-RICYT/OEA/CYTED/COLCIENCIAS/OCYT-Marzo 2001.

-Manual de Frascati-Medición de las Actividades Científicas y Tecnológicas, Propuesta de Norma Práctica para Encuestas de Investigación y Desarrollo Experimental-Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico-1993.