MINISTERIO DE PLANIFICACION, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Proyecto PRONUREE: Alumbrado Público

La Secretaría de Energía se encuentra desarrollando una nueva etapa del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONUREE) denominado "Proyecto Alumbrado Público" con el objetivo de producir el recambio del parque lumínico en todos los municipios del territorio nacional. Esta inciativa está comprendida en la promoción del uso eficiente de la energía destinada a lograr el mayor desarrollo sostenible, conservando los recursos naturales no renovables, reduciendo los costos y minimizando el impacto sobre el Ambiente.

INFORMACION SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL RECAMBIO DEL ALUMBRADO PUBLICO EN MUNICIPIOS

I. OBJETIVOS DEL SISTEMA DEL PROYECTO DE RECAMBIO DEL ALUMBRADO PUBLICO

El sistema informático Proyecto de Recambio del Alumbrado Público está diseñado, entre otros objetivos, para que los municipios ingresen su proyecto de recambio de alumbrado público al sitio Web de la Unidad Ejecutora.

Una vez ingresados los datos en el sitio Web, el sistema permitirá la impresión de una declaración jurada, que deberá ser rubricada, sellada y enviada a la Unidad Ejecutora conjuntamente con la documentación que se detalla en el último capítulo de este texto titulado "Procedimiento para el Recambio del Alumbrado Público en Municipios".

II. ¿QUIEN DEBE OPERAR EL SISTEMA PROYECTO DE RECAMBIO DEL ALUMBRADO PUBLICO?

El sistema informático ha sido desarrollado para que los municipios carguen a través de Internet el detalle de los proyectos de recambio del alumbrado público y efectúen una presentación para su análisis ante la Unidad Ejecutora.

Dado que la Resolución N° 07/08 de la Secretaría de Energía norma las pautas para la confección de la presentación del citado proyecto, el sistema informático facilitará su confección y diligenciamiento.

III. REQUERIMIENTOS DE LA DOCUMENTACION A PRESENTAR

A continuación se detalla la documentación que deberá contener cada una de las presentaciones que el municipio debe efectuar ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios-Unidad Ejecutora.

• Presentación del Proyecto de Recambio de Lámparas y Luminarias.

• Presentación del Proyecto de Reinversión en Futuras Acciones.

• Información sobre Cuenta Bancaria.

• Pliego Licitatorio.

• Solicitud de Anticipo (1).

• Rendición de Cuentas.

• Rendición de Cuentas Final.

Toda presentación que se realice deberá efectuarse junto con una "nota de presentación", a los fines de que la Mesa de Entradas acepte la misma.

Asimismo, toda documentación que se presente deberá estar sellada y firmada en original.

Es importante destacar que antes de efectuar la carga de datos, se recomienda la lectura del marco legal de referencia para las presentaciones que deba realizar el municipio.

Las normas jurídicas que se describen a continuación podrán ser consultadas en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2730.

• Resolución N° 07/2008.

• Resolución N° 07/2008 Subanexos I y II.

• Decreto N° 140/2007.

• Resolución N° 267/2008.

Finalmente, también se sugiere la lectura del Manual del Usuario (2) que brinda información para la operatoria del sistema informático en la página Web.

(1) Puede ser consultada en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2730.

(2) Puede ser consultado en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2727.

 

III.a. PRESENTACION DEL PROYECTO DE RECAMBIO DE LAMPARAS Y LUMINARIAS

El Proyecto de Recambio de Lámparas y/o Luminarias es propuesto por el municipio ante el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios-Unidad Ejecutora (según se detalla en el Reglamento Particular de la Resolución N° 07/08 de la Secretaría de Energía). Dicho proyecto debe ingresarse en la Web a través del Sistema Proyecto de Recambio de Luminarias.

El mencionado sistema informático permite al municipio la carga de la información del proyecto y la impresión de la declaración jurada (proveniente del propio sistema).

Se sugiere la impresión de dos (2) ejemplares de la declaración jurada generada. Un ejemplar para la presentación ante el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios, y el otro para el control del municipio.

La declaración jurada deberá ser sellada y firmada por el responsable del proyecto del municipio. La declaración jurada deberá ser acompañada por una nota de presentación, por una Memoria Descriptiva (ver punto 4.1.1.i.i de la Resolución N° 07/08) y por el Censo de Lámparas y/o Luminarias, con sus características técnicas básicas, certificada por la distribuidora eléctrica que brinda servicio en el municipio.

Así también, deberá incluirse la Carátula de Proyecto de Recambio la cual completará el municipio.

La presentación del proyecto se formalizará mediante la entrega de la documentación (citada en los ítem anteriores) en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios —Mesa de Entradas—, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP (1086AAB), Oficina 219, Ventanilla 8.

Es importante resaltar que el municipio deberá tener en cuenta el número de expediente que la Mesa de Entradas le asignará a esta presentación, ya que el mismo deberá referenciarse como dato en las siguientes presentaciones.

Resumen de la documentación a presentar:

• Nota de presentación dirigida a la Dirección General de Cooperación y Asistencia Financiera.

• Carátula del proyecto.

• Memoria Descriptiva.

• Declaración jurada del proyecto de recambio.

• Censo de todo el parque de lámparas y/o luminarias, certificado por la distribuidora eléctrica (original).

• Cronograma de obra.

• Especificaciones técnicas para la adquisición de luminarias de alumbrado público.

III.b. PRESENTACION DEL PROYECTO DE REINVERSION

El Proyecto de Reinversión en futuras acciones es propuesto por el municipio ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios-Unidad Ejecutora. Dicho proyecto debe ingresarse en la Web a través del Sistema Proyecto de Reinversión. (ver punto 4.1. "b" y 4.1.4. de la Resolución N° 07/08 de la Secretaría de Energía).

El Proyecto de Reinversión deberá referirse al destino que se le asignará al ahorro producido por la ejecución del Proyecto de Recambio presentado. Dicha reinversión deberá ser destinada a "eficiencia energética en general".

El presente proyecto, tendrá que ser acompañado de una "Memoria Descriptiva" (ver punto 4.1.1. de la Resolución N° 07/08 de la Secretaría de Energía).

En dicha Memoria Descriptiva, se incluirá el "Cronograma de Obra del Proyecto de Reinversión".

Los plazos de ejecución estipulados son los siguientes:

• Inicio de la Reinversión: Como máximo, al 50% de haber ejecutado el Proyecto de Recambio.

• Finalización: Como máximo, al 90% de haber ejecutado el Proyecto de Recambio.

En relación a los montos, que determine el municipio por las obras del Proyecto de Reinversión, deberá ser igual o mayor al ahorro en pesos determinado por la ejecución del Proyecto de Recambio.

A través del Sistema Web, deberá ingresar el Proyecto de Reinversión. Dicho sistema, le permitirá ingresar la descripción del proyecto, así como adjuntar archivos —de considerarlo necesario—. Esta carga de datos, será la que deberá imprimir y presentar —con carácter de declaración jurada— por la Mesa de Entradas.

La presentación mencionada deberá incluir la Carátula del Proyecto de Reinversión, la cual completará el municipio. Es importante recordar referenciar el número del expediente que otorgó la Mesa de Entradas en la oportunidad de la presentación del Proyecto de Recambio.

La presentación deberá realizarse en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios —Mesa de Entradas—, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP (1086AAB), Oficina 219, Ventanilla 8.

Resumen de la documentación a presentar:

• Nota de Presentación dirigida a la Dirección General de Cooperación y Asistencia Financiera (DGCyAF).

• Carátula de Proyecto de Reinversión.

• Memoria Descriptiva.

- Objeto de la obra.

- Monto total a invertir (como mínimo igual al monto ahorrado durante un año a partir de la implementación del programa de recambio del alumbrado público).

- Ahorros: Potencia disponible, energía anual ($) y (MWh).

- Cantidad y ubicación de los equipos a instalar y/o reemplazar (luminarias, semáforos a LED, bancos de capacitores, etc.) para poder auditar su efectiva colocación.

- Memoria de cálculo.

- Cronograma de obra.

- Información técnica sobre los equipos que permita una mejor compresión de la propuesta (folletería, especificaciones técnicas, etc.).

Es importante resaltar que la "Carátula del Proyecto de Inversión" y el "Modelo de Memoria Descriptiva" pueden consultarse en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2732.

III.c. CUENTA BANCARIA: RESOLUCION N° 267/08 (3)

A continuación se destacan las principales características a tener presente:

• Individualización de la cuenta bancaria receptora de fondos:

1) Entes Provinciales que tengan operativo el Sistema de Cuenta Unica del Tesoro Provincial, deberán abrir una cuenta escritural por cada Acuerdo y/o Convenio.

2) Entes Provinciales que no tengan operativo el Sistema de Cuenta Unica del Tesoro Provincial y Municipios que integran el Gran Buenos Aires (4), deberán abrir una cuenta corriente bancaria, en una de las entidades financieras que operan como agentes de pago de la Cuenta Unica del Tesoro Nacional, por cada Secretaría, Subsecretaría o Entidad dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (MPFIPyS).

3) Otros Entes ajenos al Sector Público Nacional y Municipios no incluidos en en el punto "2" mencionado anteriormente, deberán utilizar una cuenta corriente bancaria que tengan habilitada en una de las instituciones financieras que operan como agentes de pago de la Cuenta Unica del Tesoro Nacional y que estén dadas de alta en la Tabla de Beneficiarios del Sistema de Información Financiera (SIDIF).

• El municipio deberá abrir una cuenta contable especial, a efectos de identificar las transacciones que surjan de la ejecución de cada acuerdo y/o convenio.

• Se solicita, incluir en la nota de solicitud de transferencia de fondos el número de CUIT del municipio.

• La cuenta bancaria que informen, que será la que se consignará en el Convenio Específico, al momento de la transferencia de fondos tendrá que encontrarse registrada y activa en el SIDIF (Area Registraciones, Teléfonos: 4349-8380/8413, Ministerio de Economía, Piso 7º, Oficina Nº 701).

• La transferencia de fondos se hará efectiva con posterioridad al cumplimiento de lo mencionado en el capítulo que se describe posteriormente titulado "Acerca de la Adquisición de Materiales".

___________

(3) La totalidad del texto de la norma jurídica puede consultarse en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=3040.

(4) Municipios que integran el Gran Buenos Aires: Lomas de Zamora, Quilmes, Lanús, General San Martín, Tres de Febrero, Avellaneda, Morón, San Isidro, Malvinas Argentinas, Vicente López, San Miguel, José C. Paz, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Almirante Brown, Merlo, Moreno, Florencio Varela, Trigre, Berazategui, Esteban Echeverría, San Fernando y Ezeiza.

III.d. ACERCA DE LA ADQUISICION DE MATERIALES

Para la adquisición de materiales en lo que se refiere a lámparas y/o luminarias que han sido aprobadas (a través del Proyecto de Recambio presentado y posterior firma del Convenio Específico), el municipio podrá utilizar cualquier modalidad ya sea Licitación Pública/Privada, Concurso de Precios, etc.

Cualquier forma de adquisición, previo a su publicación/formalización deberá estar visada por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN).

Una vez conformado el Pliego u otra forma de adquisición por la UTN, deberá ser remitido a la Unidad Ejecutora.

Así también, el visado y emisión de informes por parte de la UTN será efectuado tantas veces como formas de adquisición se produzcan.

Cualquier forma de adquisición que se adopte deberá ser exclusiva para la reconversión de alumbrado público-objeto del PRONUREE/Alumbrado Público.

La adquisición de materiales mencionada, tendrá que tener absoluta correlación con el Proyecto de Recambio presentado y su correspondiente Memoria Descriptiva. Del mismo modo, con lo específicamente estipulado en el Convenio Específico (en particular lo referente a las Normas IRAM).

Se sugiere establecer adquisiciones de materiales y forma de pago, de acuerdo con el cronograma de obra que se haya proyectado.

Este procedimiento deberá estar cumplimentado para proceder con la transferencia de fondos.

El modelo de Pliego de Licitación (Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas) y el Modelo de Publicación pueden consultarse en el sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=3052.

III.e. RENDICION DE CUENTAS

Las Rendiciones de Cuentas del municipio deberán ser selladas y firmadas (en original) por el responsable del proyecto del municipio y confeccionarse en un todo de acuerdo con la Resolución Nº 267/08.

La citada Rendición de Cuentas deberá ser certificada por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN) para su presentación ante el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios-Unidad Ejecutora, e incorporar dicha certificación a la presentación final.

Además deberá incluirse la Carátula de Rendición de Cuentas, la cual completará el municipio. Debe tenerse en cuenta que esta carátula deberá contener el número de expediente que otorgó la Mesa de Entradas en la oportunidad de la presentación del Proyecto de Recambio.

Es importante mencionar que deberán efectuarse tantas presentaciones por Rendición de Cuentas como transferencias de fondos se efectúen al municipio.

En relación a los plazos, el sistema Web y la documentación a remitir debe tenerse presente la siguiente información:

Plazo de las rendiciones

El municipio deberá presentar ante la Dirección General de Cooperación y Asistencia Financiera (DGCyAF), dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la acreditación de la transferencia de fondos, la Rendición de Cuentas pertinente.

Es dable mencionar que se deberán efectuar tantas presentaciones por Rendición de Cuentas, como transferencias de fondos se efectúen al municipio.

Sistema Web Rendiciones de cuentas

Operando con el mismo usuario y clave con el que se generó y transmitió información por los Proyectos de Recambio e Inversión, se podrá ingresar al sistema Web de Rendiciones de Cuentas.

El sistema prevé, la emisión de una declaración jurada, la cual deberá ser impresa para ser adjuntada al expediente junto con la documentación respaldatoria.

Documentación mínima a remitir

a) Nota de remisión de documentación, la misma debe incluir los datos de quienes son responsables directos de la administración, mantenimiento y custodia de los Fondos Transferidos.

b) Cuadro —detallado— de la Rendición de Cuentas (declaración jurada emitida por el sistema Web).

c) Comprobantes que respalden la Rendición de Cuentas y visados por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN).

d) Informe de avance de obra, emitido por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN):

- La documentación respaldatoria (copias de extractos bancarios, facturas, recibos cancelatorios, etc.), deberá estar sellada y firmada (en original) por la máxima autoridad competente del municipio y por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN).

- Respaldo documental (incluidos los extractos bancarios): Obligación de preservarlos por diez (10) años, así como tenerlos a disposición de los diferentes órganos de control.

- Los Comprobantes originales tienen que estar completados de manera indeleble y deben cumplimentarse con la normativa impositiva vigente.

Cabe acotar también, que de acuerdo a lo normado (Resolución N° 267/08), el municipio deberá contar con una cuenta contable especial, a efectos de identificar las transacciones que surjan de la ejecución de cada acuerdo y/o convenio.

La presentación deberá realizarse en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios —Mesa de Entradas—, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP (1086AAB), Oficina 219, Ventanilla 8.

Resumen de la documentación a presentar:

• Nota de Presentación dirigida a la Dirección General de Cooperación y Asistencia Financiera (DGCyAF).

• Carátula de Rendición de Cuentas.

• Detalle de la Rendición de Cuentas, sellada y firmada por el responsable del proyecto del municipio.

• Documentación respaldatoria de la Rendición de Cuentas (sellada y firmada en original por el responsable del proyecto del municipio).

• Certificación de la Unidad de Seguimiento y Control (UTN) de la Rendición de Cuentas (original).

III.f. RENDICION DE CUENTAS FINAL

La Rendición de Cuentas Final del Municipio deberá ser confeccionada en un todo de acuerdo con la Resolución Nº 267/08.

La citada Rendición de Cuentas Final deberá ser certificada por la Unidad de Seguimiento y Control (UTN) para su presentación ante el Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios.

La Rendición de Cuentas Final, al igual que las rendiciones anteriores, deberá ser acompañada de la documentación respaldatoria mencionada en la Resolución N° 267/08, sellada y firmada en original.

La presentación deberá incluir la Carátula de Rendición de Cuentas Final la cual la completará el municipio. Esta carátula deberá contener el número de expediente que otorgó la Mesa de Entradas en la oportunidad de la presentación del Proyecto de Recambio.

La presentación deberá realizarse en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios —Mesa de Entradas—, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP (1086AAB), Oficina 219, Ventanilla 8.

Resumen de la documentación a presentar:

• Nota de Presentación dirigida a la Dirección General de Cooperación y Asistencia Financiera (DGCyAF).

• Carátula de Rendición de Cuentas Final.

• Detalle de la Rendición de Cuentas Final, sellada y firmada por el responsable del proyecto del municipio.

• Documentación respaldatoria de la Rendición de Cuentas (sellada y firmada en original por el responsable del proyecto del municipio).

• Certificación de la Unidad de Seguimiento y Control (UTN) de la Rendición de Cuentas Final (original).

IV. ¿COMO FUNCIONA EL SISTEMA INFORMATICO PROYECTO DE RECAMBIO DEL ALUMBRADO PUBLICO?

La utilización del sistema informático puede consultarse en "El Manual del Usuario del Sistema Proyecto de Recambio del Alumbrado Público", que puede visualizarse gráficamente para su mejor comprensión en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2727.

V. PROCEDIMIENTO PARA EL RECAMBIO DEL ALUMBRADO PUBLICO EN MUNICIPIOS

El cuadro que se adjunta continuación muestra una síntesis de los eventos más importantes que componen el procedimiento de recambio de lámparas y luminarias en los municipios.

Los requerimientos para la presentación de documentación pueden ser consultados y actualizados en el siguiente sitio Web: http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2725.

La presentación del Proyecto de Recambio de Lámparas y/o Luminarias del Alumbrado Público en municipios deberá realizarse mediante la carga en el"Sistema Informático Proyecto de Recambio del Alumbrado Público".

Las declaraciones juradas deberán ser impresas por el citado sistema. Para su presentación en la Mesa de Entradas del Ministerio de Planificación, Inversión Pública y Servicios deberá realizarse en Hipólito Yrigoyen 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Oficina 219, Ventanilla 8, selladas y rubricadas por el responsable del proyecto del municipio.

Los puntos 9 a 12 se repetirán tantas veces como cuotas sean acordadas, según el Convenio Específico.