MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Acciones de la Dirección Nacional de Migraciones

La Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de las responsabilidades que le concede la Ley Nacional de Migraciones, implementa diversas acciones relacionadas con la admisión, el ingreso, la permanencia y el egreso de personas en la República Argentina. Los requisitos para solicitar la residencia, el ingreso y el egreso del país, y la tramitación de certificaciones constituyen herramientas fundamentales de la política migratoria nacional.

INTRODUCCION

La Dirección Nacional de Migraciones (DNM), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio del Interior, tiene la función, entre otras, de entender en todos los asuntos de contenido migratorio vinculados a la aplicación de la política internacional establecida por el Estado argentino.

A continuación se describirán los requisitos para solicitar la residencia, para establecer el ingreso y egreso al país, y los requisitos para tramitar certificaciones.

I. REQUISITOS PARA LA RESIDENCIA

I.a. RESIDENTE TRANSITORIO, CATEGORIA TURISTA ARTICULO Nº 24, INCISO "A" DE LA LEY N° 25.871

Se considerará residente transitorio a todo extranjero que obtenga de la DNM una admisión en tal carácter.

Turista: Para descanso o esparcimiento, contando con los recursos suficientes para ello. Los plazos de admisión son de hasta tres (3) meses prorrogables por otro período similar.

Prórroga: Se puede efectuar en la DNM en el horario de 8 a 14 horas, Edificio 4, Sector Prórrogas, en las Delegaciones del Interior del país, o bien en los pasos fronterizos habilitados por la DNM.

Requisitos:

• Pasaporte vigente o Cédula de Identidad vigente (países limítrofes).

• Tasa de renovación: $100 (pesos cien).

• Residencia transitoria vigente. (1)

Habilitación de salida: Se puede tramitar en la DNM, en el horario de 8 a 20 horas, Edificio 4, Sector Dirección General de Movimiento Migratorio, en las Delegaciones del Interior del país, o bien en los pasos fronterizos habilitados por la DNM.

Atención importante: La misma tiene una validez de diez (10) días corridos desde la fecha en que se expide tal "Habilitación", durante ese período la persona afectada deberá hacer abandono del país; si se le venciera ese plazo, deberá solicitar una nueva "Habilitación de salida" y abonar nuevamente.

Requisitos:

• Pasaporte vigente, Cédula de Identidad vigente o Documento Nacional de Identidad vigente de su país de origen, (esto último con los siguientes países: Brasil, Bolivia, Uruguay, Paraguay, Chile, Perú, Venezuela, Ecuador y Colombia).

• Tasa de habilitación: $50 (pesos cincuenta).

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(1) En el supuesto que la vigencia del visado haya expirado, no podrá prorrogarse tal residencia, a fin de hacer abandono del territorio nacional, deberá solicitarse una habilitación de salida.

II. REQUISITOS DE INGRESO Y EGRESO AL PAIS

II.a. DOCUMENTACION QUE DEBERA PRESENTAR TODO ARGENTINO PARA SALIR DEL PAIS CON DESTINO A LOS PAISES MIEMBROS U ASOCIADOS DEL MERCOSUR

Documentos Válidos de Viaje

Se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• Documento Nacional de Identidad • —DNI—. (ver "Observaciones").

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Libreta Cívica y/o de Enrolamiento.

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

Menores de Edad (menor de 21 años para la Legislación Nacional)

Si viajan solo/s o en compañía de uno de sus padres

• Permiso/Autorización de Viaje del padre faltante: Si vive en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dicho permiso se tramita ante Escribano Público y se legaliza ante el Colegio de Escribanos de esta ciudad; si el domicilio es de Provincia, se realizará similar trámite u opcionalmente ante la Justicia en lo Civil del Departamento Judicial de la zona.

• Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar la filiación (originales).

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

Si viajan con ambos padres

• Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar la filiación (originales).

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

Observaciones:

1. Cualquiera sea el documento que se presente, deberá estar en buen estado de conservación.

2. El menor que cumplió 16 años tiene un plazo de 180 días para el canje de su DNI (Decreto Nº 538/04) extendiéndose durante ese lapso su validez para egresar del territorio nacional.

3. Tanto mayores como menores de edad no podrán viajar solos con la constancia de trámite del DNI o Cédulas de Identidad ya vencidas.

4. Tampoco se podrá salir del país sin la correspondiente actualización de los 8 años en el DNI.

II.b. DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y

ESTADOS ASOCIADOS (MERCOSUR/CMC/DECRETO Nº 18/08)

DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

Argentina

• Cédula de Identidad expedida por la Policía Federal.

• Pasaporte. Documento Nacional de Identidad.

• Libreta de Enrolamiento.

• Libreta Cívica.

Brasil

• Cédula de Identidad expedida por cada Estado de la Federación con validez nacional.

• Cédula de Identidad para extranjero expedida por la Policía Federal.

• Pasaporte.

Paraguay

• Cédula de Identidad.

• Pasaporte.

Uruguay

• Cédula de Identidad.

• Pasaporte.

Bolivia

• Cédula de Identidad.

• Pasaporte.

Chile

• Cédula de Identidad.

• Pasaporte.

Colombia

• Pasaporte.

• Cédula de Identidad.

• Cédula de Extranjería.

Ecuador

• Cédula de Ciudadanía.

• Pasaporte.

• Carné de Extranjería.

Perú

• Pasaporte.

• Documento Nacional de Identidad.

• Carné de Extranjería.

Venezuela

• Pasaporte.

• Cédula de Identidad.

II.c. DOCUMENTACION QUE DEBERA PRESENTAR TODO ARGENTINO PARA SALIR DEL PAIS CON DESTINO A LOS PAISES NO DENUNCIADOS EN LA ORBITA DEL MERCOSUR

Documentos Válidos de Viaje

• Pasaporte de la nacionalidad válido y vigente.

• Visación Consular de así requerirlo el país de destino.

Observaciones:

1. El Pasaporte que se presente, deberá estar en buen estado de conservación.

Menores de Edad (Menor de 21 años para la Legislación Nacional)

Si viajan solo/s o en compañía de uno de sus padres

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

• Permiso/Autorización de viaje del padre faltante: Si vive en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dicho permiso se tramita ante Escribano Público y se legaliza ante el Colegio de Escribanos de esta ciudad; si el domicilio es de Provincia, se realizará similar trámite u opcionalmente ante la Justicia en lo Civil del Departamento Judicial de su zona.

• Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar la filiación (originales).

Si viajan con ambos padres

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

• Partida de Nacimiento, o Libreta de Matrimonio; con el fin de demostrar la filiación (originales).

Observaciones:

1. Cualquiera sea el documento que se presente, deberá estar en buen estado de conservación.

II.d. REGIMEN ACTUAL PARA LA SALIDA DE MENORES AL EXTERIOR

La Disposición N° 31100/05 que modifica a la Resolución N° 2895/85 que regula la documentación necesaria para que un menor esté autorizado a salir del país sólo modificó y puso requisitos especiales para los permisos de los menores de 18 años y que viajen solos o acompañados por terceros.

Caso "A": Si el menor sale en compañía de sus dos padres documentos válidos de viaje

• Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

Caso "B": El menor sale con uno de sus padres

Documentos Válidos de Viaje

• Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.

• Autorización del otro progenitor dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

Caso "c": El menor no sale con sus padres

Es la única operatoria que se modificó en protección de los menores y a efectos de evitar el tráfico de los mismos.

1) Menor que sale solo

Documentos Válidos de Viaje

• Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.

• Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente con los siguientes requisitos:

0 a 13 años de edad: La autorización de los padres debe contener el país de destino y los datos de la persona que lo recibirá (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio).

14 a 17 años: La autorización de los padres sólo debe contener el país de destino.

18 a 21 años: Alcanza con la autorización de salida al exterior de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

2) El menor sale acompañado por un tercero mayor de edad

Documentos Válidos de Viaje

• Partida de nacimiento del menor o libreta de familia donde esté asentado el menor.

• Autorización de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente con los siguientes requisitos:

0 a 17 años: Debe contener el país de destino y los datos de la persona que lo acompaña (nombre, apellido, tipo y número de documento y domicilio).

18 a 21 años: Alcanza con la autorización de salida al exterior de los padres dada ante autoridad judicial, escribano u otra autoridad pública competente.

También se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

• DNI.

• Cédula de Identidad MERCOSUR, expedida por la Policía Federal Argentina.

• Cédula de Identidad, expedida por la Policía Federal Argentina (formato viejo sin código de lectura mecánica).

• Cédula de Identidad Provincial, expedida por los gobiernos provinciales (sólo para Bolivia y Chile).

• Pasaporte de la nacionalidad vigente.

III. REQUISITOS PARA TRAMITAR UN CERTIFICADO

Documento vigente y en buen estado que acredite identidad: DNI, Pasaporte, Certificado de Nacionalidad o Cédula de Identidad (de Policía Federal o de países limítrofes).

El trámite es esencialmente personal, aunque pueden realizarlo terceros. Si son familiares acreditando vínculo con acta de nacimiento/matrimonio, documento vigente y en buen estado del titular, y del familiar; si el trámite lo realiza un apoderado deberá concurrir con poder realizado ante Escribano Público, legalizado por el Colegio de Escribanos. El apellido no acredita vínculo.

El certificado tiene un costo de $25 (pesos veinticinco) para los trámite de:

• Certificado Actualizado de Radicación.

• Certificado de Ingreso/Egreso al País.

• Movimientos Migratorios por período de 12 meses.

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NOTA: Toda la documentación presentada debe ser en original y fotocopia. Se otorgarán

números para la atención al público. Debe presentarse en Antártida Argentina Nº 1355 de 8 a 13.30 horas. E-mail: certificaciones@migraciones.gov.ar.

Nuevo call center de Migraciones

La Dirección Nacional de Migraciones informa que a partir del viernes 3 de abril los extranjeros que soliciten su residencia en la República Argentina y/o cambiar la categoría de la misma, deberán sacar turno telefónicamente al 5222-7117 (líneas rotativas) en el horario de 8 a 16 horas.

Sólo se atenderá personalmente a quienes se les haya otorgado telefónicamente el código del turno.

Este número no es para informes, para lo cual deben comunicarse con los números: 0800-333-728742 o 4317-0234 al 0238. Se aclara además que no deberá sacarse turno para la realización de los siguientes trámites:

- Informes.

- Entregas.

- Prórrogas de Permanencia.

- Renovación de Precarias.

- Permisos de Ingreso.

- Habilitación de Salida.

- Certificaciones.

- Intimados a traer documentación.

- Registro de requirentes y apoderados y Patria Grande.

En razón de esta nueva metodología de gestión, a partir del lunes 6 de abril no se otorgarán números personalmente en la sede central de Retiro, en consecuencia, los inmigrantes no deberán hacer cola para ser atendidos.

Para iniciar trámites de radicación, en las Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones del interior del país, no se requiere sacar turno telefónico.