MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

Convocatoria del Fondo Tecnológico Argentino para la Presentación de Proyectos de I+D en Empresas

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, por intermedio del Fondo Tecnológico Argentino, convoca a participar en la presentación de Proyectos de I+D en Empresas para la adjudicación de Aportes No Reembolsables. Este llamado tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos que establezcan la creación o el fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas, a través de la incorporación de investigadores y equipamiento de investigación.

PRESENTACION

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de proyectos de I+D en Empresas para la adjudicación de Aportes No Reembolsables para el financiamiento de grupos de I+D en Empresas (ANR I+D 2009) en el marco del Programa de Modernización Tecnológica III Préstamo BID 1728-OC-AR.

Se consideran elegibles todas las empresas productoras de bienes y servicios radicadas en el país, en forma individual o asociadas que facturen hasta un monto equivalente en pesos de $ 95.000.000 (1). Se incluye a nuevas empresas de base tecnológica.

No podrán ser beneficiarios instituciones sin fines de lucro, ni dependencias gubernamentales.

Los recursos administrados en el marco de la presente convocatoria consistirán en Aportes No Reembolsables (ANR) de hasta pesos seiscientos mil ($600.000).

En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá retirarse en la sede de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (Agencia-FONTAR; en adelante "la Agencia"), Av. Córdoba 831, piso 5°, solicitarse por correo electrónico a: anrI+D@mincyt.gov.ar, por fax al (011) 4891-8700, por correo postal indicando la dirección a la cual debe remitirse la información o personalmente en las sedes de las autoridades de aplicación provinciales de la Ley Nº 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica o de la página Web de la Agencia.

Las presentaciones que se realicen por correo deberán tener sello de ingreso de Mesa de Entradas de la Agencia con fecha anterior al 14 de julio de 2009.

Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de depósito de pesos quinientos ($500) en la cuenta corriente en pesos N° 2542/79, Denominada "MCTeIP-7100/336-Modern.Tecn.-BID 1728" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo.

Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria, previo retiro de la boleta de depósito correspondiente en la sede de la Agencia, sita en Av. Córdoba Nº 831, piso 5°, Buenos Aires o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que el CBU de dicha cuenta es el Nº 01105995-20000002542793 y el CUIT N° 30-57191007-8.

La convocatoria permanecerá abierta hasta el 17 de agosto de 2009 a las 12:00 horas. Inicialmente cerraba el 14 de julio pero su fecha fue prorrogada.

Bases del Llamado para la Adjudicación de Aportes No Reembolsables para el Financiamiento de Grupos de I+D en Empresas (ANR I+D 2009)

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de proyectos de I+D en empresas para la adjudicación de Aportes No Reembolsables para el financiamiento de grupos de I+D en Empresas (ANR I+D 2009) en el marco del Programa de Modernización Tecnológica III Préstamo BID 1728-OC-AR.

1. Objetivo

El llamado tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos que tengan como meta la creación o fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas a través de la incorporación de investigadores y equipamiento de investigación.

Es importante destacar que se comprende al fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D que existen en forma incipiente en las empresas.

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(1) Se considerará la facturación anual del último balance exigible.

2. Beneficiarios

Se consideran elegibles todas las empresas productoras de bienes y servicios radicadas en el país, en forma individual o asociadas que facturen hasta un monto equivalente en pesos de $ 95.000.000. Se incluye a nuevas empresas de base tecnológica.

Las empresas deberán demostrar capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para incorporar los bienes tangibles e intangibles provenientes del beneficio.

En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Asociación de Colaboración, etc.).

El incumplimiento de las formalidades requeridas en el párrafo precedente será causal de no admisión de las propuestas presentadas.

No podrán ser beneficiarios Instituciones sin fines de lucro, ni dependencias gubernamentales.

3. Proyectos Elegibles

Serán elegibles aquellos proyectos que propendan a la creación y fortalecimiento de las capacidades de I+D de las empresas, —entendido el fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D existentes en forma incipientes en las empresas—, mediante la incorporación de investigadores y equipamiento especializado para investigación.

El proyecto debe contener:

La Agencia adicionalmente a las acciones de seguimiento que se prevén, efectuará una evaluación anual del proyecto, quedando condicionada su continuidad al grado de concreción de las metas propuestas y/o al surgimiento de nuevos factores que afecten su desarrollo.

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 48 meses.

4. Financiación

Los recursos administrados en el marco de la presente convocatoria consistirán en Aportes No Reembolsables de hasta pesos seiscientos mil ($600.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.

En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a pesos seiscientos mil ($600.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados no exceda este monto.

5. Pertinencia de Gastos

5.1. No serán considerados gastos aceptables para el cálculo del costo del proyecto los siguientes

5.2. Gastos que pueden ser aceptados

A partir del quinto año la empresa debe asumir el 100% de las erogaciones correspondientes a recursos humanos.

CATEGORIA

MONTO POR EL 100% DE DEDICACION

Junior

Hasta $5.000

Semisenior

Hasta $7.000

Senior

Hasta $9.000

5.3. Se reconocerán gastos a ser financiados por el FONTAR o por la contraparte empresaria a partir de la fecha de dictado del acto administrativo que declara como admitido el proyecto

6. Requisitos para presentar el área de I+D

7. Presentación de Proyectos

El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá retirarse en la sede de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (Agencia-FONTAR), Av. Córdoba 831, Piso 5°, solicitarse por correo electrónico a: (anrI+D@mincyt.gov.ar), por fax al (011) 4891-8700, por correo postal indicando la dirección a la cual debe remitirse la información o personalmente en las sedes de las autoridades de aplicación provinciales de la Ley Nº 23.877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica o de la página Web de la ANPCyT (www.agencia.gov.ar).

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(2) http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article282&var_recherche=paises%20miembros.

La presentación deberá instrumentarse mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la dirección citada y la leyenda "ANR I+D 2009".

Dentro del mismo se incluirán dos juegos completos de los formularios y de la documentación anexa, firmados en todas sus páginas, y una copia de los formularios en soporte informático (CD).

Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de depósito de pesos quinientos ($500) en la cuenta corriente en pesos N° 2542/79, Denominada "MCTeIP-7100/336-Modern.Tecn.-BID 1728" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria, previo retiro de la boleta de depósito correspondiente en la sede la Agencia, sita en Av. Córdoba Nº 831, piso 5°, Buenos Aires o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que el CBU de dicha cuenta es el Nº 01105995-20000002542793 y el CUIT N° 30-57191007-8.

Este monto será utilizado para los costos de pliego y gastos técnicos que genere este llamado y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo como gasto de contraparte.

La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria deberá realizarse en la sedes provinciales de las autoridades de aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT-FONTAR.

La fecha límite de presentación de proyectos será el 14 de Julio de 2009 a las 12 horas. Las presentaciones que se realicen por correo deberán tener sello de ingreso de Mesa de Entradas de la Agencia con fecha anterior al 14 de Julio de 2009.

8. Admisibilidad de proyectos

Serán considerados admitidos los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:

Documentación a presentar en el orden siguiente

Para Personas Jurídicas:

Para Personas Físicas y Sociedades de Hecho:

Para asociaciones entre empresas, entre personas físicas o mixtas: deberán constituirse e acuerdo a los tipos y formalidades preceptuadas en el Capítulo III de la Ley de Sociedades Comerciales y/o leyes especiales en la materia (ejemplo: Ley Nº 26.005) a saber:

En los casos que terceros se comprometan a realizar aportes al proyecto de modo de financiar los gastos de contraparte, se deberá presentar la documentación respaldatoria respectiva.

Dicha documentación debe cumplir con lo indicado en los párrafos superiores para empresas y/o personas.

Se informa asimismo, que para la firma del contrato del subsidio adjudicado, serán requisitos excluyentes: la presentación del Certificado Fiscal para Contratar con el Estado (Según Resolución AFIP N° 1814) y la constitución de un seguro de caución a favor de la Agencia, por el 20% del monto del subsidio otorgado, cuya vigencia será abierta.

Será causal de no admisión el incumplimiento de obligaciones por parte del solicitante, originadas en instrumentos contractuales suscriptos con la Agencia.

La admisión de los proyectos será resuelta por la Unidad de Control de Gestión y Asuntos Legales mediante el dictado de una Disposición que será notificada a los presentantes mediante correo electrónico y publicada en la página Web de la Agencia cuyo dominio es: www.agencia.gov.ar.

Dicha disposición será susceptible de ser recurrida mediante recurso de reconsideración, el que deberá ser interpuesto por escrito por el representante legal de la empresa o apoderado, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la disposición, de acuerdo al procedimiento descripto precedentemente.

La presentación del proyecto importa de parte de las Empresas solicitantes el pleno conocimiento de toda la normativa que rige los Aportes No Reembolsables, la evaluación de todas las circunstancias asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las presentes Bases y Condiciones.

Cuando la documentación presentada resulte incompleta de acuerdo a las condiciones de admisión de proyectos (punto 8) y en consecuencia no sea posible su evaluación de acuerdo a los criterios de selección de proyectos (punto 9), los mismos serán considerados No Admitidos o Rechazados, según el caso.

9. Criterios de Selección y Evaluación

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de admisibilidad.

Una vez admitido se procederá a evaluar la calidad, factibilidad, viabilidad técnica y económica de la solicitud y la viabilidad financiera del beneficiario.

10. Evaluación de las solicitudes de financiamiento

La evaluación de las propuestas estará a cargo de la Comisión de Evaluación Ad Hoc, creada por la Resolución Nº 219 de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

Las propuestas deberán contener la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y viabilidad financiera del solicitante.

La evaluación de las solicitudes estará basada en:

a. Factibilidad y calidad tecnológica del proyecto.

b. Capacidad técnica de la Unidad Ejecutora.

c. Evaluación de impacto económico.

d. Capacidad económica, financiera del solicitante.

a. Evaluación de la factibilidad y calidad tecnológica del proyecto

a.1. Encuadramiento de los proyectos en relación con los objetivos del componente.

a.2. Probabilidad de ejecución exitosa, desde el punto de vista de su consistencia interna, de la adecuada dotación de recursos y de las condiciones externas a las que su éxito esta supeditado.

a.2.1. Claridad de los objetivos y metodología a utilizar.

a.2.2. Creatividad y originalidad de la propuesta.

a.2.3. Precisión en la definición de las actividades de investigación.

a.2.4. Razonabilidad de los resultados potenciales.

a.2.5. Racionalidad del cronograma y de la secuencia entre etapas.

a.2.6. Elegibilidad y racionalidad del presupuesto.

b. Evaluación de la capacidad técnica de la Unidad Ejecutora

A los efectos de la evaluación de la aptitud técnica de la Unidad Ejecutora para la realización del proyecto, se evaluará:

b.1. Antecedentes de la Unidad Ejecutora en tareas de I+D y conocimiento del campo de investigación.

b.2. Composición del personal involucrado en el proyecto.

b.3. Equipamiento e infraestructura que se afectará a la ejecución del proyecto.

c. Impacto económico

Se analizará el impacto del proyecto desde el punto de vista económico. Esta evaluación tomará en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

c.1. Razonabilidad económica de los resultados del proyecto y su impacto en la empresa.

c.2. Capacidad de la empresa para implementar los resultados del proyecto.

d. Evaluación de la capacidad económica y financiera de la empresa

La evaluación incluye un análisis de la capacidad de la empresa para aportar la contraparte de acuerdo al cronograma de requerimientos financieros estipulado en el proyecto.

11. Reconsideraciones

El solicitante contará con la posibilidad de recurrir contra una resolución desfavorable, debiendo para ello interponer el representante legal de la empresa o apoderado un recurso de reconsideración por escrito, en el que exprese los fundamentos de su desacuerdo, antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la notificación.

La ANPCyT resolverá haciendo lugar o rechazando las impugnaciones presentadas.

12. Reembolsos

El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de la rendición de gastos que debe acompañar el informe técnico.

Los reembolsos se realizarán de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado.

13. Rescisión

La ANPCyT podrá declarar unilateralmente la rescisión del contrato de promoción en caso de existir causas imputables al beneficiario, las cuales figurarán en el contrato.

El beneficiario deberá reembolsar los importes recibidos hasta la fecha de rescisión en los plazos y condiciones establecidos contractualmente, y se procederá a ejecutar la póliza de caución constituida por la empresa a favor de la Agencia.

14. Aviso Legal

La presentación del proyecto importa de parte de las empresas solicitantes el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el Aporte No Reembolsable, la evaluación de todas las circunstancias asociadas, la previsión de sus consecuencias y la adhesión incondicional a las presentes bases y condiciones.

Las operaciones realizadas por la empresa deberán cumplir con la legislación vigente según el tipo de empresa que se trate.

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NOTA: Para mayor información se recomienda consultar el siguiente sitio Web: http://www.agencia. gov.ar/spip.php?page=convocatorias_abiertas.