> Ley N° 26,589.-Establécese
con carácter obligatorio la mediación previa a procesos
judiciales. Sustitúyense los Artículos 34,
77, 207, 360, 500 Y 644 del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A partir
de la entrada en vigencia de la presente ley, deróganse los
Artículos 1º A 31 de la ley N° 24.573, y las leyes
25.287 Y 26.094.
> Ley Nº 24.573
- Mediación y Conciliación. Sustitúyese con
carácter obligatorio la mediación previa a todo juicio.
Disposiciones Generales. Procedimiento. Registro de Mediadores.
Causales de Excusación y Recusación. Comisión de
Selección y Contralor. Retribución del Mediador. Fondo de
Financiamiento. Honorarios de los Letrados de las Partes.
Cláusulas Transitorias. Modificaciones al Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación.
> Decreto 91/98 - Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 24.573 de mediación obligatoria.
Resoluciones sobre capacitación continua para mediadores registrados
> Res.211/97
MJ -Derogada- Instrúyese a la Secretaría de Asuntos
Técnicos y Legislativos para que organice, dicte y supervise los
cursos de capacitación continua de mediadores.
> Res.762/98
MJ -Derogada- Establécense las exigencias que habrán de
fijarse para los mediadores inscriptos en el Registro creado por la Ley
N° 24.573.
> Res.486/00
MJyDH - Establécese que los mediadores inscriptos en el Registro
creado por la Ley 24.753 deberán acreditar hasta el 31 de marzo
de cada año la realización de veinte horas de
capacitación continua en temas de resolución alternativa
de conflictos.
> Res.153/02
MJyDH - Prorrógase el plazo para la acreditación del
cumplimiento de la capacitación continua obligatoria establecida
por la Resolución N° 486/ 2001.
Resoluciones sobre instituciones formadoras y examen de admisión de aspirantes a ingresar al Registro de Mediadores
> Res.277/97 SATyL - Inspección de Oficinas de Mediadores.*
> Res.164/98
MJ - Instrúyese a la Secretaría de Asuntos
Técnicos y legislativos para que implemente un procedimiento de
mediación, en los Juzgados Federales de todo el territorio
nacional.
> Res.197/98 MJ - Matrícula de Mediadores. Monto.
> Res.Gral.255/98
AFIP - Impuesto al Valor Agregado. Ley N° 24.573. Prestación
de servicios de mediación obligatoria. Honorarios
extrajudiciales. Aplicación del impuesto. Norma aclaratoria.
> Res.284/98
MJ - Apruébase el Programa de Evaluación de Calidad de
Formación en Mediación. Instancia de evaluación de
idoneidad que deberán aprobar los aspirantes a ingresar al
Registro de Mediadores.
> Res.449/98
MJ - Difiérese el cumplimiento de la instancia de
evaluación, prevista en el artículo 4º de la
Resolución Nº 284/98, para todos aquellos aspirantes a
ingresar al Registro de Mediadores, que con domicilio constituido en
las provincias desarrollaren su actividad ante la Justicia Federal en
esas Jurisdicciones.
> Res.598/98
MJ - REGISTRO NACIONAL DE MEDIADORES COMUNITARIOS. Creación del
mencionado Registro, que funcionará en el ámbito de la
Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución
de Conflictos.
> Res.806/98
MJ - Delégase en la Dirección Nacional de Medios
Alternativos de Resolución de Conflictos la facultad de
inscripción de aspirantes en el Registro de Mediadores.
> Res.839/98
MJ - Precísanse los alcances de la Resolución N°
284/98, con relación a las actividades que se desarrollan en
congresos, seminarios y eventos científicos.
> Res.54/99
SATyL - REGISTRO NACIONAL DE MEDIADORES COMUNITARIOS. Fíjanse
los requisitos de inscripción y los regímenes de
capacitación y disciplinario aplicable. (Nota: dejada sin efecto
por Res.86/2000 MJyDH - BO 22/2/2000, pág.4)
> Res.397/99 MJ - Implementación de la Experiencia Piloto en Mediación Penal.*
> Res.465/99
MJ - Precísanse los alcances del Dto.91/98 y, deléganse
facultades en la Dirección Nacional de Medios Alternativos de
Resolución de Conflictos.
> Res.86/00
MJ - Déjanse sin efecto las Res.598/98 MJ y 54/99 SATyL, a fin
de anular los actos de creación del Registro de Mediadores
Comunitarios, de fijación del régimen de
inscripción, capacitación y disciplinario, y de
designación del Coordinador.
> Res.890/00
MJyDH - Apruébase el nuevo "Reglamento de Actuación
Disciplinaria", aprobado por la Comisión de Selección y
Contralor - Ley Nº 24.573. Delegación de facultades.
> Res 975/00
MJyDH - Establécese que la Dirección Nacional de
Promoción de Métodos Participativos de Justicia
llevará a cabo las acciones necesarias para la ejecución
de las multas y el recupero de las sumas pagadas al mediador a cuenta
de sus honorarios, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº
24.573 y el Dto.91/98.
> Res.480/02
MJSyDH - Establécense las instancias de evaluación que
deberán aprobar los aspirantes a ingresar en el mencionado
Registro. Antecedentes curriculares. Evaluación escrita.
Evaluación oral. Plan de Estudios de Formación Inicial.
Entrenamiento. Pasantías.
> Res.191/03
MJSyDH - Apruébanse los objetivos, contenidos, carga horaria
mínima y requerimientos de planificación de los programas
de los cursos de capacitación en mediación y otros
métodos alternativos de resolución de conflictos, que
dicte el personal afectado para el desarrollo de dichas tareas; y los
requerimientos que deberá cumplir el cuerpo docente.
> Ley Nº 24.635 - Procedimiento laboral. Conciliación obligatoria previa. Modificación de la ley 18.345.
> Decreto N° 1169/96 - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 24.635.
> Decreto N° 1347/99 - Modificación del Dto. 1169/96.
Resoluciones
> Res.125/96
MJ - Créase dentro de la órbita de la Secretaría
de Asuntos Legislativos, una Comisión de Contralor.*
> Res.de Cámara 18/97 CNAT - Unifórmase la interpretación de la Ley Nº 24.635.
> Res.19/97
ST - Apruébanse los requerimientos informáticos para la
interconexión con el SeCLO de los conciliadores laborales
inscriptos en el RENACLO.
> Res.97/97 MJ - Creación del RENACLO.*
> Res.264/97 MTSS - Coordinación del SECLO. Su creación.
> Res.Conj.357/97 MTSS y 296/97 MJ - Establécese la fecha de entrada en vigencia del procedimiento creado por la Ley N° 24.635.
> Res.Conj.444/97 MTSS y 51/97 MJ
- Prorrógase el plazo para la puesta en funcionamiento del
procedimiento previsto por la Ley Nº 24.635 y el Dto.1169/96.
> Res.554/97 MTSS - Desígnase transitoriamente en el cargo de Coordinador del SECLO.
> Res.559/97
MTSS - Determínase de que manera acreditarán la
personería los apoderados letrados de los trabajadores y
establécese que los poderes otorgados por estos últimos a
sus letrados ante la CNAT son válidos a los efectos de promover
la tramitación del procedimiento fijado en la Ley Nº 24.635
y su Decreto Reglamentarlo Nº 1169/96.
> Res.560/97
MTSS - Homologación de acuerdos transaccionales, conciliatorios
o liberatorios pactados espontáneamente por las partes.*
>
Res.561/97 MTSS - Emisión del Certificado de finalización
del procedimiento administrativo obligatorio de conciliación.
> Res.658/97
MTSS - Determínase la forma de acreditación de la
personería de quien comparezca por la organización
representativa de empleadores para ejercer la asistencia del empleador
en el procedimiento de conciliación establecido por la Ley
Nº 24.635.
> Res.742/97 MTSS - Homologación de acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios.
> Res.241/99 MJ - Apruébase el PROGRAMA DE CAPACITACION CONTINUA PARA CONCILIADORES LABORALES.
> Res.75/99 MJ - Apruébase el Reglamento del Registro Nacional de Conciliadores Laborales.
> Ley Nº 24.322 - Apruébase la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional.
> Ley N° 17.454 - Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nación.
* Resoluciones no publicadas en Boletín Oficial |