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Mediación, Conciliación y Arbitraje - Marco Legal Vigente < Volver
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Nota: Las normas están linkeadas a la página de la base INFOLEG desde donde se pueden ver los links a las normas que muestran los efectos activos y pasivos de las mismas. En los casos de tener textos asctualizados, se accede a ellos desde el texto completo de la norma. Página actualizada al 1/7/2004
 Mediación

> Ley N° 26,589.-Establécese con carácter obligatorio la mediación previa a procesos judiciales. Sustitúyense los  Artículos  34, 77, 207, 360, 500 Y 644 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, deróganse los Artículos 1º A 31 de la ley N° 24.573, y las leyes 25.287 Y 26.094.

> Ley Nº 24.573 - Mediación y Conciliación. Sustitúyese con carácter obligatorio la mediación previa a todo juicio. Disposiciones Generales. Procedimiento. Registro de Mediadores. Causales de Excusación y Recusación. Comisión de Selección y Contralor. Retribución del Mediador. Fondo de Financiamiento. Honorarios de los Letrados de las Partes. Cláusulas Transitorias. Modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

> Decreto 91/98 - Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 24.573 de mediación obligatoria.

Resoluciones sobre capacitación continua para mediadores registrados

> Res.211/97 MJ -Derogada- Instrúyese a la Secretaría de Asuntos Técnicos y Legislativos para que organice, dicte y supervise los cursos de capacitación continua de mediadores.

> Res.762/98 MJ -Derogada- Establécense las exigencias que habrán de fijarse para los mediadores inscriptos en el Registro creado por la Ley N° 24.573.

> Res.486/00 MJyDH - Establécese que los mediadores inscriptos en el Registro creado por la Ley 24.753 deberán acreditar hasta el 31 de marzo de cada año la realización de veinte horas de capacitación continua en temas de resolución alternativa de conflictos.

> Res.153/02 MJyDH - Prorrógase el plazo para la acreditación del cumplimiento de la capacitación continua obligatoria establecida por la Resolución N° 486/ 2001.

Resoluciones sobre instituciones formadoras y examen de admisión de aspirantes a ingresar al Registro de Mediadores

> Res.277/97 SATyL - Inspección de Oficinas de Mediadores.*

> Res.164/98 MJ - Instrúyese a la Secretaría de Asuntos Técnicos y legislativos para que implemente un procedimiento de mediación, en los Juzgados Federales de todo el territorio nacional.

> Res.197/98 MJ - Matrícula de Mediadores. Monto.

> Res.Gral.255/98 AFIP - Impuesto al Valor Agregado. Ley N° 24.573. Prestación de servicios de mediación obligatoria. Honorarios extrajudiciales. Aplicación del impuesto. Norma aclaratoria.

> Res.284/98 MJ - Apruébase el Programa de Evaluación de Calidad de Formación en Mediación. Instancia de evaluación de idoneidad que deberán aprobar los aspirantes a ingresar al Registro de Mediadores.

> Res.449/98 MJ - Difiérese el cumplimiento de la instancia de evaluación, prevista en el artículo 4º de la Resolución Nº 284/98, para todos aquellos aspirantes a ingresar al Registro de Mediadores, que con domicilio constituido en las provincias desarrollaren su actividad ante la Justicia Federal en esas Jurisdicciones.

> Res.598/98 MJ - REGISTRO NACIONAL DE MEDIADORES COMUNITARIOS. Creación del mencionado Registro, que funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos.

> Res.806/98 MJ - Delégase en la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos la facultad de inscripción de aspirantes en el Registro de Mediadores.

> Res.839/98 MJ - Precísanse los alcances de la Resolución N° 284/98, con relación a las actividades que se desarrollan en congresos, seminarios y eventos científicos.

> Res.54/99 SATyL - REGISTRO NACIONAL DE MEDIADORES COMUNITARIOS. Fíjanse los requisitos de inscripción y los regímenes de capacitación y disciplinario aplicable. (Nota: dejada sin efecto por Res.86/2000 MJyDH - BO 22/2/2000, pág.4)

> Res.397/99 MJ - Implementación de la Experiencia Piloto en Mediación Penal.*

> Res.465/99 MJ - Precísanse los alcances del Dto.91/98 y, deléganse facultades en la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos.

> Res.86/00 MJ - Déjanse sin efecto las Res.598/98 MJ y 54/99 SATyL, a fin de anular los actos de creación del Registro de Mediadores Comunitarios, de fijación del régimen de inscripción, capacitación y disciplinario, y de designación del Coordinador.

> Res.890/00 MJyDH - Apruébase el nuevo "Reglamento de Actuación Disciplinaria", aprobado por la Comisión de Selección y Contralor - Ley Nº 24.573. Delegación de facultades.

> Res 975/00 MJyDH - Establécese que la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia llevará a cabo las acciones necesarias para la ejecución de las multas y el recupero de las sumas pagadas al mediador a cuenta de sus honorarios, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 24.573 y el Dto.91/98.

> Res.480/02 MJSyDH - Establécense las instancias de evaluación que deberán aprobar los aspirantes a ingresar en el mencionado Registro. Antecedentes curriculares. Evaluación escrita. Evaluación oral. Plan de Estudios de Formación Inicial. Entrenamiento. Pasantías.

> Res.191/03 MJSyDH - Apruébanse los objetivos, contenidos, carga horaria mínima y requerimientos de planificación de los programas de los cursos de capacitación en mediación y otros métodos alternativos de resolución de conflictos, que dicte el personal afectado para el desarrollo de dichas tareas; y los requerimientos que deberá cumplir el cuerpo docente.

 Conciliación Laboral

> Ley Nº 24.635 - Procedimiento laboral. Conciliación obligatoria previa. Modificación de la ley 18.345.

> Decreto N° 1169/96 - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 24.635.

> Decreto N° 1347/99 - Modificación del Dto. 1169/96.

Resoluciones

> Res.125/96 MJ - Créase dentro de la órbita de la Secretaría de Asuntos Legislativos, una Comisión de Contralor.*

> Res.de Cámara 18/97 CNAT - Unifórmase la interpretación de la Ley Nº 24.635.

> Res.19/97 ST - Apruébanse los requerimientos informáticos para la interconexión con el SeCLO de los conciliadores laborales inscriptos en el RENACLO.

> Res.97/97 MJ - Creación del RENACLO.*

> Res.264/97 MTSS - Coordinación del SECLO. Su creación.

> Res.Conj.357/97 MTSS y 296/97 MJ - Establécese la fecha de entrada en vigencia del procedimiento creado por la Ley N° 24.635.

> Res.Conj.444/97 MTSS y 51/97 MJ - Prorrógase el plazo para la puesta en funcionamiento del procedimiento previsto por la Ley Nº 24.635 y el Dto.1169/96.

> Res.554/97 MTSS - Desígnase transitoriamente en el cargo de Coordinador del SECLO.

> Res.559/97 MTSS - Determínase de que manera acreditarán la personería los apoderados letrados de los trabajadores y establécese que los poderes otorgados por estos últimos a sus letrados ante la CNAT son válidos a los efectos de promover la tramitación del procedimiento fijado en la Ley Nº 24.635 y su Decreto Reglamentarlo Nº 1169/96.

> Res.560/97 MTSS - Homologación de acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios pactados espontáneamente por las partes.*

> Res.561/97 MTSS - Emisión del Certificado de finalización del procedimiento administrativo obligatorio de conciliación.

> Res.658/97 MTSS - Determínase la forma de acreditación de la personería de quien comparezca por la organización representativa de empleadores para ejercer la asistencia del empleador en el procedimiento de conciliación establecido por la Ley Nº 24.635.

> Res.742/97 MTSS - Homologación de acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios.

> Res.241/99 MJ - Apruébase el PROGRAMA DE CAPACITACION CONTINUA PARA CONCILIADORES LABORALES.

> Res.75/99 MJ - Apruébase el Reglamento del Registro Nacional de Conciliadores Laborales.

 Arbitraje

> Ley Nº 24.322 - Apruébase la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional.

> Ley N° 17.454 - Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nación.

* Resoluciones no publicadas en Boletín Oficial


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