Ley "S" 21.863

Bs. As., 21/8/1978

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional, a transferir en calidad de comodato con destino a la Policía de la Ciudad de Asunción, República del Paraguay, un (1) transmisor de comunicaciones para puesto móvil, marca Gates ST- 1A de 1Kw., gabinete con corredera para bastidor excitador SG-70, manipulador y micrófono EV-719 y un (1) receptor de comunicaciones marca Marks Electronics, modelo RV-310B, compuesto por un (1) receptor Hammarlund SP 600 modificado, un (1) conversor RC-288A y gabinete.

ARTICULO 2º — Comuníquese y archívese.

Firmas