Ley 19.966

Ministerio de Defensa

Bs. As., 24/11/1972

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACION:

Tengo el honor de elevar a consideración de V.E. el adjunto proyecto de ley ratificatorio de los Arreglos de Crédito celebrados con representantes del Gobierno y la banca privada de los Estados Unidos de América, para la adquisición de elementos de defensa con destino al reequipamiento de las Fuerzas Armadas.

Dichos arreglos han sido concluidos dentro del marco del Acuerdo referente al Programa de Ayuda Militar puesto en vigencia por Decreto 4724/64 y han sido aprobados por el Poder Ejecutivo por los decretos 4191/71, 6598/72 y 8235/72 siendo necesaria su ratificación legislativa en virtud de lo dispuesto por el artículo 67, inciso 3º de la Constitución Nacional.

Dios guarde a V.E.

firma

Bs. As., 24/11/1972

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina:

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Ratifícanse los decretos 4191/ 71, 6598/72 y 8235/72.

ARTICULO 2º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Firma