Ley 19.050

República Argentina

Ministerio de Defensa

Comando en Jefe del Ejército

Bs. As., 28/5/1971

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACION.

Tengo el agrado de dirigirme a V.E., a fin de elevar el adjunto proyecto de ley por el cual se asciende "Post-Mortem" al grado inmediato superior al Teniente D MARIO CESAR ASUA.

Este proyecto se fundamenta en las siguientes consideraciones:

1. Que el fallecimiento del citado Oficial se produjo como consecuencia de las heridas sufridas en la cobarde agresión de que fuera objeto y que son del conocimiento público.

2. Que la muerte del causante se ha producido en y por actos del servicio, en circunstancias donde en contraste con sus elevadas condiciones morales y de carácter, la alevosía y el oscuro designio de sus atacantes lo transforman en mártir de su vocación al servicio de la Patria.

3. Que resulta imperativo rendir un homenaje que desagravie a las Fuerzas Armadas y al pueblo de la Nación, por cuya razón se propone la aprobación del mencionado proyecto. Ello constituye un reconocimiento de méritos impuestos en las prácticas castrenses para exaltar el sentido del cumplimiento del deber militar sin medir riesgos, y su otorgamiento al causante, un estímulo para que su mortal sacrificio sea considerado y tenido en cuenta por sus camaradas de armas.

Dios Guarde a Vuestra Excelencia.

Firmas

Bs. As., 28/5/1971

Atento a lo informado por el Comando en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa y en uso de las atribuciones legislativas que le confiere el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Promuévase al grado inmediato superior "Post-Mortem", con fecha 29 de abril de 1971, al Teniente D MARIO CESAR ASUA.

ARTICULO 2º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese en el Boletín Público del Ejército, agréguese copia al legajo personal del causante y archívese en el Comando en Jefe del Ejército.

Firmas