MERCOSUR/XXXI GMC EXT./P.DEC. N° 05/06

ESTRUCTURA ORGANICA DEL SECTOR EDUCATIVO DEL MERCOSUR

(SEM)

(COMPLEMENTO DE LA DECISION CMC N° 15/01)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 07/91, 01/95, 18/ 98, 15/01, 18/04 y 33/04 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la XXVIII Reunión de Ministros de Educación crea el Comité Asesor del Fondo del Sector Educativo del MERCOSUR (CAFEM) para asesorar en aquellas cuestiones relacionadas con el Fondo del Sector Educativo del MERCOSUR (FEM).

Que es necesario asegurar a este ámbito de acción una estructura que le permitan desarrollar eficientemente sus competencias.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

Art. 1 - El Comité Asesor del Fondo Educativo del MERCOSUR (CAFEM) integra la estructura orgánica del Sector Educativo del MERCOSUR (SEM).

Art. 2 - Son funciones del CAFEM: a) recomendar en materia financiera en todo lo pertinente al FEM; b) articular con el organismo administrador del FEM todo lo referente a la administración de los Fondos, evaluar periódicamente el comportamiento y manejo de recursos por parte del mismo; e informar semestralmente a la Reunión de Ministros de Educación; c) diseñar e implementar estrategias para la obtención de recursos extraordinarios provenientes de terceros países, de otros organismos y del sector privado; y d) establecer contactos con los administradores de los Fondos estructurales del MERCOSUR, manteniendo informado de ello al Comité Coordinador Regional (CCR).

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXX CMC - Córdoba, 20/VII/06