MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución N° 940/2006

Bs. As., 6/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0343417/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, titular de la concesión de los servicios ferroviarios metropolitanos de transporte de pasajeros de subterráneos de BUENOS AIRES según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 2608 de fecha 22 de diciembre de 1993 y su Addenda modificatoria aprobada por el Decreto Nº 393 de fecha 21 de abril de 1999, solicita se apruebe la preadjudicación realizada en el Concurso de Precios para la ejecución de la obra "Remodelación de 86 Coches SIEMENS SCHUCKERT".

Que conforme la documentación técnica visada que obra en la Carpeta Anexa II al expediente citado en el Visto, la obra de que se trata consiste en la realización de la ingeniería y proyecto ejecutivo y ejecución de la obra, incluyendo la provisión de todos los materiales, equipos, herramientas y mano de obra necesarios para la remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) coches SIEMENS SCHUCKERT de la Línea C de subterráneos de la Ciudad de BUENOS AIRES, concesionada a METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, incluyendo la reparación y remodelación de los coches mencionados, con la incorporación de convertidores estáticos para servicios auxiliares, ventiladores de salón, nuevos asientos y ventanillas, nuevo interiorismo, nuevo sistema de iluminación, remodelación de cabinas de conducción, conversión de cabeceras de coches para formaciones con salones intercomunicados, sistema de audio, incorporación de ruedas insonorizantes, renovación total de la instalación eléctrica con conductores ignífugos y libres de emisión de halógenos y baja emisión de humos, instalación de sistema de enclavamiento de puertas, cambio de motor eléctrico del compresor, etc.

Que en el marco de la Ley Nº 25.561 de emergencia pública prorrogada por la Ley Nº 25.972 hasta el 31 de diciembre de 2005 y por la Ley Nº 26.077 hasta el 31 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, se declaró en estado de emergencia a la prestación de servicios correspondientes al sistema ferroviario de superficie y subterráneo de transporte de pasajeros en el Area Metropolitana de BUENOS AIRES.

Que mediante el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 el ESTADO NACIONAL aprobó el "Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes para Fortalecer y Desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de BUENOS AIRES".

Que la obra "Reconstrucción y reconversión de OCHENTA Y CINCO (85) coches SIEMENS SCHUCKERT" está incluida en el ANEXO I del citado Decreto N° 1683/2005, como así también en el ANEXO de la Resolución Nº 328 de fecha 9 de mayo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que determinó para el ejercicio del año 2006, la ejecución de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes aprobados por el Decreto Nº 1683/2005.

Que METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA solicitó se autorice la remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) coches SIEMENS SCHUCKERT, en lugar de los OCHENTA Y CINCO (85) coches establecidos en el ANEXO I del Decreto N° 1683/2005.

Que el Artículo 3° del Decreto N° 1683/2005 instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a introducir adecuaciones ó modificaciones al programa de obras, trabajos indispensables, la adquisición de bienes, como también la incorporación de nuevas obras que no se encuentren comprendidas en el Artículo 1° de dicho decreto y que resulten necesarias y oportunas para el fortalecimiento y desarrollo del sistema ferroviario en su conjunto.

Que ante la necesidad de mejorar la oferta de servicio como consecuencia del aumento progresivo en la demanda, resulta necesario adecuar la obra "Reconstrucción y reconversión de OCHENTA Y CINCO (85) coches SIEMENS SCHUCKERT" como "Remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) coches SIEMENS SCHUCKERT".

Que el Concesionario ha realizado el Concurso de Precios conforme la metodología establecida en la normativa vigente.

Que conforme los resultados del Concurso de Precios realizado por METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA y a lo informado por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en el expediente citado en el Visto, corresponde preadjudicar los trabajos y provisiones correspondientes a la obra "Remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) coches SIEMENS SCHUCKERT" a la firma ALSTOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, quien ha acreditado poseer idoneidad técnica suficiente.

Que el monto a erogar por los trabajos precitados, que resulta de la preadjudicación del Concurso de Precios efectuado por el Concesionario, asciende a PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 271.529.510,47), incluido el Impuesto al Valor Agregado, siendo considerada dicha oferta admisible técnicamente y razonable desde el punto de vista económico, según se informa en lo actuado.

Que además y de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, el monto máximo a reconocer en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra, asciende a PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 11.893.238,29), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

Que corresponde establecer la partida presupuestaria que solventará las erogaciones que demande la ejecución de la obra.

Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4º del Decreto N° 2075/2002, el financiamiento y pago de las obras y trabajos indispensables de las Bases de los Programas de Emergencia provendrán de aportes presupuestarios, de los fondos recaudados en concepto de ingresos adicionales por tarifa destinados al Fondo de Inversiones constituido a partir de dichos ingresos y de otros aportes estatales.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado en la presente actuación la intervención que le compete.

Que para posibilitar la ejecución de la obra en el plazo estipulado, dada la estructura de costos de la misma, resulta necesario que la forma de certificación y pago contemple la asignación de un anticipo financiero.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la medida a adoptar encuadra en el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y en el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase en el marco de lo establecido en el Artículo 3° del Decreto N° 1.683 de fecha 28 de diciembre de 2006, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la adecuación de la obra "Reconstrucción y reconversión de OCHENTA Y CINCO (85) coches SIEMENS SCHUCKERT" incluida en el Anexo I del citado decreto, como "Remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) coches SIEMENS SCHUCKERT".

ARTICULO 2° — Apruébase la preadjudicación realizada por METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, titular de la concesión de los servicios ferroviarios metropolitanos de transporte de pasajeros de SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 2608 de fecha 22 de diciembre de 1993 y su Addenda modificatoria aprobada por el Decreto Nº 393 de fecha 21 de abril de 1999, para la realización de los trabajos y provisiones correspondientes a la obra "Remodelación de OCHENTA Y SEIS (86) Coches SIEMENS SCHUCKERT", a la firma ALSTOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 3° — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de pago de los trabajos y provisiones indicados en el Artículo 2° de la presente resolución, en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 271.529.510,47), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 4° — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra de los trabajos y provisiones indicados en el Artículo 2° de la presente resolución, en la suma de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 11.893.238,29), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 5° — Dentro de los TREINTA (30) días de la fecha de notificación de la presente resolución, METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA presentará para su aprobación, ante la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los correspondientes pliegos técnicos y el cronograma detallado, a fin de posibilitar la firma del Acta de Inicio de los trabajos.

La COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, procederá a la aprobación de la documentación dentro de los QUINCE (15) días de su recepción.

La obra mencionada en el Artículo 2° de la presente resolución deberá ejecutarse en un plazo máximo de TREINTA (30) meses desde la fecha del Acta de Inicio de los trabajos.

ARTICULO 6° — La Empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA podrá facturar, en concepto de anticipo, un VEINTE POR CIENTO (20 %) del costo de la obra, dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de la vigencia de la presente resolución, el que será abonado previo cumplimiento de lo establecido en el Artículo 5° de la misma. El anticipo será descontado en forma proporcional de cada Certificado de Obra.

METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA deberá acompañar la documentación del anticipo con una Póliza de Seguro de Caución por igual monto, a fin de garantizar convenientemente el adelanto que se otorgue.

ARTICULO 7° — La ejecución, fiscalización, certificación, pago y recepción de la obra mencionada en el Artículo 2º de la presente resolución se ajustará en lo pertinente al régimen establecido en los Artículos 13 y 14 del precitado contrato, y en el Artículo 8º del ANEXO I del Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.

ARTICULO 8° — El gasto resultante de la aplicación de la presente Resolución se imputará a la Jurisdicción 56, Programa 55, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional, Presupuesto del año 2006 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 13/12 N° 532.582 v. 13/12/2006