MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Resolución Nº 1773/2006

Bs. As., 26/12/2006

VISTO el Decreto Nº 282 de fecha 4 abril de 2005 y la Resolución Ministerial Nº 234 del 21 febrero de 2003 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 282/05, ha sido aprobada la estructura organizativa primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA este MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que por la Resolución Ministerial Nº 234/03, que fuera modificada por sus similares Nros. 585 del 23 de octubre de 2003 y 963 del 13 de agosto de 2004, se han aprobado las aperturas inferiores de Unidades Organizativas pertenecientes a la SECRETARIA DE EDUCACION, a la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS y a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que razones de índole operativa y de organización administrativa aconsejan introducir modificaciones en la distribución de los cargos contemplados en los distintos Departamentos pertenecientes a la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS y a la DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS, ambos de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio han tomado la intervención que les compete.

Que la modificación que se aprueba por este acto no origina mayores costos que los previstos en el presupuesto vigente para este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Modifícase el Anexo III de la Resolución Nº 234 del 21 de febrero de 2003 y modificatorias, en la parte correspondiente a las Direcciones de Recursos Humanos y de Contabilidad y Finanzas respectivamente por el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copia autenticada a la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. DANIEL F. FILMUS, Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología.

ANEXO I

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

Planta Permanente - Escalafón 300 – SINAPA - Decreto Nº 993/91 (t.o.1995)

e. 4/1 Nº 534.503 v. 4/1/2007