Secretaría de Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 283/2007

Incorpórase la obra "Parada Ferroviaria en el barrio Sol y Verde, entre las estaciones José C. Paz y Derqui", al Anexo I —Servicios Ferroviarios Metropolitanos Línea General San Martín—, del Decreto Nº 1683/2005.

Bs. As., 9/5/2007

VISTO el Expediente S01:0372637/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 798 de fecha 23 de junio de 2004 se procedió a rescindir el Contrato de Concesión de la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros aprobado mediante el Decreto Nº 479 de fecha 28 de marzo de 1994, suscripto con la empresa TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL SAN MARTIN SOCIEDAD ANONIMA – Grupo de Servicios Nº 5, en ejercicio del derecho conferido por el Artículo 19.2 inciso c) del Contrato de Concesión sustituido por el Artículo 12 de la respectiva Addenda.

Que por el Artículo 4º del citado Decreto Nº 798/04 se facultó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a convocar a los concesionarios del servicio de transporte ferroviario urbano de pasajeros del Area Metropolitana de BUENOS AIRES, METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA y TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, a conformar una UNIDAD DE GESTION OPERATIVA tendiente a la operación del servicio en el aludido Grupo de Servicios Nº 5.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 408 de fecha 24 de junio de 2004 se conformó la citada UNIDAD DE GESTION OPERATIVA, para asumir la operación de emergencia del referido servicio ferroviario, hasta tanto se entregara la posesión del mismo a la empresa que resulte adjudicataria del pertinente proceso licitatorio.

Que con fecha 27 de octubre de 2004 se suscribió entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA el Acuerdo de Gerenciamiento Operativo de Emergencia para la Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros Grupo de Servicios Nº 5 – Línea General San Martín.

Que por Decreto Nº 861 de fecha 12 de julio de 2006, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ratificó en todos sus términos lo actuado por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con motivo de lo instruido por el Decreto Nº 798 de fecha 23 de junio de 2004.

Que en dicho marco la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA, ha presentado la documentación técnica y el presupuesto correspondiente a la obra "Parada Ferroviaria en el barrio Sol y Verde, entre las estaciones José C. Paz y Derqui".

Que por tratarse de una obra necesaria y oportuna para el fortalecimiento y desarrollo del sistema ferroviario, resulta procedente su incorporación al Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes aprobado por el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Que por aplicación de lo dispuesto en el Adjunto III.2. del mencionado Acuerdo de Gerenciamiento, procede autorizar el pago de un anticipo financiero equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del presupuesto de la obra.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo normado por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente resolución se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 798 de fecha 23 de junio de 2004, el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 y el Decreto Nº 861 de fecha 12 de julio de 2006.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpórase la obra "Parada Ferroviaria en el barrio Sol y Verde, entre las estaciones José C. Paz y Derqui", al ANEXO I —SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS LINEA GENERAL SAN MARTIN— del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Art. 2º — Apruébase la documentación técnica y el presupuesto presentado por la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA, correspondiente a la obra "Parada Ferroviaria en el barrio Sol y Verde, entre las estaciones José C. Paz y Derqui", por un valor de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA MIL CUARENTA Y TRES CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.160.043,56) Impuesto al Valor Agregado incluido.

Art. 3º — Las erogaciones emergentes de la presente resolución se imputarán a la Jurisdicción 56, Programa 55, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, Presupuesto del Ejercicio 2007.

Art. 4º — Autorízase el pago a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA del VEINTE POR CIENTO (20%) del presupuesto aprobado por el Artículo 1º de la presente resolución, en concepto de anticipo financiero.

Art. 5º — Autorízase a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA a disponer de los fondos depositados en la Cuenta Corriente Nº 52.039/ 71 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, con el fin de percibir hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TRES ($ 249.603.-), más el Impuesto al Valor Agregado, en orden a lo establecido en los Artículos 4º y 5º del Acuerdo de Gerenciamiento Operativo de fecha 27 de octubre de 2004.

Art. 6º — Notifíquese a la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.