Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

PESCA

Disposición 111/2007

Modifícase el área de veda establecida por la Resoluciones Nros. 265/2000 de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y 74/2004 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs. As., 7/12/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0400871/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 189 de fecha 30 de diciembre de 1999, las Resoluciones Nros. 265 de fecha 9 de junio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 74 de fecha 9 de enero de 2004 y 311 de fecha 1 de noviembre de 2007, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Acta del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 45 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 311 de fecha 1 de noviembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se incorporan al área de veda establecida por las Resoluciones Nros. 265 de fecha 9 de junio de 2000 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y 74 de fecha 9 de enero de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los cuadrados estadísticos Nros. 4158, 4159 y la mitad Sur de los cuadrados estadísticos Nros. 4160, 4260, 4261 y 4763 debido a la elevada presencia de ejemplares juveniles de la especie merluza común (Merluccius hubbsi).

Que por el Artículo 3º de la citada Resolución Nº 311/07 se autoriza a la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para que mediante disposición fundada modifique los límites de los cuadrantes incorporados por el Artículo 1º de dicha resolución, en función de los resultados de las prospecciones referidas precedentemente, a fin de conciliar la protección de los ejemplares juveniles de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) con la operatoria de la flota pesquera que opera sobre el recurso mencionado.

Que en el punto 6.1. del Acta Nº 45 de fecha 29 de noviembre de 2007 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se consigna que, luego de recibida y analizada la Nota Nº 2550 de fecha 27 de noviembre de 2007 del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, "se decide por unanimidad recomendar a la Autoridad de aplicación que: a) Realice la apertura del sector este del cuadrante estadístico 4158; b) Afecte la mitad norte y desafecte la mitad sur del cuadrante estadístico 4763 y c) Incorpore al área de veda de la Resolución SAGPYA Nº 265/2000 la mitad sur del cuadrante estadístico 4262."

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470, el Artículo 1º del Decreto Nº 214 del 23 de febrero de 1998, el Artículo 59 del Decreto Nº 748 del 14 de julio de 1999, los Decretos Nros. 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, y 373 de fecha 17 de abril de 2007 y la Resolución Nº 311 de fecha 1 de noviembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA

DISPONE:

Artículo 1º — Incorpóranse al área de veda establecida por las Resoluciones Nros. 265 de fecha 9 de junio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y 74 de fecha 9 de enero de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la mitad Norte del cuadrante estadístico Nº 4763, y la mitad Sur del cuadrante estadístico Nº 4262 y desaféctase el sector Este del cuadrante estadístico Nº 4158 y la mitad Sur del cuadrante estadístico Nº 4763.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 243/2008 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura B.O. 1/10/2008 se incorpora al área de veda establecida por la presente Resolución, la mitad Norte de los cuadrados estadísticos Nros. 4160, 4260, 4261 y 4262. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

Art. 2º — La presente resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.— Gerardo E. Nieto.