Administración de Programas Especiales

ARANCELES

Resolución 24.028/2008

Modifícanse los aranceles de las prestaciones del Programa de Cobertura del Sistema Unico de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Bs. As., 24/10/2008

VISTO las Resoluciones Nros. 1074/08 del MINISTERIO DE SALUD y 6313/08 de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en último término del VISTO se procedió a modificar los valores de algunas prestaciones establecidas por el PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD en consonancia con los sucesivos incrementos resueltos por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.

Que mediante el dictado de la Resolución Nº 1074/08-MS se procedió al aumento de algunos valores de las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de conformidad con el detalle del Anexo I a dicho cuerpo normativo y para el período comprendido entre el 1º de septiembre de 2008 y el 30 de noviembre de 2008.

Que por la misma Resolución Ministerial se ha establecido un aumento del 7,2 % a partir del 1º de diciembre de 2008 de conformidad a los valores que figuran en el Anexo II de dicho cuerpo normativo.

Que dichos incrementos producen inexorablemente variaciones en el Programa de Cobertura de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPCIALES.

Que en atención a lo expuesto, corresponde hacer eco de los nuevos valores establecidos por el MINISTERIO DE SALUD, incrementando las prestaciones mencionadas en el Anexo I y II a la Resolución Nº1074/08-MS, retrotrayendo los aumentos a las fechas mencionada en el CONSIDERANDO segundo.

Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nros. 53/98 y 98/06,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícanse los valores de las prestaciones del PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD de conformidad con el Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º — Las modificaciones dispuestas en el ANEXO I rigen a partir del 1º de septiembre de 2008 y hasta el 30 de noviembre de 2008.

Art. 3º — Modifícanse los valores de las prestaciones del PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD de conformidad con el Anexo II de la presente Resolución.

Art. 4º — Las modificaciones dispuestas en el Anexo II rigen a partir del 1º de diciembre de 2008.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Juan A. Rinaldi.

(Nota Infoleg: Las modificaciones a la presente Resolución pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s)". Ver las readecuaciones de los aranceles vigentes del PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en el texto actualizado de la Resolución N° 400/1999 de la Administración de Programas Especiales)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1200/2012 de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 3/10/2012 se limita la vigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación de los reintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes del Seguro, en forma previa a la publicación de la norma de referencia)

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 1310/2012 de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 22/10/2012 se amplía la vigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación de los reintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes del Seguro hasta el 30 de noviembre de 2012)