Secretaría de Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 905/2008

Incorpórase una obra al Anexo I – Servicios Ferroviarios Metropolitanos, Líneas General Mitre y Sarmiento del Decreto Nº 1683/05.

Bs. As., 17/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0380782/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, titular de la Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros, correspondientes a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2, Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por la Addenda aprobada por Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, solicita la incorporación de la obra "Instalación de cámaras de seguridad en estaciones de las Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, sus vínculos asociados y sistemas de respaldo", al Anexo I - SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Que por el Decreto Nº 1683/05 se aprobó el Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, para las Líneas o Grupos de Líneas correspondientes a los concesionarios y/u operadores ferroviarios.

Que la obra que se propicia tiene por objeto dotar a las instalaciones fijas ferroviarias de las Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, con un sistema de monitoreo por video, comprendiendo estaciones, andenes, accesos y cualquier otro local ferroviario donde sean requeridas condiciones de vigilancia por seguridad pública.

Que técnicamente los trabajos comprenden el proyecto, la provisión de los materiales, mano de obra, plantel, equipos, hardware y software, elementos de consumo y herramientas necesarias para la instalación y puesta en funcionamiento de un sistema de monitoreo, vinculado a través de un anillo de fibra óptica subterránea, conformando una red de transporte de alta velocidad.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 1683/05 instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a introducir adecuaciones o modificaciones al programa de obras, trabajos indispensables y adquisición de bienes, como también la incorporación de nuevas obras que no se encuentren comprendidas en el Artículo 1º de dicho decreto y que resulten necesarias y oportunas para el fortalecimiento y desarrollo del sistema ferroviario en su conjunto.

Que es política del ESTADO NACIONAL en materia ferroviaria, posibilitar el desarrollo, la recuperación, ampliación y modernización del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneos del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, propendiendo a la mejora en la calidad del servicio y a la seguridad del público usuario y de los trabajadores del ferrocarril.

Que en tal sentido, corresponde incorporar la realización de aquellas obras que, efectuados los estudios técnicos correspondientes, se estimaron necesarias e imprescindibles para garantizar la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros.

Que la obra de "Instalación de cámaras de seguridad en estaciones de las Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, sus vínculos asociados y sistemas de respaldo", cumplen con dichos requisitos, al mejorar significativamente la seguridad del público usuario y de los trabajadores del ferrocarril, permitiendo además proteger la integridad de los bienes del ESTADO NACIONAL.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado en las presentes actuaciones, la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida a adoptar encuadra en los decretos Nros. 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpórase la obra de "Instalación de cámaras de seguridad en estaciones de las Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, sus vínculos asociados y sistemas de respaldo", al Anexo I - SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS, Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Art. 2º — Notifíquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la Empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.