ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 2194/2008

Modificación del Decreto Nº 357/02, en relación con el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social.

Bs. As., 22/12/2008

VISTO el Expediente Nº E-85169-2008 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de posibilitar optimizar la administración de los recursos del Estado aplicados a la política social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en equipo.

Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios enunciados, sin que tal medida implique incrementar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, para la Jurisdicción 85-MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, resulta conveniente realizar modificaciones en la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL.

Que ese reordenamiento requiere la incorporación, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de una nueva Subsecretaría que articule oportuna respuesta a la creciente dinámica de gobierno.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XIX correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, la parte correspondiente a los Objetivos de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA y de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO, todas dependientes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 3º — Transfiérense la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO y la Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN DE INGRESOS SOCIALES de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las que mantendrán sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.

Art. 4º — Transfiérese la Dirección de Capacitación dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACIÓN COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la que mantendrá sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Función Ejecutiva prevista en la normativa vigente.

Art. 5º — Incorpórase a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca Colectiva de acuerdo a la responsabilidad primaria y acciones, que obran en anexo al presente artículo.

Art. 6º — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL — Recursos Humanos — de la Jurisdicción 85 — MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el ejercicio 2008 aprobada por la Decisión Administrativa Nº 1/08, de acuerdo al detalle obrante en anexo al presente artículo.

Art. 7º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.

Art. 8º — El gasto que demanda la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la jurisdicción.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Alicia M. Kirchner.

ANEXO AL ARTICULO 1º

XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

- SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES

- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA

-SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR

- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL

-SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL

-SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS

- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

-SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL

- SECRETARIA DE DEPORTE

-SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Objetivos:

1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Entender en la gestión instrumental de las herramientas estratégicas necesarias para la expansión de capacidades ciudadanas, con el objeto de fortalecer los procesos de integración social de las iniciativas productivas solidarias nacidas en el marco de la Economía Social.

3. Entender en el aprovechamiento y maximización de las potencialidades de las acciones de coordinación intrajurisdiccional y el monitoreo institucional con el objeto de impulsar la inserción económica de los procesos productivos solidarios.

4. Diseñar los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos, estableciendo un permanente intercambio y evaluación de impacto en la implementación de las políticas sociales.

5. Establecer y coordinar un canal permanente de intercambio con los sistemas de información y monitoreo de planes sociales para posibilitar la correcta evaluación del impacto de la implementación de las políticas sociales.

6. Realizar el control de cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones.

7. Asistir en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

8. Efectuar la planificación, coordinación y asistencia a las actividades administrativas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas y desconcentradas dependientes.

9. Administrar los depósitos que dependan del Ministerio de Desarrollo Social articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al efecto.

10. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

11. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de formación, capacitación y asistencia técnica a los Recursos Humanos de la Jurisdicción.

12. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

13. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

14. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.

15. Entender en la administración y control del funcionamiento técnico administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole social con financiamiento internacional y controlar el cumplimiento de los compromisos financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos internacionales en el área de competencia del Ministerio.

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

Objetivos:

1. Diseñar herramientas y coordinar acciones orientadas a la expansión de capacidades ciudadanas con el objeto de fortalecer los procesos de integración social de las iniciativas productivas solidarias nacidas en el marco de la Economía Social.

2. Desarrollar instrumentos cuya implementación fomente la nivelación de asimetrías sociales, geográficas y culturales, en los procesos de comercialización de productos y servicios originados en el seno de emprendimientos solidarios, teniendo en cuenta asimismo lo normado por el Decreto 204/04.

3. Organizar, coordinar y administrar el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

4. Articular con la Subsecretaría de Desarrollo Local y Economía Social las acciones relacionadas con la promoción del empleo social referentes a los emprendimientos productivos, de servicios, cooperativas, la capacitación y el fortalecimiento familiar.

5. Incrementar las capacidades productivas y la generación de ingresos, a través del apoyo técnico orientado al fortalecimiento de emprendimientos productivos, propiciando la sustentabilidad de los mismos.

6. Intervenir en los diagnósticos y lineamientos básicos de formulación de políticas habitacionales para los sectores más vulnerables, coordinando su accionar con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA

Objetivos:

1. Jerarquizar la comunicación del área social, a través de un ámbito de información específico que difunda en forma permanente las acciones desarrolladas en el cumplimiento de las políticas sociales en todo el país, buscando optimizar recursos.

2. Fortalecer el desarrollo de las Políticas Sociales desde lo comunicacional ayudando al desarrollo de las capacidades de grupos y comunidades.

3. Entender en el diseño de instrumentos de intercambio de experiencias entre actores y organizaciones públicas y comunitarias a fin de publicar, compartir y potenciar experiencias en el campo social.

4. Favorecer la recopilación y difusión de proyectos sociales.

5. Difundir las acciones conjuntas desarrolladas con las Provincias, Municipios y organizaciones no gubernamentales, en el área de competencia específica.

6. Entender en las políticas de aprovechamiento de técnicas metodológicas adecuadas para potenciar la disponibilidad territorial de los recursos relacionados con las artes y oficios populares y su aplicación en las economías regionales.

7. Participar en el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad oportuna de insumos de información social de alta calidad para la medición de vulnerabilidad, para la formulación y la ejecución de las políticas sociales.

8. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de formación en saberes populares.

9. Entender en la elaboración de políticas que fortalezcan la gestión social a través de la capacidad de gestión de los actores sociales, fomentando espacios de intercambio y cooperación de saberes.

10. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la articulación de iniciativas y acciones extrajurisdiccionales de formación, capacitación y asistencia técnica.

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

Objetivos:

1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de una Red Federal de políticas nacionales que hagan eje en la persona y en su desarrollo a partir de la equidad territorial y la justicia social y estén destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar acciones tendientes a la promoción y protección de la familia, la sociedad civil y las organizaciones de la comunidad, en especial a los sectores comunitarios vulnerables o en riesgo social.

2. Entender en el diseño, articulación y evaluación de políticas para la promoción del desarrollo local con integración regional, favoreciendo la plena inclusión de las comunidades y los actores sociales, y revalorizando el territorio y las economías regionales.

3. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en lo relativo al desarrollo local, mediante intervenciones que promuevan la participación de los distintos actores locales y la coordinación del acceso al crédito destinado a los emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos, apoyando su articulación con los demás sectores de la sociedad.

4. Promover desde subsidios, créditos y políticas de gestión, el financiamiento de proyectos de inversión social, en Localidades y Municipios de extrema pobreza, que den respuesta a las necesidades más apremiantes de la comunidad gestionando convenios para la provisión de fondos con las Provincias o Municipios.

5. Procurar la participación de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la promoción del desarrollo comunitario y productivo, a través de los instrumentos de consenso que resulten pertinentes para fortalecer una Red Federal de políticas sociales.

6. Consolidar un sistema integral de información social en el área de su competencia.

7. Supervisar y coordinar la vinculación institucional con el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

Objetivos:

1. Asistir al Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en la promoción del desarrollo comunitario desde lo productivo en el marco de las estrategias locales y regionales.

2. Articular las acciones del Estado, el sector privado, empresas sociales y organizaciones de la sociedad civil, en vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales para la creación y fortalecimiento de emprendimientos productivos y sociales que beneficien prioritariamente a sectores de la población en situación de riesgo y/o de vulnerabilidad social.

3. Promover el desarrollo local, para la interacción creciente de los actores estatales, privados y de la sociedad civil, en el marco de la Red Federal de políticas sociales.

4. Promover las distintas modalidades de economía social destinadas a generar actividades productivas o de servicios que permitan la inclusión social de los sectores de menores recursos.

5. Diseñar y articular acciones tendientes a estimular la adopción de la "Marca Colectiva" como herramienta para la promoción del desarrollo integral, el fortalecimiento de las economías regionales y la gestión asociada de iniciativas productivas solidarias y de servicios en el marco de la Economía Social.

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES

Objetivos:

1. Dirigir las acciones tendientes a asistir a la población en situación de vulnerabilidad social a través de los programas de ingreso social actualmente en ejecución o aquellos que se generen en el futuro.

2. Establecer las políticas y los lineamientos necesarios para la elaboración y ejecución de las acciones tendientes al desarrollo de programas de organización de ingresos sociales.

3. Planificar e instrumentar la ejecución, evaluación y control de los planes y programas con componentes de ingreso social, a efectos de contribuir a la mayor equidad social y a la promoción del desarrollo económico social sustentable.

4. Impulsar la gestión descentralizada de los planes y programas, bajo su jurisdicción; a través del fomento, capacitación y asistencia técnica, para la conformación y funcionamiento de los Consejos Consultivos provinciales, regionales y locales.

5. Promover la permanente actualización de estrategias y herramientas de aplicación de las políticas de empleo e ingreso social.

6. Entender en el diseño y organización de los Centros de atención Territorial, de los Programas Sociales de Ingresos.

7. Asistir al Consejo Consultivo Nacional de Políticas Sociales, u otros organismos de la misma índole en los temas atinentes a las políticas y estrategias de programas de ingresos sociales.

ANEXO AL ARTICULO 5º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca Colectiva

Responsabilidad Primaria:

Dirigir la aplicación de herramientas e instrumentos de política social tendientes a estimular la adopción de la "Marca Colectiva" como herramienta para la promoción del desarrollo integral, el fortalecimiento de las economías regionales y la gestión asociada de iniciativas productivas solidarias y de servicios en el marco de la Economía Social.

Acciones:

1. Desarrollar las estrategias y los instrumentos necesarios para posibilitar el posicionamiento del concepto de Marca Colectiva como herramienta viabilizadora del desarrollo local y comunitario en el marco de la economía social.

2. Difundir los alcances y beneficios de la Marca Colectiva e identificar posibles usuarios entre los Titulares de Derecho.

3. Acompañar y financiar a los emprendedores en la consolidación de la marca, incluyendo acciones de capacitación, colaboración en el desarrollo de reglamentos de uso, acompañamiento en el registro, y asistencia técnica para la mejora de productos y procesos.

4. Asesorar a los titulares de derecho en el cumplimiento de la normativa que regula los productos o servicios ofrecidos y ofrecer tutoría específica para los procesos.

5. Contribuir en el desarrollo de estrategias de posicionamiento de la marca y de canales comerciales.

ANEXO AL ARTICULO 6º

PRESUPUESTO 2008

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION: 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

PROGRAMA:

02- Actividades Comunes a los Programas 21, 24 y 28.

ACTIVIDAD:

01- Formulación y Ejecución de Políticas Sociales.

CARGO O CATEGORIA

CANTIDAD DE CARGOS

ESCALAFON 300

 

B

+1

D

-1

SUBTOTAL ESCALAFON

0

TOTAL PROGRAMA

0