MINISTERIO DE SALUD

Resolución 481/2009

Créase el Programa Nacional de Unidades Móviles Sanitarias. Objetivos.

Bs. As., 17/4/2009

VISTO el Expediente Nº 2002-1.366/09-4 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3º del Decreto Nº 828 de fecha 10 de julio de 2006 fueron establecidas las funciones y los objetivos del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, siendo de su competencia asistir a la Señora Presidenta de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a la salud de la población, y a la promoción de conductas saludables de la comunidad.

Que en este sentido, el mencionado Ministerio debe ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que como consecuencia del dictado de la citada norma, es menester que el Estado Nacional actúe desde el terreno como generador de enlace entre la población más postergada y los centros y servicios hospitalarios de cada Provincia.

Que resulta necesario intervenir, sobre la base de nuevos modelos tecnológicos sanitarios, donde la atención primaria sea concebida a través del armado de una red de prestaciones que optimicen las preexistentes, con el objeto de extender la cobertura en salud a todas las poblaciones de los puntos más recónditos del país.

Que un modelo de salud Pública integral e integrado requiere una acción dinámica y movilizadora de todos los Programas que componen el MINISTERIO DE SALUD hacia sus efectivos destinatarios, garantizando su accesibilidad hasta en los lugares mas apartados del territorio.

Que el desafío aquí planteado, supone un enorme e ineludible esfuerzo de trabajo de articulación nacional para que todos los habitantes de nuestro suelo accedan a una mejor calidad en el sistema de Salud Pública y obliga a desarrollar intervenciones creativas e innovadoras a través de un mejoramiento en los canales de comunicación entre los ciudadanos y la administración.

Que por lo expuesto, y teniendo en consideración la obligación esencial del Estado Nacional de velar por el bienestar de sus habitantes, atendiendo en primer término a aquellos que se encuentran en graves situaciones de vulnerabilidad social, se entiende conveniente la creación del PROGRAMA UNIDADES NACIONALES MOVILES SANITARIAS — U.N.A.M.O.S.— destinado a garantizar el acceso y Atención Primaria en Salud a las personas de localidades y parajes recónditos del territorio argentino, priorizando sobre poblaciones del NEA, NOA y haciéndolo extensivo a todos los ciudadanos de los demás puntos de este país.

Que dicho Programa se orientará a reforzar los dispositivos de primer nivel de atención sanitaria provincial y municipal, así como articular con los Programas preexistentes del MINISTERIO DE SALUD, a través de la prestación complementaria de sus componentes fundamentales integrados por TREINTA Y SEIS (36) Unidades Nacionales Móviles Sanitarias y DIECIOCHO (18) unidades de apoyo logístico que tendrán como objetivo desplazar la acción de los Programas del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION hacia sus efectivos beneficiarios, de acuerdo a un mapeo georeferenciado sobre la base de estadísticas previas, prevalencias y estudios epidemiológicos de las zonas a abordar.

Que las Unidades Nacionales Móviles Sanitarias brindarán una respuesta planificada y organizada sobre la base del equipamiento en especialidades médicas básicas y no habituales, a saber: clínica médica, pediatría, oftalmología, oftalmología quirúrgica, odontología, diagnóstico por imágenes, y laboratorio de análisis clínicos.

Que dicho Programa deberá estar a cargo de un Coordinador General que tendrá dependencia directa de la Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgos, del Ministerio de Salud.

Que esta Administración Central cuenta con los recursos presupuestarios para dar sostenimiento económico-financiero a los gastos que la implementación de este programa dará lugar.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la misma se encuentra dictada por las facultadas conferidas en la Ley de Ministerios T.O.1992 modificada por su similar Ley Nº 26.388.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el PROGRAMA NACIONAL DE UNIDADES MOVILES SANITARIAS — U.N.A.M.O.S.— en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1823/2015 del Ministerio de Salud B.O. 16/10/2015 se establece que desde la entrada en vigencia del acto de refrencia, el PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM) creado por la presente Resolución dependerá funcionalmente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICINA COMUNITARIA de la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA, de la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA.)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 107/2013 del Ministerio de Salud B.O. 13/02/2013 se establece que a partir del 1º de febrero de 2013 el ‘PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRACION COMUNITARIA MOVILES’ pasará a denominarse ‘PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)’, texto según art. 1° de la Resolución N° 873/2013 del Ministerio de Salud B.O. 18/7/2013)

Art. 2º — La Coordinación General del PROGRAMA NACIONAL DE UNIDADES MOVILES SANITARIAS —U.N.A.M.O.S.—, se encontrara a cargo de la Lic. Patricia MALANCA, D.N.I. Nº 17.804.875.

(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 1560/2010 del Ministerio de Salud B.O. 21/9/2010 se deroga a partir de la Resolución de referencia, la designación efectuada por el presente artículo)

Art. 3º — Los objetivos del PROGRAMA NACIONAL DE UNIDADES MOVILES SANITARIAS —U.N.A.M.O.S.—, son los que se detallan en el ANEXO I que forma parte de la presente resolución.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — María G. Ocaña.

ANEXO I

UNIDADES

NACIONALES

MOVILES

SANITARIAS

U.N.A.M.O.S.

Al Gran Pueblo Argentino, Salud!

INTRODUCCION

Nuestro sistema sanitario público se encuentra en una etapa de modernización, totalmente orientada hacia los destinatarios de sus servicios, es decir, el conjunto de los ciudadanos.

Dentro del amplio conjunto de acciones que se están implementando, se destaca la implantación de nuevas fórmulas organizativas, la instalación de tecnologías avanzadas en información y comunicación, la gestión estratégica de los recursos humanos y la aplicación de técnicas y programas de calidad total.

En este sentido, un aspecto muy importante, es materializar un intercambio muy fluido de los servicios sanitarios tendiendo a una adecuada y correcta gestión de la imagen del sistema público de salud.

Gestionar con excelencia este macrosistema, se ha convertido en un gran desafío, considerando la magnitud creciente de las necesidades latentes en las poblaciones beneficiarias, y el siempre limitado techo de los medios humanos, materiales, financieros y organizativos disponibles.

Cabe destacar que las actuaciones que articulan estas políticas modernizadoras son muy variadas, dentro de las cuales, se menciona, la implantación de nuevas fórmulas organizativas, la instalación de tecnologías avanzadas de información y comunicación, el cambio cultural , la gestión estratégica de los recursos humanos, el trabajo interdisciplinario y mancomunado de los sectores nacionales y provinciales.

Para ello, el Estado Nacional, pone en marcha este ambicioso plan sanitario móvil, para Atención Primaria de la Salud, formulando e implantando diversas políticas de naturaleza modernizadora y reformadora cuya orientación revela una vocación totalmente dirigida, hacia los usuarios del sistema, los ciudadanos.

OBJETIVO GENERAL: FUNDAMENTACION

Este Programa tiene como objetivo garantizar la accesibilidad de las prestaciones de Atención Primaria en Salud hacia la población en general del territorio argentino, sobre la base de nuevos modelos tecnológicos sanitarios.

La atención primaria de la Salud concebida a través del armado de una red de prestaciones que a su vez activan nuevas redes y optimizan las preexistentes, busca hacer extensiva la cobertura en salud hacia todas las poblaciones de los puntos más recónditos del país.

De esta manera, el Estado Nacional vuelve a tomar contacto desde el terreno como generador del enlace entre la población más postergada y los centros y servicios hospitalarios de cada Provincia, en un enorme esfuerzo y trabajo de articulación nacional.

El efectivo acceso a la salud de todas las personas que habitan nuestro suelo sean nacionales o migrantes, la plena salud sexual y reproductiva de niñas y mujeres, son ejemplos de temas vinculados con las condiciones socio-económicas en los que se debe profundizar para reducir la brecha de desigualdades en nuestro país.

Muchas de estas obligaciones están sin dudas en cabeza del Estado como gran regente de la comunidad.

No obstante, muchas de las "necesidades del alma" sólo se resuelven en la vida comunitaria y allí el derecho de cada uno es una obligación para con el otro. Son los deberes, y no los derechos, los que ligan a un ser humano con otro y los entrelazan como parte armónica de una comunidad. Por esta razón, este Programa hace hincapié en la promoción de derechos, que garanticen la continuidad de las prestaciones del dispositivo, desde el fomento del conocimiento del ejercicio de los mismos por parte de sus beneficiarios.

En este sentido es que se vuelve prioritario fomentar las prácticas que buscan impulsar alternativas innovadoras en las relaciones entre el Estado y la sociedad. La participación en la cosa pública es la dinámica que puede empujar la profundización y extensión del acuerdo democrático y de la condición ciudadana, una forma de generar compromiso y pertenencia.

Atendiendo esta concepción es que este dispositivo busca crear hitos promoviendo replicadores comunitarios en salud, a partir del armado de redes de promotores en cada una de las localidades en las que se instale el mismo, fomentando la detección temprana de enfermedades y un abordaje rápido y eficaz sobre ellas.

Por eso, Unir, es lo que pretende este Programa, desde un concepto de salud pública integrado e integral, movilizando la acción sanitaria y la mano de un Estado Nacional activo y presente, que además guíe sus acciones hacia la reintegración al seno de la ciudadanía del conocimiento sobre sus derechos básicos en materia de Salud, de manera de impulsar a los miembros de una comunidad a la plena recuperación de sus capacidades valorativas propias.

U.N.A.M.O.S. es la propuesta del Ministerio de Salud en el esfuerzo por el acceso justo y equilibrado a la Salud de toda la población argentina.

1. Organismos efectores/oficinas

a. Organismos efectores

• Unidades Nacionales Móviles de atención primaria en Salud

36 unidades sanitarias de especialidades médicas no habituales

18 unidades de apoyo logístico

• Servicio de atención telefónica gratuito nacional

• Tarjeta U.N.A.M.O.S.

2. Problema relevante

Garantizar el acceso y atención primaria en salud a las personas de localidades y parajes recónditos del territorio argentino priorizando sobre poblaciones del NEA, NOA y Conurbano Bonaerense.

3. Objetivo General

El Programa U.N.A.M.O.S. se orienta a reforzar las instituciones de primer nivel de atención sanitaria provincial y municipal, a través de la prestación complementaria que se realizará a través de la vía de dos componentes asociados a los servicios y programas existentes:

• Unidades Nacionales Móviles de Salud integradas por equipos de profesionales médicos sanitaristas altamente capacitados.

• Línea telefónica de acceso gratuito nacional

6. Objetivos Específicos

• Ampliar la accesibilidad a los recursos sanitarios hacia las poblaciones de los lugares más recónditos del país.

• Participar activamente en la creación de nuevas redes en la cobertura sanitaria a nivel nacional y optimizar las preexistentes de los niveles provinciales y municipales garantizando el tratamiento y seguimiento de los casos.

• Promover ciudadanía a partir del fomento de derechos básicos en salud entre la población destinataria.

• Desplazar la acción de los Programas del Ministerio de Salud en articulación con el UNAMOS hacia sus efectivos beneficiarios, de acuerdo a un mapeo georeferenciado sobre la base de estadísticas previas y estudios epidemiológicos de las zonas a abordar.

• Acceder a información de campo que permita la actualización de los diagnósticos epidemiológicos pormenorizados a través de los relevamientos locales que realice el dispositivo.

• Contribuir a la reducción de riesgos sanitarios y disminución de los indicadores de mortalidad sobre poblaciones vulnerables a través de acciones planificadas, sustentables y de continuidad temporal.

7. Criterios de focalización

• NEA, NOA

8. Condiciones de acceso

1era Etapa de Acceso

· A través de la inscripción a partir del trabajo de campo de los operativos de avanzada del Programa.

· Presentación espontánea en las unidades móviles de salud o a través de traslados planificados en articulación efectores provinciales o municipales.

2da Etapa de Acceso

· A través de la inscripción a la programación anual a la cual se tendrá acceso a través del contacto permanente con la Línea Nacional Gratuita del Programa.

· A través de la programación que se organiza desde las redes de salud comunitarias promovidas en las poblaciones a abordar.

· Presentación espontánea en las unidades móviles de salud o a través de traslados planificados en articulación con efectores provinciales o municipales.

9. Modalidad de ejecución

La consigna que rige el funcionamiento del servicio es la de garantizar el acceso a la atención primaria en salud y los programas del Ministerio de Salud a partir de la incorporación de nuevos modelos tecnológicos, promoviendo el armado de una red de prestaciones que a su vez activen nuevas redes y optimicen las preexistentes.

Esta red con la participación activa del Estado Nacional, busca hacer extensiva la cobertura en salud hacia todas las poblaciones de los puntos más recónditos del país.

Las Unidades Nacionales Móviles de Salud brindarán una respuesta planificada y organizada en articulación con todos los efectores del Estado, a través del desplazamiento de unidades equipadas según 6 especialidades básicas: clínica médica, pediatría, oftalmología, odontología, diagnóstico por imágenes, y laboratorio de análisis clínicos.

Las unidades transportarán los equipos prestacionales instalándose en los lugares según un mapeo que prioriza una selección de las localidades del territorio argentino mas pospuestas, en función a las dificultades de acceso a rutas, caminos y sendas del país hacia los efectores de salud habituales. Asimismo, se utilizarán criterios selectivos sobre el análisis epidemiológicos con relación a endemias, epidemias y desastres naturales, sobre estudios históricos de las localidades a visitar.

Las Unidades Nacionales Móviles de Salud conducirán especialistas médicos e insumos prioritarios para la atención prevista.

Una vez realizada la atención planificada, se derivarán los tratamientos a los efectores preexistentes a través de convenios de adhesión provincial o municipal con el Programa.

La efectiva continuidad de los tratamientos prescriptos por el UNAMOS serán monitoreados desde la base de Supervisión propuestos por el Programa.

a) Consultorio Odontológico, Seis (6) unidades.

b) Consultorio Oftalmológico, Seis (6) unidades.

c) Laboratorio de Análisis Clínicos, Tres (3) unidades.

d) Consultorio Materno Infantil - Clínica General, Seis (6) unidades.

e) Diagnóstico por Imágenes, Seis (6) unidades.

f) Quirófano Oftalmológico, Seis (6) unidades.

g) Laboratorio de Análisis Clínicos y Bacteriología, Tres (3) unidad.

10. COMPONENTES DEL PROGRAMA

UNIDADES NACIONALES MOVILES DE SALUD

Esta modalidad presume:

• Mejorar la capacidad de detección, diagnóstico, atención y tratamiento de las poblaciones que más difícil acceso tienen a los recursos básicos de salud.

• Mejorar el acceso de la población en general a la atención primaria en salud

• Garantizar desde el Estado Nacional el acceso a los tratamientos y seguimientos en forma planificada de las personas atendidas por el UNAMOS a través de una articulación de redes con los servicios especializados de los Ministerios de Salud provinciales y/o Municipales.

• Promover y difundir los derechos sociales, civiles y políticos de la población, a través de campañas informativas en materia de salud.

RECURSOS HUMANOS

° Especialistas oftalmólogos, cirujanos, odontólogos, pediatras, bioquímicos, radiólogos, médicos, y paramédicos.

° Administrativos - Agentes de salud (becarios de universidades nacionales, medicina, enfermería.)

° Maestranza - limpieza.

° Personal Mantenimiento Gral. y de equipamiento.

LINEA DE ATENCION TELEFONICA NACIONAL UNAMOS

El servicio se complemente a través de la puesta en función de una línea de acceso telefónico nacional que ofrecerá:

• Recepción y resolución de demandas de atención de personas ya atendidas por el UNAMOS.

• Atención personalizada que requieran orientación y consulta sobre programas nacionales de salud y articulación con otras líneas programáticas para gestión de recursos.

• Información, orientación y asesoramiento acerca de los programas existentes.

• Derivación de demandas contingentes a las Unidades Nacionales Móviles de Salud.

• Articulación y Derivación planificada de la demanda a los servicios especializados de los efectores de Salud Provincial y Municipal

• Llamadas salientes a beneficiarios del UNAMOS para monitoreo de calidad y cumplimiento de tratamientos y seguimientos prescriptos que reduzcan la tasa de riesgos sanitarios.

• Mantener contacto permanente con promotores de salud de las localidades seleccionadas

TARJETA U.N.A.M.O.S.

El objetivo de la acreditación del beneficio mediante la asignación de una tarjeta directa con el nombre del beneficiario, permitirá identificar la adhesión a través de la implementación de una Historia Clínica Unica digitalizada que dé cuenta de la dinámica de la red con los efectores provinciales y municipales adheridos, y el monitoreo permanente de los tratamientos posteriores.