Administración Federal de Ingresos Públicos

FACTURACION Y REGISTRACION

Resolución General 2611

Procedimiento. Emisión de comprobantes. Exhibición de formularios de la Resolución General Nº 1415, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

Bs. As., 21/5/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-81-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 2583 y su modificación se implementó el programa denominado "IVA Y VUELTA" —destinado a promover la participación de los ciudadanos en el contralor del cumplimiento de los deberes formales por parte de los responsables de los impuestos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de esta Administración Federal— el cual establece un sistema de sorteos y premios, sobre la base de los comprobantes recibidos por las operaciones de compra, de obras, locaciones y prestaciones de servicios, efectuadas por las personas físicas.

Que a los fines de difundir de forma adecuada y masiva entre los consumidores finales las circunstancias destacadas en el considerando precedente y propender al cumplimiento de su obligación de requerir a los proveedores de bienes o locadores de servicios la entrega de los comprobantes respaldatorios de dichas operaciones, corresponde aprobar un nuevo formulario que deberá ser exhibido obligatoriamente por los sujetos que realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios.

Que en tal sentido, resulta procedente adecuar la Resolución General Nº 1415, sus modificatorias y complementarias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y de Planificación y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 1415, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese el Artículo 24, por el siguiente:

"ARTICULO 24.- Los contribuyentes y/o responsables que, por las operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960 en sus locales de venta, locación o prestación de servicios —incluyendo lugares descubiertos—, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares."

2. Sustitúyese el Artículo 25, por el siguiente:

"ARTICULO 25.- El formulario mencionado en el artículo anterior estará ubicado en un lugar visible y destacado, próximo a aquel en el que se realice el pago —cualquiera sea su forma— de la operación respectiva, sin que otros formularios, carteles, avisos, letreros, etc., impidan su rápida localización. Dicho formulario no podrá ser sustituido por ejemplares no provistos por esta Administración Federal o que no respeten los parámetros establecidos en el artículo siguiente.

Cuando se utilicen máquinas registradoras —emisoras de tique o vales— o controladores fiscales, autorizadas u homologados, respectivamente, por este Organismo, ubicados en una sola línea, lo dispuesto precedentemente se cumplirá exhibiendo —como mínimo— un Formulario Nº 960 cada TRES (3) máquinas o controladores fiscales instalados."

3. Sustitúyese el Artículo 26, por el siguiente:

"ARTICULO 26.- El Formulario Nº 960 se solicitará en la dependencia de este Organismo en la que el contribuyente y/o responsable se encuentre inscripto. Alternativamente podrá descargarse desde la ‘web’ institucional (http://www.afip.gob.ar), cuya impresión deberá ser efectuada sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a OCHENTA (80) gramos y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas y colores."

Art. 2º — Los contribuyentes obligados a exhibir el Formulario Nº 611 deberán proceder a su sustitución por el Formulario Nº 960.

Art. 3º — Apruébase el Formulario Nº 960 que como Anexo forma parte de la presente.

Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2611