PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 410/2009

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 26/10/2009

VISTO la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incorporar créditos para atender parcialmente los gastos no contemplados en el presupuesto vigente, principalmente aquellos resultantes de las mejoras en las remuneraciones para el personal dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que asimismo algunas reparticiones de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL podrán absorber parcial o totalmente el costo de las mejoras indicadas mediante compensaciones de créditos y/o incremento de recursos que perciban.

Que también se considera imprescindible incrementar los créditos para atender el normal funcionamiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, así como los programas de inversiones y transferencias a fin de asegurar la provisión de aquellos bienes y servicios que resulta indispensable garantizar por su impacto social y su incidencia en la actividad económica.

Que en igual sentido resulta necesario incrementar los gastos corrientes previstos para la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, financiados con una reducción de sus aplicaciones financieras.

Que producto de una merma en la recaudación de los recursos del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA resulta necesario incorporar remanentes de ejercicios anteriores, a fin de financiar sus gastos operativos.

Que surge la necesidad de reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de atender, entre otras necesidades, transferencias a empresas concesionarias del transporte ferroviario, a empresas de transporte aerocomercial y a empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor; y a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO S.A. (C.A.M.M.E.S.A.).

Que resulta necesario asignar un refuerzo presupuestario a la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, destinado a dar continuidad a los trabajos de construcción y mantenimiento de rutas.

Que es menester incrementar los gastos corrientes del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, financiados con una reducción de sus aplicaciones financieras.

Que se prevén mayores recursos correspondientes a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los que financiarán el incremento en las erogaciones necesarias para su normal funcionamiento.

Que se prevén desembolsos del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO correspondientes al préstamo de Fortalecimiento Institucional Productivo y de Gestión Fiscal Provincial para lo cual se asignan los créditos respectivos.

Que atento a que no se producirán desembolsos del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO correspondientes al préstamo de Asistencia Técnica Financiera para Microemprendimientos - MIPES II – BID 1192/OC, se reducen los créditos de Fuente de Financiamiento 22 - Crédito Externo, correspondientes al Programa 24 – Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que asimismo se incrementan los créditos de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para atender gastos operativos.

Que corresponde modificar los créditos vigentes del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a efectos de atender gastos de funcionamiento asumidos por la entidad.

Que el Artículo 12 de la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 fija el crédito total para las Universidades Nacionales y detalla en la Planilla Anexa al mismo el importe para cada una de ellas.

Que resulta necesario incrementar los créditos del Programa 26 - Desarrollo de la Educación Superior de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION para atender gastos de funcionamiento, infraestructura y equipamiento del HOSPITAL DE CLINICAS "JOSE de SAN MARTIN" dependiente de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

Que a fin de reforzar las transferencias a personas en el marco del Programa "Jóvenes con Más y Mejor Trabajo", resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que, en el marco de las acciones de prevención y control del Dengue, Fiebre Amarilla, Sarampión y Poliomielitis que llevará a cabo el MINISTERIO DE SALUD, se realizarán campañas de difusión de carácter masivo dirigidas a la población en general.

Que a efectos de afrontar las erogaciones resultantes de las campañas mencionadas en el considerando precedente, el MINISTERIO DE SALUD transferirá recursos a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Programa 19 - Prensa y Difusión de Actos de Gobierno.

Que se estima pertinente reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL destinado a la atención de erogaciones del "Programa de Ingreso Social con Trabajo", cuyo objetivo fundamental es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, a través de la generación de nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores.

Que, asimismo, con el objeto de afrontar distintos compromisos correspondientes al Programa 29 - Administración Civil de las Fuerzas de Seguridad de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, se propicia una compensación interna de los créditos asignados a la citada Jurisdicción.

Que la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, entidad actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, debe llevar a cabo diversas acciones para las cuales resulta imperativo contar con el correspondiente refuerzo presupuestario.

Que atento a lo establecido en el Artículo 10 del Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, las modificaciones presupuestarias contempladas para el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, se reflejan en el ex MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que resulta necesario adecuar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a los efectos de atender las necesidades emergentes de los compromisos asumidos para el presente ejercicio.

Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, y del Artículo 9º de la Ley Nº 26.422.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Los aportes al TESORO NACIONAL dispuestos por el Artículo 1º de la presente decisión administrativa deberán ser cancelados en cuotas iguales y consecutivas a partir del mes siguiente a la fecha del dictado de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar