PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 705/2009

Ministerio de Defensa. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº 33.184/2009 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros para realizar reestructuraciones presupuestarias dentro del total aprobado por cada ley de presupuesto, quedando comprendidas las modificaciones que involucren a gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de finalidades.

Que, en virtud de lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 40 del 22 de julio de 2009, la FUERZA AEREA ARGENTINA a través del ex COMANDO DE REGIONES AEREAS presta a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL el servicio de administración de los créditos asignados en el Programa 18 - Apoyo a la actividad aérea nacional, hasta el comienzo del Ejercicio Fiscal 2010.

Que en ese marco resulta necesario modificar el cálculo de recursos de la FUERZA AEREA ARGENTINA en función de las mayores recaudaciones en el concepto de tasas percibidas por el ex COMANDO DE REGIONES AEREAS, originadas por los crecimientos en la demanda de vuelos y en el tráfico de pasajeros por parte de las empresas aéreas, incluidas aperturas de nuevas cuentas corrientes y en la variación positiva del tipo de cambio con que se recaudaron las tasas en Dólares Estadounidenses para vuelos internacionales.

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA presenta una menor recaudación a la prevista para el presente ejercicio, por no concretarse la venta del inmueble denominado ex BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA Nº 4.

Que en virtud de ello, se compensa el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos entre dichas Subjurisdicciones.

Que la presente medida encuadra en las prescripciones que establece el Artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www. boletinoficial.gov.ar