JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 48/2010

Modifícase la Decisión Administrativa Nº 393/2009 que creó la Comisión Gubernamental para el Uso Racional y Eficiente de la Energía.

Bs. As., 12/2/2010

VISTO, el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, y la Decisión Administrativa Nº 393/2009 de fecha 21 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa citada en el Visto se creó la COMISION GUBERNAMENTAL PARA EL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (COGUREN), cuya función sería asegurar la implementación del PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE), en los edificios públicos de los organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL

Que cuestiones de índole operativa aconsejan sustituir a la COGUREN, por una UNIDAD EJECUTORA, ello a los fines de brindar mayor operatividad y simplificar el accionar de quien desarrollará las acciones tendientes a implementar las facultades encomendadas a la Jefatura de Gabinete de Ministros por Decreto Nº 140/07, en aras de concientizar y optimizar el uso de la energía en los edificios públicos de la Administración Pública Nacional.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 393/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1º: Créase, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la UNIDAD DE EJECUCION Y GESTION para el USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (UNIRAE) cuya función será realizar las acciones que permitan asegurar la implementación del PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE) en los edificios públicos de los organismos del Poder Ejecutivo Nacional a través de la coordinación y asistencia de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que le brindará todo el apoyo técnico que resulte necesario para el cumplimiento de sus funciones.

La UNIRAE desarrollará las siguientes acciones:

a) definir las etapas de avance del PROUREE, con la asistencia de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PROUREE), según lo previsto por el Artículo 4º del Decreto 140/2007;

b) centralizar la información disponible para una mejor implementación del PROGRAMA, a cuyo efecto se encuentra facultada para requerir, tanto a las empresas del sector de distribución y/o proveedoras de energía, como al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y a todo otro organismo de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (APN), cualquier tipo de información que resulte o considere necesaria para el cumplimiento de su función;

c) centralizar y monitorear la ejecución y el cumplimiento del PROUREE y propiciar ante las unidades orgánicas competentes las modificaciones necesarias de los marcos normativos de contrataciones, uso de tecnología por parte del sector público y toda otra acción que se requiera, a efectos de coadyuvar al uso racional y eficiente de la energía. Estas tareas se realizarán por intermedio de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en los edificios públicos a partir de los informes que a tal efecto se obtengan.

d) impulsar por intermedio de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las acciones y normas destinadas a la mejor difusión del PROUREE en la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (APN) y aquellas que posibiliten un uso racional de la energía, sin comprometer el normal desarrollo de las actividades en los edificios públicos.

e) requerir el servicio de especialistas en Eficiencia Energética a los efectos de realizar Estudios, Jornadas de Trabajo, capacitar al personal perteneciente al PODER EJECUTIVO NACIONAL en tareas específicas y toda otra actividad que la UNIRAE considere necesaria para la implementación y desarrollo del PROUREE."

Art. 2º — Sustitúyese el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 393/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2º: La UNIRAE tendrá UN (1) Responsable Ejecutivo designado por la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quien ejercerá la conducción, supervisión y coordinación de las acciones encomendadas a la UNIRAE, y DOS (2) Coordinadores Adjuntos, uno designado por la mencionada SECRETARIA y otro por la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que asistirán al Coordinador en sus responsabilidades, dejándose establecido que el Responsable Ejecutivo y los Coordinadores Adjuntos de la UNIRAE, desarrollarán sus funciones sin perjuicio de las que pudieren estar cumpliendo en las Jurisdicciones que representan.

Las Secretarías intervinientes aportarán los técnicos y profesionales necesarios para dar cumplimiento a los fines establecidos en el Decreto Nº 140/07.

La SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS participa en la UNIRAE en el marco de sus competencias.

La SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, brindará el apoyo administrativo necesario para asegurar el funcionamiento de la UNIRAE."

Art. 3º — Sustitúyese la denominación "COGUREN" por la de "UNIRAE" en los artículos 3º, 4º, 5º, 7º, 8º, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Decisión Administrativa Nº 393/2009, en virtud de lo establecido en el artículo 1º de la presente Decisión Administrativa. Asimismo en el artículo 3º, la dirección de correo electrónico establecida, será reemplazada por "unirae@jgm.gov.ar".

Art. 4º —Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.