CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Resolución 257/2010

Modificación del Reglamento para la elección de los abogados que integrarán el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.

En Buenos Aires, a los 8 días del mes de julio del año dos mil diez, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación "Dr. Lino E. Palacio", con la Presidencia del Dr. Luis María Cabral, los señores consejeros presentes, y

VISTO:

El Expte. Nº AAD 159/2010 caratulado "Federac. Arg. de Coleg. de Abogados S/ Solic. Modificar Reglam. para Elec. de Abogados C.M.", y su acumulado el expediente AAD Nº 160/2010 caratulado "Colegio Público de Abogados S/ Solic. Modif. Reglamento para Elecciones de Abogados C.M.", y

CONSIDERANDO:

1º) Que la Junta Electoral de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA.), solicitó al Presidente del Consejo de la Magistratura de la Nación mediante nota de fecha 29 de junio del corriente año agregada a fs. 1 de autos, se considere la posibilidad de modificar el número de cuatrocientos cincuenta electores por cada mesa electoral conforme Art. 14 del Reglamento para la Elección de Abogados que integrarán el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación aprobado por Resolución CM Nº 317/2006, elevándolo la cantidad de mil electores por cada una de las mesas receptoras de votos.

Que igual petición formuló al Secretario General del Consejo de la Magistratura, la Junta Electoral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

2º) Que las solicitudes de modificación del artículo 14 del Reglamento aprobado por Resolución CM Nº 317/2006, se fundan en la necesidad de facilitar la integración de las autoridades electorales en los distintos Colegios, de economizar el gasto de traslado de urnas y del armado de los cuartos oscuros en la sede Colegial.

Por ello,

SE RESUELVE:

1º) Modificar el artículo 14 del Reglamento para la elección de los abogados que integrarán el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación aprobado por Resolución CM Nº 317/2006, el cual queda redactado de la siguiente manera:

"Se constituirá una mesa electoral cada mil (1000) electores. En los casos en que haya dos o más mesas, éstas se dividirán por orden alfabético".

2º) Disponer que la modificación efectuada en el artículo precedente, se aplicará a las elecciones convocadas mediante Resoluciones de Presidencia CM Nº 36/10 y Nº 37/10 ambas de fecha 28 de mayo de 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. Firmado ante mí, que doy fe. — Luis M. Cabral. — Mariano Candioti. — Nicolás A. Fernández. — Héctor Masquelet. — Santiago Montaña. — Marcelo Fuentes. — Oscar A. Aguad. — Pablo Mosca. — Luis M. Bunge Campos. — Diana B. Conti. — Carlos M. Kunkel.