Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Pesca,

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

y

Ministerio de Industria

PROYECTOS DE INVERSION

Resolución Conjunta 394/2010, 627/2010 y 137/2010

Modifícase la Resolución Conjunta 416/10- MEFP, 3/10-MI y 251/10-MAGP, por la cual se estableció el procedimiento para la presentación de los proyectos de inversión para la obtención de financiamiento.

Bs. As., 5/10/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0291229/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 783 de fecha 7 de junio de 2010, la Resolución Conjunta Nº 416, Nº 3 y Nº 251 de fecha 7 de julio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; del MINISTERIO DE INDUSTRIA y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 783 de fecha 7 de junio de 2010 se creó el PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO DEL BICENTENARIO cuyo principal objetivo es la generación de nuevas herramientas financieras que incentiven y viabilicen la ejecución de Proyectos de Inversión a largo plazo.

Que por la Resolución Conjunta Nº 416, Nº 3 y Nº 251 de fecha 7 de julio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; del MINISTERIO DE INDUSTRIA y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA respectivamente, se estableció el procedimiento para la presentación de los proyectos de inversión para la obtención de financiamiento con el objeto de consolidar un proceso de desarrollo sustentable y con inclusión social, en los términos del citado Decreto Nº 783/10.

Que asimismo, es menester introducir modificaciones en la Resolución Conjunta indicada, con el objeto de incorporar sectores de recepción de los citados proyectos de inversión en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Articulo 6º del Decreto Nº 783/10.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Y LA MINISTRA DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 416, Nº 3 y Nº 251 de fecha 7 de julio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; del MINISTERIO DE INDUSTRIA y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA respectivamente, por el siguiente:

"ARTICULO 1º — Establécese que los proyectos de inversión a ser evaluados por la UNIDAD DE EVALUACION DE PROYECTOS deberán ser presentados ante la Coordinación Administrativa dependiente de la Coordinación General Legal y Administrativa del MINISTERIO DE INDUSTRIA; o ante el Departamento de Mesa de Entradas y Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; o ante la Mesa de Entradas de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del Ministerio citado en último término; o ante la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julián A. Domínguez. — Amado Boudou. — Débora A. Giorgi.