MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

DECRETO N° 21.260

APRUEBANSE DIVERSOS CAPITULOS DE LA REGLAMENTACION GENERAL DE LA LEY NUMERO 13.246

Bs. As., 6/10/50

VISTO el presente Expediente N° 2.914/50 en el cual se eleva un proyecto de reglamentación de los artículos 8, 13 (en lo referente al otorgamiento de crédito oficial para la ejecución de mejoras) y 18 (inc. d) de la Ley 13.246, y

CONSIDERANDO:

Que el proyecto elaborado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería contempla los aspectos esenciales que tiene en miras la política agraria del Poder Ejecutivo;

Que la Cámara Central de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 13.246 y artículo 77, inciso c) de la reglamentación, ha dado su opinión favorable al proyecto de referencia;

Por ello y lo propuesto por el señor Ministro Secretario de Estado de Estado en el Departamento de Agricultura y Ganadería,

El Presidente de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1° — Apruébanse los Capítulos XIX; XX y XXI (artículos 176 a 194) de la Reglamentación General de la Ley N° 13.246, de acuerdo al texto corriente a fojas 1/11 del Expediente número 2.941/50.

Art. 2° — Apruébanse los artículos 174 y 175 del Capítulo XVIII, omitidos de mencionar en el Decreto N° 30.654 del 5 de diciembre de 1949.

Art. 3° — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura y Ganadería y de Finanzas.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nación y vuelva al Ministerio de Agricultura y Ganadería a sus efectos.

PERON

Carlos A. Emery. — Alfredo Gómez Morales.