MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

OFICINA ANTICORRUPCION

Resolución Nº 6/2011

Bs. As., 5/7/2011

VISTO las Resoluciones del Fiscal de Control Administrativo Nº 001/2011 (B.O. 13/01/2011) y Nº 004/2011 (B.O. 4/07/2011), y

CONSIDERANDO:

Que por la primera norma citada en el Visto se estableció que el plazo para la presentación de la actualización de la Declaración Jurada Patrimonial Integral correspondiente al año 2010 por parte de los funcionarios obligados vence el 4 de julio de 2011.

Que la profundización del Plan de Fortalecimiento del Régimen de Declaraciones Juradas-Ley Nº 25.188 implementado en el corriente año por la OFICINA ANTICORRUPCION, requiere la adopción de medidas concretas que están llevándose a cabo en orden a consolidar la efectividad del sistema.

Que en virtud de lo expresado en el Considerando que antecede, se evaluó oportunamente la necesidad de extender el período de prórroga a ser concedida para el cumplimiento de dicha obligación.

Que en función de lo consignado y debido a un error material deslizado en la emisión de la Resolución Nº 004/2011 relativo al vencimiento en que debió operar la prórroga por ella dispuesta, corresponde proceder a su rectificación en el marco de lo normado por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991 que como Anexo I, fuera aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 1883 del 17 de setiembre de 1991.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 164 del 28 de diciembre de 1999.

Por ello,

LA DIRECTORA DE INVESTIGACIONES A CARGO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rectifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 004 del 27 de junio de 2011 cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma: "Prorrógase hasta el 22 de agosto de 2011 el plazo establecido por la Resolución del Fiscal de Control Administrativo Nº 001/2011 para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al Año 2010".

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dra. CLAUDIA A. SOSA, Directora de Investigaciones, Oficina Anticorrupción.

e. 06/07/2011 Nº 82529/11 v. 06/07/2011