AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 818/2011

Bs. As., 20/7/2011

VISTO el Expediente Nº 1363/10 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución Nº 322-AFSCA/11 se asignó a Municipios de la provincia de BUENOS AIRES las frecuencias y demás parámetros técnicos, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, a los efectos de la instalación y puesta en funcionamiento de las correspondientes estaciones; y se definieron los requisitos para el inicio de las emisiones de los referidos servicios (artículos 1º y 3º del prenotado acto).

Que, entre los Municipios beneficiados por la citada medida se encuentra el de LOMAS DE ZAMORA, que ha solicitado la modificación de los parámetros técnicos que le fueran reservados.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha realizado los estudios de factibilidad técnica, asignándole al peticionante el canal 219, frecuencia de 91.7 MHz.

Que consecuentemente resulta menester acordar favorable acogida a la petición formulada y disponer la variación de parámetros técnicos, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 322-AFSCA/11, sustituyéndose la frecuencia "89.3 MHz" por la de "91.7 MHz", correspondiente a la asignación efectuada al Municipio de LOMAS DE ZAMORA, de la provincia de BUENOS AIRES, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con los demás parámetros y condiciones establecidos por el citado acto administrativo.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 03/08/2011 Nº 94483/11 v. 03/08/2011