PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 887/2011

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.

Bs. As., 6/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0178737/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde incrementar el presupuesto de gastos en personal del MINISTERIO PUBLICO a efectos de atender un incremento salarial del DIEZ POR CIENTO (10%) remunerativo y bonificable desde el mes de marzo de 2011 para el personal transitorio que ejerce funciones en la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (UFISES), según lo dispuesto por la Acordada Nº 2 de fecha 29 de marzo de 2011 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Que el refuerzo de crédito se financia mediante una contribución de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) administración descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en virtud de lo dispuesto por el Convenio de Cooperación formalizado entre el citado Organismo y la PROCURACION GENERAL DE LA NACION del 16 de mayo de 2002 para la Investigación de Delitos relativos a los Recursos de la Seguridad Social.

Que resulta necesario modificar por compensación los créditos vigentes del Programa 41 - Estudios e Investigaciones Históricas sobre Juan Domingo Perón, perteneciente a la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender compromisos asumidos por la citada jurisdicción.

Que asimismo, se refuerzan los créditos de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de financiar la ejecución de diversos programas y actividades culturales.

Que resulta necesario compensar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos de atender los mayores gastos en personal.

Que por otra parte se debe reforzar el presupuesto de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con el objeto de atender los gastos inherentes al desarrollo de las misiones satelitales.

Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE INDUSTRIA, con el objeto de atender gastos correspondientes a servicios técnicos y profesionales, como así también para afrontar erogaciones relacionadas con el Programa “Capital Semilla”.

Que se refuerzan los créditos vigentes del Programa 40 - Formulación de Políticas de Desarrollo Regional del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, mediante una compensación de los créditos correspondientes al Programa 39 - Programa Social Agropecuario de esa Jurisdicción, financiados con Crédito Externo.

Que corresponde incrementar los créditos del MINISTERIO DE EDUCACION para atender gastos de infraestructura y equipamiento de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL.

Que a fin de sostener el funcionamiento del Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectúa una compensación entre sus créditos vigentes.

Que asimismo se incrementan los recursos del mencionado Instituto, con el objeto de contribuir al financiamiento del Programa “Capital Semilla”.

Que a fin de reforzar las acciones dirigidas a la ejecución del “Programa de Formación Profesional Permanente” Préstamo BIRF 7474-AR, se incrementan los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que resulta necesario compensar los créditos vigentes de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a los efectos de atender los gastos en personal.

Que por otra parte se debe reforzar el presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas al equipamiento de laboratorios, a la tecnología de la información y la política institucional de calidad.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y en el Artículo 5º del Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar