INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 2632/2011

Bs. As., 20/10/2011

VISTO el expediente Nº 3289/11/INCAA, la Resolución Nº 2202/11/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución mencionada en el VISTO, se regula el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición.

Que para aquellos proyectos de ficción y/o animación encuadrados en las distintas VIAS, se omitió la exigencia de entregar al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES un Beta en calidad Broadcasting Internacional, de manera tal de facilitar su proyección por otros medios distintos a las salas cinematográficas.

Que el artículo 18 de la precitada Resolución establece, entre otras cuestiones, la autorización a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la proyección de las películas beneficiarias del subsidio por otros medios de exhibición en la señal INCAA TV, habiendo omitido que dicha autorización lo es sin exclusividad.

Que resulta necesario dictar Resolución modificando los artículos 17 y 18 de la Resolución Nº 2202/11/INCAA.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención.

Que las atribuciones para el dictado de la presente Resolución surgen de las facultades conferidas por la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Incorpórase como inciso c) del apartado 1 del artículo 17 de la Resolución Nº 2202/11/INCAA, el que queda redactado de la siguiente manera: “Entregar al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES un Beta SP en Calidad Broadcasting Internacional o Beta Digital o Master HD”.

ARTICULO 2º — Incorpórase como inciso e) del apartado 2 del artículo 17 de la Resolución Nº 2202/11/INCAA, el que queda redactado de la siguiente manera: “Entregar al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES un Beta SP en Calidad Broadcasting Internacional o Beta Digital o Master HD”.

ARTICULO 3º — Modificase el apartado 1) del artículo 18 de la Resolución Nº 2202/11/INCAA, el que queda redactado de la siguiente manera: “La autorización a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la proyección de las películas beneficiarias en las salas de los denominados “ESPACIOS INCAA” muestras, festivales y/o en la señal denominada “INCAA TV” y/o en cualquier otro medio de exhibición, sin exclusividad, que el Organismo estime pertinente.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 25/10/2011 N°138202/11 v. 25/10/2011