Jefatura de Gabinete de Ministros
y
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Conjunta 979/2011 y 1639/2011

Comisión Técnica Asesora de Cibercrimen. Modifícase la Resolución Conjunta Nros. 866 y 1500/11.

Bs. As., 4/11/2011

VISTO la Resolución Conjunta Nº 866 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Nº 1500 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS del 5 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Resolución Conjunta se creó la Comisión Técnica Asesora en materia de Cibercrimen con el fin de desarrollar y formular una propuesta en relación con aquellas cuestiones procesales que se requieran para hacer efectiva la lucha contra el cibercrimen y el tratamiento de la evidencia digital, así como otras herramientas, normas y medios necesarios para el logro de ese objetivo.

Que mediante el artículo 2º se dispuso la composición de la Comisión integrándola con representantes de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL, del PODER JUDICIAL DE LA NACION, de la PROCURACION GENERAL DE LA NACION y del sector privado.

Que resulta necesario ampliar la integración de la Comisión con un representante del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, atento a la experiencia del ente en el manejo de evidencia digital para la protección de la obra cinematográfica y de las artes audiovisuales.

Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4º, inciso b) apartado 9 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVEN:

Artículo 1º — Modifícase el artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 866 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Nº 1500 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 2º — La Comisión Técnica aludida en el artículo precedente estará compuesta por los señores Gabriel Edgardo CASAL (D.N.I. 14.005.108) asesor de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como presidente; Norberto Federico FRONTINI (D.N.I. 23.974.726), asesor de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, como secretario; Fernando MARESCA (D.N.I. 23.205.067), asesor de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; Orlando PULVIRENTI (D.N.I. 17.620.674), Gerente de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES; Daniel Antonio PETRONE (D.N.I. 22.148.701), Juez del TRIBUNAL ORAL FEDERAL. DE SAN MARTIN; Ricardo Oscar SAENZ (D.N.I. 13.656.671), titular de la FISCALIA Nº 2 ante la CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL; Marcos SALT (D.N.I. 16.037.555), abogado especialista y Pablo PALAZZI (D.N.I. 21.586.348), abogado especialista, profesionales de reconocida trayectoria en el tema, en su carácter de integrantes, quienes desarrollarán su labor ad honoren”.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.