Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 152/2012
Prorrógase el plazo establecido por la
Resolución Nº 52/12, relacionada con el Procedimiento para la
Inscripción y Baja de Entidades en el Registro creado por el Decreto
691/00 y el Procedimiento para estructurar deducciones en los Haberes.
Bs. As., 8/6/2012
VISTO el Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº 52 del 22 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 14/12 se aprobó el Régimen de deducción de
haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del
personal de la Administración Pública Nacional que presta servicios en
las jurisdicciones y entidades incluidos en el artículo 8° de la Ley Nº
24.156.
Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52/12 se procedió a reglamentar el
aludido Decreto.
Que el artículo 10 del Anexo II de la precitada Resolución dispuso que
las entidades inscriptas en el Registro creado por el Decreto Nº
691/00, que se encontraran interesadas en adherir al régimen del
Decreto Nº 14/12, debían cumplimentar los extremos previstos en el
Anexo III de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA Nº 52/12, dentro del plazo de SESENTA (60) días hábiles
computados desde la publicación de la aludida Resolución en el Boletín
Oficial.
Que atento que cierta documentación requerida a las entidades para
proceder a su inscripción en el Registro creado por el Decreto Nº
14/12, demora en su expedición por parte de las entidades encargadas de
extenderla, y a fin de evitar perjuicios a los agentes que han tomado
créditos en el marco del Decreto Nº 691/00, resulta procedente ampliar
el plazo para la inscripción de las entidades comprendidas en el
Decreto Nº 691/00 en el Registro creado por el Decreto Nº 14/12.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de
la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 14 del Decreto Nº 14/12.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1° — Amplíase en
SESENTA (60) días, computados desde la publicación de la presente en el
Boletín Oficial, el plazo establecido en el artículo 10 del Anexo II
aprobado por la Resolución Nº 52, del 22 de marzo de 2012, de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, para que las entidades actualmente inscriptas en
el Registro creado por el Decreto Nº 691/00 puedan adherir al régimen
del Decreto Nº 14/12.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Facundo P. Nejamkis.