SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Decreto 860/95

Bs. As., 22/6/95

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.486, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —MENEM. —José A. Caro Figueroa.