PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 662/2012

Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán”. Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2012.

Bs. As., 9/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2095-S01:0000229/2012 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “Dr. CARLOS G. MALBRAN”, entidad a cargo del MINISTERIO DE SALUD y el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2012, fijado por la Ley Nº 26.728 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar el presupuesto de la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD en la parte que corresponde al Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “Dr. CARLOS G. MALBRAN”, a efectos de incorporar remanentes de ejercicios anteriores en concepto de transferencias externas de manera de posibilitar su efectiva ejecución.

Que la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores que se promueve opera por compensación con los recursos por transferencias externas originalmente aprobadas para el organismo citado para el corriente ejercicio fiscal sin alterar su presupuesto de gastos vigente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 26.124 y el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional vigente, establecido por la Ley Nº 26.728 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Juan L. Manzur.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar.