PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 743/2012

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Bs. As., 24/8/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0009465/2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario ajustar el Presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito, del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a los efectos de atender los gastos inherentes a su funcionamiento, así como la implementación del Sistema Federal de Identificación Biométrica para la Seguridad, creado por el Decreto Nº 1.766 de fecha 7 de noviembre de 2011.

Que tales erogaciones se financian con la disminución de sus aplicaciones financieras.

Que con el objeto de incorporar recursos remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a la Fuente de Financiamiento 21 - Transferencias Externas, es necesario modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que es menester adecuar el Presupuesto del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a los efectos de incorporar recursos remanentes del Ejercicio 2011, provenientes de la venta de bienes varios elaborados por los internos en los talleres de laborterapia de los establecimientos carcelarios.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del artículo 9° de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar