PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 988/2012
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Bs. As., 12/10/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0036569/2012 del Registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que es menester modificar el Presupuesto vigente del SENADO DE LA
NACION, de la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION y de la BIBLIOTECA DEL
CONGRESO DE LA NACION con el objeto de atender gastos en personal en
virtud de los incrementos salariales aprobados.
Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 71 de la Ley Nº
26.728 se adecuan los créditos vigentes de la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
NACION.
Que, adicionalmente, se modifica el Presupuesto de la DIRECCION DE
AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION a fin de
permitir la atención de gastos de funcionamiento.
Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION para posibilitar el normal desarrollo de
sus actividades.
Que resulta necesario reforzar los créditos de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION a efectos de permitir la atención de
gastos del Plan Igualdad Cultural, compromisos contraídos por la
Jurisdicción y afrontar gastos en personal en virtud de los incrementos
salariales aprobados.
Que, asimismo, se propicia atender los gastos en personal, derivados de
la política salarial correspondiente a la COMISION NACIONAL PROTECTORA
DE BIBLIOTECAS POPULARES, dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que, por otra parte, es necesario compensar créditos del TEATRO
NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos
de atender la normal operatoria del organismo.
Que resulta pertinente reforzar el Presupuesto de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a efectos de posibilitar el cumplimiento de
compromisos impostergables contraídos por el Estado Nacional.
Que con el objeto de afrontar transferencias previstas a la empresa
AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y al Fideicomiso creado por el Decreto Nº
976 de fecha 31 de julio de 2001 destinado a la atención del pago del
Régimen de Compensaciones (RCC), Compensaciones Complementarias
Provinciales (CCP) y Sistema Ferroviario Integrado (SIFER) y atender
compromisos asumidos en el marco de los acuerdos celebrados con la
REPUBLICA POPULAR CHINA para la adquisición de material rodante,
resulta indispensable modificar el Presupuesto del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que es menester adecuar los créditos del REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con la finalidad de afrontar el
pago de haberes del corriente año.
Que es necesario modificar el Presupuesto vigente de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la
ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con la finalidad de
atender convenios celebrados con gobiernos municipales cuya finalidad
es la reducción de la tasa de siniestralidad vial en el territorio
nacional.
Que la citada modificación se financia a través de la reducción de las Aplicaciones Financieras vigentes.
Que es preciso adecuar el crédito vigente del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismo descentralizado actuante en
el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de afrontar
el pago de haberes y el convenio suscripto con el Municipio de Ezeiza
para la implementación del Sistema de Emergencias del Aeropuerto
Internacional “Ministro Pistarini”.
Que a fin de posibilitar la atención de traslados de funcionarios, de
gastos de la DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO, de becas del INSTITUTO
DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION y gastos de las Representaciones
argentinas en el exterior, se hace necesario reforzar los créditos
vigentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que adicionalmente se incrementan los créditos vigentes de la COMISION
NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, Organismo Descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a fin de
atender gastos relacionados con la Misión Satelital SAOCOM.
Que resulta oportuno adecuar el Presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS a efectos de atender el financiamiento de gastos de
funcionamiento de dicha Cartera Ministerial, la adquisición de insumos
para el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, y el cumplimiento de la Ley Nº
25.914.
Que la modificación mencionada en el Considerando anterior se financia con la reducción de las Aplicaciones Financieras.
Que, asimismo, es menester incorporar al Presupuesto vigente de la
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, actuante en el ámbito del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, recursos provenientes del cobro de
multas.
Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención
de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA
FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y de la CAJA DE
RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL organismo
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que a efectos de atender los gastos relacionados con la Campaña
Antártica 2012-2013 resulta pertinente reforzar los créditos del
MINISTERIO DE DEFENSA.
Que corresponde incrementar el Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, a fin de permitir la continuidad del Programa de
Desarrollo de Centros Comerciales a cielo Abierto.
Que es necesario modificar el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE INDUSTRIA, a efectos de atender gastos
correspondientes a su sistema de centros de investigación.
Que resulta pertinente adecuar los Presupuestos de la ADMINISTRACION DE
PARQUES NACIONALES y del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA,
Organismos Descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE
TURISMO, a fin de incorporar la mayor recaudación proveniente de los
derechos que percibe la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES a fin de
posibilitar el cumplimiento de los Planes Operativos Anuales de las
distintas Areas Protegidas, y posibilitar la atención por parte del
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA de los gastos necesarios para
la realización del Rally Dakar Argentina 2013.
Que, asimismo, resulta imperioso incrementar el presupuesto del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a
los fines de hacer frente a gastos inherentes a su funcionamiento, así
como también, atender las mayores erogaciones que derivan de los
incrementos salariales otorgados.
Que además, resulta necesario continuar con las políticas impartidas
por el Estado Nacional en cuanto a la ejecución de obras públicas y
suministro de servicios públicos.
Que corresponde modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION, a
los efectos de atender gastos relacionados con el Plan de Finalización
de Estudios Primarios y Secundarios y otros gastos de la jurisdicción.
Que, por otra parte, resulta oportuno adecuar el Presupuesto del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de
atender el financiamiento de gastos operativos de dicha cartera
ministerial.
Que resulta necesario modificar los créditos vigentes del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de atender los gastos
correspondientes a las diferencias salariales en virtud de la
aplicación de los Decretos Nº 1733 de fecha 25 de octubre de 2011 y Nº
923 de fecha 21 de junio de 2012.
Que se refuerzan las partidas presupuestarias de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a los fines de
atender mayores gastos operativos.
Que es menester modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para
financiar la atención médica de pensionados no contributivos y gastos
de funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE -
DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. de Florencio Varela.
Que asimismo se debe adecuar el presupuesto de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el
objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de
las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas a las áreas
científico técnicas.
Que por otra parte se prevén en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO
Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los créditos destinados a afrontar el
gasto derivado de los incrementos salariales.
Que con el objeto de financiar el mencionado gasto resulta necesario incorporar remanentes de ejercicios anteriores.
Que asimismo, se debe adecuar el Presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a efectos de atender los
gastos de haberes del corriente ejercicio.
Que es necesario modificar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, al
OPERADOR FERROVIARIO SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a TELAM SOCIEDAD DEL
ESTADO, a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA), a
NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT), a la Empresa AGUA Y
SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA) y al INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA).
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del
Artículo 9° de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar