Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
AEROPUERTOS
Resolución 123/2012
Instrúyese al Concesionario
Aeropuertos Argentina 2000 Sociedad Anónima, para que proceda a
efectuar la modificación del Plan Maestro del Aeroparque “Jorge
Newbery” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 20/11/2012
VISTO el Expediente N° 39/2007 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto N° 375 de fecha 24
de abril de 1997, ratificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
842 de fecha 27 de agosto de 1997, los Decretos N° 163 de fecha 11 de
febrero de 1998, N° 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, las
Resoluciones N° 18 de fecha 11 de abril de 2006, N° 72 de fecha 22 de
septiembre de 2008, N° 20 de fecha 18 de mayo de 2010, todas ellas del
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), la
Resolución N° 810 de fecha 31 de octubre de 2012 de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de la Resolución N° 810 de fecha 31 de octubre de
2012 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), en virtud
del aumento sostenido de la oferta de conectividad aérea y de la
demanda de movilidad aérea en servicios aéreos públicos y masivos, se
hace indudablemente necesario contar con una mayor disponibilidad de
facilidades de infraestructura en la mencionada estación aérea para
atender adecuadamente a dichos servicios.
Que asimismo, se advierte que el incremento de los servicios públicos y
masivos de transporte aéreo representa un claro beneficio para el
interés general, tanto por la mejora en la vinculación socio-económica
de los habitantes del país como por las mayores facilidades para el
fomento del turismo receptivo, con el consiguiente provecho diferencial
para aquellas comunidades que hacen de dicha industria la base de su
economía.
Que por la Resolución ANAC N° 810/2012 se dispuso que a partir de las
00.00 horas del 1° de diciembre de 2012 y hasta las 00.00 horas del día
1° de agosto de 2013, el Aeroparque “JORGE NEWBERY” emplazado en la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, queda exclusivamente habilitado para
la operación en cualquier modalidad comercial u operativa, de: (i)
aeronaves afectadas a empresas de transporte aéreo regular, cuya
capacidad de transporte sea de por lo menos TREINTA (30) pasajeros o
(ii) aeronaves cuya capacidad de transporte sea inferior a TREINTA (30)
pasajeros que hayan obtenido la autorización correspondiente para
establecer su base de operaciones en el mismo entre el 15 de abril de
2011 y la fecha de publicación de la citada Resolución, y que estas
últimas autorizaciones, quedarán sin efecto a partir del 1° de agosto
de 2013, exceptuando las aeronaves que integran la flota Presidencial,
transporte sanitario o humanitario, se encuentren en emergencia, se
encuentren llevando a cabo actividades de búsqueda, asistencia y
salvamento, se encuentren al servicio del Poder Público o transporte a
la/el Presidenta/e, Vicepresidenta/e, Gobernadoras/es, o Jefa/e del
Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que cabe recordar que atento a lo establecido en el Numeral 10.1 de la
Parte Cuarta DEL ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION,
ratificada por Decreto N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007 y según
lo dispuesto en el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, CONFECCION Y APROBACION
DE PLANES MAESTROS DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)”, aprobado
por Resolución N° 18 de fecha 11 de abril de 2006 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), por Expediente
N° 39/07 tramitaron los antecedentes referidos al “Plano de Usos del
Suelo” del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, en el que se indican los Usos del Suelo, con las intervenciones
a efectuar a corto, mediano y largo plazo, tanto en la parte pública
como en la aeronáutica, en función de las previsiones del tráfico.
Que en el “Plano de Usos del Suelo” del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por Resolución N° 72 de
fecha 22 de septiembre de 2008 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), se contempló la factibilidad de
liberar espacio en la Plataforma Sur (Industrial) y traslado de la
Planta de Combustibles, de manera de poder disponer de espacio que
permitiera el estacionamiento de mayor cantidad de aeronaves Letra de
Clave “C” (Tipo B-737, B-757, A 320 o similar porte), destinadas a la
aviación comercial regular.
Que la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA remitió el
Plan Maestro del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, para su aprobación, conforme lo dispuesto por el “MANUAL
DE PROCEDIMIENTOS, CONFECCION Y APROBACION DE LOS PLANES MAESTROS DEL
SISTEMA NACIONAL. DE AEROPUERTOS (SNA)” aprobado por Resolución ORSNA
N° 18/2006.
Que dicho Plan Maestro fue aprobado por Resolución N° 20 de fecha 18 de
mayo de 2010 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA); dejando expresamente notificado en la Resolución
de aprobación en su Artículo 2°, que se deberá considerar la
posibilidad de liberar espacios ocupados por Hangares y Planta de
Combustible del Area Industrial, tal como lo propuso el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) para
estacionamiento de aeronaves Letra de Clave “C”, a fin de incrementar
el número de puestos de estacionamiento destinados al tipo de aeronaves
mencionadas.
Que atento a que los Planes Maestros aprobados, conforme lo establecido
en el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, CONFECCION Y APROBACION DE PLANES
MAESTROS DE AEROPUERTOS DEL SISTEMA NACIONAL (SNA)”, deben ser
actualizados cada CINCO (5) años, excepto si algún hecho operativo o de
otra índole (evolución de condiciones económicas, operacionales,
ecológicas, financieras, etcétera.) ameritase su revisión con
anterioridad a la fecha consignada —mayo del 2015—, resulta procedente
solicitar a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, adelantar la
presentación de la actualización del referido Plan Maestro, conforme la
nueva operatoria establecida por la Autoridad Aeronáutica, que limita
la operación de determinadas aeronaves que operan en la actualidad.
Que dicha situación modificaría la configuración de los puestos de
estacionamiento y el uso de las instalaciones edilicias anexas a la
Plataforma Sur (Industrial) actualmente utilizadas por la aviación
general, las que deberán ser destinadas para uso exclusivo del ESTADO
NACIONAL, de las líneas aéreas que operan vuelos regulares internos e
internacionales en dicho aeropuerto, con el fin de llevar a cabo tareas
de guarda, mantenimiento y reparación de aeronaves propias o de
terceros atendiendo al incremento de los servicios aéreos públicos y
masivos de transporte aéreo, y por las empresas que ofrecen servicios
de rampa en el mismo, lo que representa un claro beneficio para el
interés general, permitiendo disminuir el volumen de tareas de
reparación efectuadas en el exterior y repercutiendo en el alcance de
un mayor grado de eficiencia operativa general de dichas líneas aéreas.
Que una vez que sean diseñadas y aprobadas por la Autoridad Aeronáutica
las nuevas Posiciones de Estacionamiento para aeronaves de mayor porte
en la Plataforma Sur (Industrial) del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberán ser publicadas en el AIP -
“Publicación de Información Aeronáutica de la República Argentina” del
citado Aeropuerto.
Que las características y emplazamiento de la nueva demarcación de la
plataforma deberán cumplimentar las especificaciones del Capítulo 5
“Ayudas para la navegación” del Anexo 14 de la OACI y Manual de
Aeródromos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.
Que entre las facilidades de infraestructura del Aeroparque “JORGE
NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES citadas en la primera
consideración de la presente, destinadas a atender el incremento de los
servicios públicos y masivos de transporte aéreo que representan un
claro beneficio para el interés general, se incluyen las posiciones de
estacionamiento de aeronaves y las instalaciones industriales donde se
efectúa la guarda, mantenimiento y reparación de aeronaves, entre otras.
Que en orden a sus incumbencias técnicas, tanto la GERENCIA DE
PLANIFICACION FEDERAL Y SEGURIDAD AEOPORTUARIA como la GERENCIA DE
REGULACION ECONOMICO FINANCIERA Y CONTROL DE CALIDAD han intervenido en
la esfera de sus respectivas competencias.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
es competente para el dictado de la presente, conforme lo establece el
Artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°
19.549, lo dispuesto por el ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE
CONCESION, ratificada por Decreto Nº 1.799/2007 y demás normativa
citada precedentemente.
Que en Reunión de Directorio de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha
considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente
medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Instruir al
Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA para que
proceda a efectuar la modificación del Plan Maestro del Aeroparque
“JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, el cual deberá
contemplar las readecuaciones necesarias producto de la nueva
configuración de las Posiciones de Estacionamiento en la Plataforma
Industrial, con destino a las aeronaves autorizadas para la operación
en el citado Aeropuerto.
Art. 2° — Instruir a la empresa
Concesionaria AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA a que
desarrolle un nuevo proyecto de señalamiento diurno correspondiente a
dicha plataforma acorde a las diversas aeronaves que operan en la
misma. Dicho proyecto deberá ser sometido a la evaluación y aprobación
de este Organismo Regulador con la intervención de la Autoridad
Aeronáutica, previo a su ejecución, en un todo de acuerdo a lo
establecido en la reglamentación vigente aprobada por Resolución 36 de
fecha 14 de mayo de 2008 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL
DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Art. 3° — Disponer que a partir
de las 00.00 horas del día 1° de agosto de 2013 las instalaciones
edilicias anexas a la Plataforma Sur (Industrial) del Aeroparque “JORGE
NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES que en la actualidad
sirven de guarda y mantenimiento de aeronaves de menor porte y otras,
podrán ser entregadas para su uso exclusivo al ESTADO NACIONAL, a las
líneas aéreas que operen vuelos regulares internos e internacionales en
dicho aeropuerto con el fin de llevar a cabo tareas de guarda,
mantenimiento y taller de reparación de aeronaves propias o de
terceros, y a las empresas que ofrecen servicios de rampa en el
aeropuerto.
Art. 4° — Instruir al
Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA a fin de que
realice las gestiones pertinentes para cumplimentar lo resuelto en el
punto que antecede, disponiendo que a partir de la hora 00.00 del día
1° de agosto de 2013 cesen las actividades y se liberen las
instalaciones que en la actualidad sirven de guarda y mantenimiento de
aeronaves de menor porte y otras en el Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 5° — Regístrese,
notifíquese a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA. Publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese. — Guillermo Vitali.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 127/2012 del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos B.O. 30/11/2012)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 112/2016 del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos B.O. 30/12/2016 se deja sin efecto las intimaciones cursadas por el
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) como
consecuencia de la presente Resolución).