Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 3481
Delimitación de Zona Primaria Aduanera
del Puerto de Santa Fe, en jurisdicción de la División Aduana de Santa
Fe. Resolución General N° 2.291. Su sustitución.
Bs. As., 17/4/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12522-672-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación se tramita la delimitación de la Zona
Primaria Aduanera del Puerto de Santa Fe, en jurisdicción de la
División Aduana de Santa Fe, cuyos límites fueron fijados por la
Resolución General Nº 2.291.
Que de la experiencia recogida desde el dictado de la mencionada
resolución, resulta conveniente reducir los límites de la Zona Primaria
Aduanera del Puerto de Santa Fe, afectando la menor superficie posible
para el cumplimiento de un eficiente control aduanero y ofreciendo
mayor seguridad en las operaciones aduaneras sin entorpecer la
actividad de la zona portuaria.
Que en tal sentido, corresponde sustituir la referenciada Resolución
General Nº 2.291, modificando los límites de la zona operativa en
cuestión.
Que en la constatación de los límites establecidos han intervenido la
Dirección Regional Aduanera Rosario y la División Aduana de Santa Fe.
Que para ello se ha tenido en cuenta lo previsto en la Resolución
General Nº 355, la cual establece los criterios y normas de
procedimientos que se deben observar para la delimitación de las zonas
primarias aduaneras en las Aduanas del Interior.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la
Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Determínanse los
límites de la Zona Primaria Aduanera del Puerto de Santa Fe, en
jurisdicción de la División Aduana de Santa Fe, correspondiente a la
Dársena Nº 1 Margen Oeste - Sector Norte, al Muelle Terminal de
Combustibles Líquidos y a la Dársena Nº 1 Margen Oeste - Sector Sur,
como se indica en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2º — Habilítanse los
predios indicados en el artículo precedente como zona primaria
aduanera, en los términos del Artículo 5° del Código Aduanero.
Art. 3º — Déjase sin efecto la
Resolución General Nº 2.291, a partir de la fecha de publicación de la
presente en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 4º — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido,
archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
(Artículo 1°)
ZONA PRIMARIA ADUANERA DEL PUERTO DE SANTA FE
I. Descripción
Ubicado a una distancia de OCHOCIENTOS (800) metros de la Aduana de
Santa Fe, en el extremo sudeste de la ciudad homónima, accediendo a la
misma por la Av. Leandro Alem. Su posición geográfica es 31º 39’ de
latitud sur y 60º 42’ de longitud oeste, a la altura del KILOMETRO
QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO (Km. 584) del Río Paraná.
La zona primaria aduanera se encuentra subdividida en TRES (3) sectores y queda definida de la siguiente manera:
a) Sector I (Dársena Nº 1 Margen Oeste - Sector Norte): Situada en la
posición geográfica 31° 38’ 56” de latitud sur y 60° 42’ 11” de
longitud oeste, se delimita como zona primaria aduanera las
instalaciones y terreno comprendidos en un polígono de SEIS (6) lados,
con una superficie de SEIS MIL SEISCIENTOS SEIS CON 02/100 METROS
CUADRADOS (6.606,02 m2), cercada y con portón de acceso de vehículos y
peatonal. El perímetro de la zona operativa está circunscripto desde el
frente del muelle con un desarrollo de 197,21 m de longitud (lado F-A),
punto de comienzo del sitio. Desde allí, gira en un ángulo de 88º, en
sentido este-oeste, para continuar por una línea imaginaria
materializada en un cerco de tejido olímpico con doble antiescalamiento
por 39,74 m (lado A-B). Luego, gira nuevamente en ángulo de 92º, en
sentido norte-sur para avanzar por una distancia de 134,26 m, en forma
paralela a la calle Marta Zamaro, donde continúa el cerco de tejido
olímpico y un portón de acceso vehicular hasta la pared norte del
Galpón Nº 3 (lado B-C). Gira en ángulo de 89°, en sentido oeste-este, y
continúa por la pared norte del Galpón Nº 3 por 21,80 m (lado C-D),
para luego, con ángulo de 265º girar, en sentido norte-sur y,
extenderse por la línea de edificación este del referenciado galpón por
62,20 m (lado D-E). Posteriormente, gira en ángulo de 92°, en sentido
oeste-este, y avanza por una línea imaginaria, desde la zona media del
Galpón Nº 3 hasta el espejo de agua (frente de muelle), por una
distancia de 18,91 m (lado E-F), cerrándose de esta forma el área
propuesta.
b) Sector II (Muelle Terminal de Combustibles Líquidos): Situado en la
posición geográfica 31° 39’ 1” de latitud sur y 60° 41’ 41” de longitud
oeste, se delimita como zona primaria aduanera, la superficie que se
extiende sobre el espejo de agua, incluyendo la totalidad del muelle de
60 m de longitud y sus instalaciones para la operación de buques de
combustibles líquidos, ubicado en la margen oeste del Canal de
Derivación Norte. El lado oeste limita con el camino mejorado, sin
nombre, de circulación restringida. El muelle se encuentra cercado y
con vallado de seguridad en su totalidad.
c) Sector III (Dársena N° 1 Margen Oeste - Sector Sur):
El sector está situado sobre la margen oeste del Canal de Derivación
Norte del Puerto de la ciudad de Santa Fe, en el extremo sur del
mencionado puerto, próximo a la intersección de las calles Avenida de
Circunvalación y 3 de Febrero.
Se encuentra delimitada por el frente de atraque de buques y barcazas
con un largo de DOSCIENTOS DIECINUEVE COMA OCHENTA Y NUEVE METROS
(219,89 m) y un ancho de CINCO COMA TREINTA Y CUATRO METROS (5,34 m)
superficie comprendida por la galería de embarque; la rampa de embarque
que conecta la galería con la tierra, perpendicular a las vías del
ferrocarril, con un largo de CUARENTA Y SEIS COMA CUARENTA Y CINCO
METROS (46,45 m) y un ancho de TRES COMA OCHENTA Y OCHO METROS (3,88
m); en el edificio Elevador de Granos comprende el sector de acceso a
la galería de embarque PRIMER (1°) piso; sector de tolvas y control de
pesaje denominado Básculas CUARTO (4°) piso.
El perímetro da inicio en el punto sur-oeste del PRIMER (1°) piso
-vértice "A"-determinado por el sector de acceso a la galería de
embarque, continua sobre la línea de edificación lateral oeste del
sector dirección NORTE hasta el vértice "B", con una distancia total
desde el vértice "A" hasta el vértice "B" de SEIS COMA TREINTA METROS
(6,30 m). Desde el vértice "B" se hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°)
y en dirección OESTE-ESTE se recorren CUATRO COMA NOVENTA Y OCHO METROS
(4,98 m) hacia el vértice "C" el cual hace un giro de DOSCIENTOS
SESENTA Y SIETE GRADOS (267°) y da inicio al punto SUROESTE del sector
de tolvas y control de pesaje, CUARTO (4°) piso denominado Basculas,
del edificio Elevador de Granos.
Desde allí continúa sobre la línea de edificación sobre el lateral
OESTE en dirección NORTE hacia el vértice "D", con una distancia total
desde el vértice ""C" hasta el vértice "D" de TREINTA COMA CERO CUATRO
METROS (30,04 m).
Desde el vértice "D" se hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y se
recorre en dirección ESTE, SESENTA Y UN CENTÍMETROS (61 cm) hasta el
vértice "E", desde el cual girando DOSCIENTOS SETENTA Y DOS GRADOS
(272°) se continúa en dirección NORTE por línea de edificación lateral
OESTE del sector una distancia de CUATRO METROS (4 m) hasta el vértice
"F".
Desde el vértice "F" se hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y en
dirección ESTE, lateral NORTE de escalera de circulación vertical, se
continúa CINCO METROS (5 m) hasta el vértice "G".
Desde el vértice "G", se vuelve a dar un giro de NOVENTA GRADOS (90°)
para continuar CUATRO METROS (4 m) en dirección SUR hasta el vértice
"H".
Desde el vértice "H" se hace un giro de DOSCIENTOS SETENTA GRADOS
(270°) y se continúa en dirección OESTE-ESTE por línea de edificación y
lateral NORTE del CUARTO (4°) piso hacia el vértice 'T', el cual
pertenece al extremo NORESTE del sector de tolvas y control de pesaje.
Desde el vértice "H" hasta el vértice "T la distancia total es de NUEVE
COMA TREINTA Y CINCO METROS (9,35 m).
Desde el vértice "T' se hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y continúa
en dirección SUR por línea de edificación y lateral ESTE del CUARTO
(4°) piso, VEINTINUEVE COMA NOVENTA Y UN METROS (29,91 m) hacia el
vértice "J", vértice coincidente con extremo OESTE de sector de rampa
de embarque.
El perímetro continúa desde el vértice "J", hace un giro de DOSCIENTOS
SETENTA GRADOS (270°) y en dirección ESTE recorre CUARENTA Y SEIS COMA
CUARENTA Y CINCO METROS (46,45 m) por la línea de edificación y lateral
NORTE de la rampa de embarque hasta el vértice "K" que da inicio al
sector de la galería de embarque. Desde allí se da un giro de
DOSCIENTOS SETENTA GRADOS (270°) y continúa en dirección NORTE por
NOVENTA Y NUEVE COMA CERO UN METROS (99,01 m) hasta el vértice "L",
extremo NORTE de la galería de embarque, se hace un giro de NOVENTA
GRADOS (90°) y en dirección ESTE, continua CINCO COMA TREINTA Y CUATRO
METROS (5,34 m) y se encuentra el vértice "M".
En el vértice "M" se vuelve a hacer un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y
se continúa por el lateral ESTE y frente de la galería de embarque
DOSCIENTOS DIECINUEVE COMA OCHENTA Y NUEVE METROS (219,89 m) hacia el
vértice "N", extremo SUR del sector.
Desde el vértice "N", se hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y
continúa CINCO COMA TREINTA Y CUATRO METROS (5,34 m) en dirección OESTE
hacia el vértice "Ñ".
Desde el vértice "Ñ", extremo SUR-OESTE de la galería de embarque, se
hace un giro de NOVENTA GRADOS (90°) y se continua CIENTO DIECISÉIS
COMA OCHENTA Y OCHO METROS (116,88 m) en dirección NORTE hacia el
vértice "O", coincidente con el extremo ESTE del sector de la rampa de
embarque.
Desde el vértice "O" se vuelve a dar un giro de DOSCIENTOS SETENTA
GRADOS (270°) y se recorren CUARENTA Y SEIS COMA CUARENTA Y CINCO
METROS (46,45 m) sobre línea de edificación y lateral SUR de la rampa
de embarque hacia el vértice "P".
Desde el vértice "P", se da un giro de DOSCIENTOS SETENTA GRADOS (270°)
y se continúa DOS COMA DOCE METROS (2,12 m) en dirección SUR hacia
vértice "Q".
En el vértice "Q", el punto coincide con el extremo SUR-ESTE del PRIMER
(1°) piso, sector de acceso a la galería de embarque, se da un giro de
NOVENTA GRADOS (90°) y se continúa por línea de edificación y lateral
SUR del sector en dirección OESTE hasta encontrarse con el comienzo del
vértice "A", punto inicial de partida.
Desde el vértice "Q" hasta el vértice "A" la distancia total es de VEINTE METROS (20 m).
El área en trato, conforma un polígono cuyos vértices y coordenadas geográficas, se detallan a continuación:
La superficie total del Sector III (Dársena N° 1 Margen Oeste -
Sector Sur) es de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO COMA TREINTA Y DOS
METROS CUADRADOS (1.965,32 m2).
(Inciso c) sustituido por art. 3° inciso a) de la Resolución General N° 5355/2023 de la AFIP B.O. 08/05/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)
II. Croquis de la Zona Primaria Aduanera del Puerto de Santa Fe
(Apartado II sustituido por art. 3° inciso b) de la Resolución General N° 5355/2023 de la AFIP B.O. 08/05/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)