MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Nº 203/2013
Bs. As., 10/5/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0011906/2013 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 1.359 de fecha 5 de
octubre de 2004 y sus modificatorios y complementarios y 673 de fecha 4
de mayo de 2012, la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus
modificatorios y complementarios, se procedió a aprobar la estructura
organizativa del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, incluyendo la parte
correspondiente a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
Que por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus normas modificatorias y
complementarias se aprobaron las aperturas estructurales inferiores,
entre otras, de la Secretaría citada precedentemente.
Que al margen de ello, por la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de
2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las
Coordinaciones de Area correspondientes a su Administración
Centralizada.
Que por el Decreto Nº 673 de fecha 4 de mayo de 2012, se incorporó al
Anexo II del Decreto Nº 1.359/04 y sus modificatorios y
complementarios, la parte correspondiente a la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.
Que resulta necesario adoptar aquellas medidas tendientes a
perfeccionar la organización de la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones a la que se refiere el considerando
precedente.
Que en tal sentido corresponde aprobar las aperturas estructurales inferiores y las Coordinaciones de Area de la misma.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 4°, inciso b) punto 9 del Anexo I a la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones, el Decreto Nº 1.545 de fecha 31 de agosto de 1994,
complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de
1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION y el Decreto Nº 673/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Incorpóranse a la Resolución Nº 779 de fecha 6 de
diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las
aperturas estructurales inferiores de la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación que, como Anexos
I, II y lIIa, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º — Sustitúyese del Anexo II de la Resolución Nº 779 de fecha
6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la
Acción 8 de la Dirección Técnica Operativa dependiente de la Dirección
General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y
NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de
éste Ministerio, el que quedará redactado del siguiente modo:
“8.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación,
coherencia y excelencia de los programas de optimización de la
infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en
la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de
racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la
Comisión de Coordinación Operativa.”
ARTICULO 3º — Incorpóranse a la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril
de 2005 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las
Coordinaciones de Area de la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con las
funciones que se detallan en las Planillas Anexas al presente artículo.
ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el Ejercicio 2013, de la Jurisdicción 50 -
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — HERNAN G. LORENZINO, Ministro de
Economía y Finanzas Públicas.
ANEXO I
ANEXO II
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
DIRECCION DE SOPORTE Y ATENCION AL USUARIO
ACCIONES:
1. Asegurar un debido nivel de atención y soporte a los usuarios
finales en la resolución de los problemas que pueden presentarse
durante el uso de las herramientas de tecnología informática y
comunicaciones.
2. Asegurar el debido nivel de calidad de los servicios prestados,
aplicando el seguimiento y monitoreo de un incidente comunicado por el
usuario, desde su apertura hasta su cierre, haciendo efectiva la
intervención de las distintas áreas involucradas de la Dirección
General.
3. Participar, cuando así le sea requerido, en la organización de
cursos de entrenamiento y capacitación a los usuarios finales y a
capacitadores de otros Organismos para el uso de los distintos
programas informáticos en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
4. Analizar y proponer mejoras e innovaciones, tendientes a optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.
5. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
6. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
7. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y
procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
DIRECCION DE OPERACIONES Y EXPLOTACION
ACCIONES:
1. Asegurar el correcto funcionamiento, disponibilidad y continuidad
operativa de la estructura instalada bajo su ámbito de competencia.
2. Formular criterios y lineamientos generales para el desarrollo de
las actividades relativas a la instalación, configuración,
administración y mantenimiento de equipamiento tecnológico en el centro
de cómputos bajo su competencia.
3. Investigar, analizar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a
optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.
4. Dirigir, controlar, mantener y explotar de forma articulada los proyectos y obras de tecnologías informáticas asignadas.
5. Supervisar la correcta configuración de los componentes intermedios
de software que comunican una aplicación con otras aplicaciones, a
través de software, redes, hardware y/o sistemas operativos.
6. Asistir y asesorar cuando le sea requerido en la aplicación de
mejoras prácticas en materia de base de datos y rendimiento de las
aplicaciones en general.
7. Disponer de los recursos para articular con la Dirección de Soporte
y Atención al Usuario, el soporte requerido a terceras partes o
terceros.
8. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
9. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
10. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y
procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
DIRECCION DE DESARROLLO
ACCIONES:
1. Supervisar la definición metodológica de cada una de las actividades
(evaluación de requerimientos, análisis funcional, análisis de diseño y
modelación, pruebas unitarias, pruebas de casos de uso y pruebas
especiales) que definen los aspectos clave del proceso de desarrollo y
mantenimiento de software y aplicaciones; los roles que deben
participar y la estandarización de los productos intermedios y finales
que deben ser elaborados a lo largo del ciclo de vida del software.
2. Supervisar el diseño, desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones
de la jurisdicción que le sean requeridas, asegurando el cumplimiento
de los plazos y presupuestos establecidos.
3. Promover el cumplimiento de las pautas metodológicas definidas y
participar en los emprendimientos de mejoras a los procesos vinculados
con el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones.
4. Supervisar la puesta en funcionamiento de los proyectos y
aplicaciones, coordinando su accionar con la Dirección de Operaciones y
Explotación.
5. Asistir en la definición de proyectos de desarrollo de software y
aplicaciones de proveedores externos de sistemas informáticos y
servicios relacionados con los sistemas que administra la Dirección
General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, controlando su
ejecución.
6. Garantizar y promover la reutilización de los distintos elementos
que intervienen en las etapas del desarrollo y mantenimiento de
aplicaciones, como estrategia para lograr una mejor calidad y
productividad final.
7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
9. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y
procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
DIRECCION DE INGENIERIA Y COMUNICACIONES
ACCIONES:
1. Analizar, diseñar, desarrollar y coordinar la implantación de
infraestructura tecnológica, comunicaciones y servicios vinculados,
promoviendo el cumplimiento de las pautas metodológicas definidas y
participar en los emprendimientos de mejoras a los procesos asociados
con infraestructura tecnológica, comunicaciones y servicios vinculados.
2. Analizar la utilización de nuevas tecnologías de información que
cubran los requerimientos del organismo, formulando propuestas y planes
de desarrollo e innovación tecnológica para la modernización de las
redes informáticas y de comunicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
3. Analizar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.
4. Supervisar, en lo que es materia de su competencia, la puesta en
funcionamiento de los proyectos, coordinando su accionar con la
Dirección de Operaciones y Explotación.
5. Disponer de los recursos para articular con la Dirección de Soporte
y Atención al Usuario, el soporte requerido a terceras partes o
terceros.
6. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
7. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
8. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y
procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.
ANEXO IIIa
PLANTA PERMANENTE |
|
JURISDICCION: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS |
SECRETARIA: LEGAL Y ADMINISTRATIVA |
ESCALAFON: SISTEMA NACIONAL DEL EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) |
| (niveles escalafonarios) |
|
UNIDAD ORGANIZATIVA | A | B | C | D | E | F | SUBTOTAL |
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES | 1 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 |
DIRECCION DE SOPORTE Y ATENCION AL USUARIO | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
DIRECCION DE OPERACIONES Y EXPLOTACION | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
DIRECCION DE DESARROLLO | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
DIRECCION DE INGENIERIA Y COMUNICACIONES | 0 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
TOTAL | 1 | 6 | 0 | 0 | 0 | 0 | 7 |
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
COORDINACION DE STOCK Y TRATAMIENTO DE MATERIAL EN DESUSO
ACCIONES:
1. Coordinar y supervisar la correcta administración, clasificación y
control de los activos tecnológicos, repuestos y consumibles
almacenados en el depósito de la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, estableciendo stocks mínimos y puntos de
reposición tanto en activos informáticos como en repuestos,
herramientas y consumibles.
2. Asegurar el suministro de los bienes requeridos por las Direcciones
de Soporte y Atención al Usuario, Operaciones y Explotación e
Ingeniería y Comunicaciones, con la finalidad de asegurar la correcta
operación y disponibilidad de servicios, así como de los consumibles
necesarios para su normal desempeño.
3. Formular propuestas y planes de reposición de equipamiento
informático a efectos de cubrir el crecimiento vegetativo y los
requerimientos derivados de proyectos en marcha, asegurando la
obtención de los niveles de rendimiento y confiabilidad de los
servicios establecidos.
4. Proporcionar un único punto de contacto para la recepción de los
activos discontinuados y/u obsoletos de informática, de comunicaciones,
telefonía y circuitos cerrados de televisión, para su tratamiento,
registro y clasificación, de conformidad con lo dispuesto por las
normas legales vigentes, dando intervención a las áreas competentes
pertinentes.
5. Elaborar y proponer la metodología y los mecanismos para determinar
qué activos informáticos, de comunicaciones, telefonía y circuitos
cerrados de televisión deberán ser tratados como residuos.
6. Proponer el piso tecnológico que determine qué activos informáticos,
de comunicaciones, telefonía y circuitos cerrados de televisión, se
encuentran en condiciones de ser donados, procediendo, cuando
corresponda, a su recuperación y acondicionamiento.
7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
9. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y
procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
COORDINACION DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION
ACCIONES:
1. Entender en el desarrollo de acciones tendientes a elevar la
protección de los datos, servicios, infraestructura y parque
tecnológico, de acuerdo a las exigencias de seguridad del modelo de
política de seguridad de la información para organismos de la
Administración Pública Nacional.
2. Verificar los niveles de seguridad y su permanente actualización,
generando informes de diagnóstico y proponiendo las adecuaciones
necesarias tendientes a fortalecer la seguridad.
3. Establecer los mecanismos eficientes y seguros para el control de
accesos lógicos y la integración con otros sistemas de seguridad física.
4. Analizar, evaluar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a
aumentar la seguridad de datos, servicios, infraestructura y parque
tecnológico.
5. Elaborar y proponer los lineamientos para la creación de las normas
y reglamentaciones de uso de herramientas de tecnologías informáticas y
comunicaciones de la Jurisdicción Ministerial.
6. Evaluar soluciones de software y hardware que faciliten el control y
eviten la pérdida y/o robo de información confidencial, con el fin de
mitigar o eliminar los riesgos frente a acciones ilícitas o ataques
desde el interior y exterior de la organización.
7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del
ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos
operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con
el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de
soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes
del equipo de trabajo.
8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y
Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas
con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y
calidad de las actividades del ámbito de su competencia.
e. 16/05/2013 N° 34813/13 v. 16/05/2013