MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución N° 14/2013
Mendoza, 24/5/2013
VISTO el Expediente N° S93:0003071/2013 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, el Artículo 39 de la Ley General de Vinos
N° 14.878, la Resolución N° C.127 de fecha 16 de abril de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, el INSTITUTO DE EDUCACION
SUPERIOR N° 9-024, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS de
la Provincia de MENDOZA que funciona en la Municipalidad de LAVALLE,
solicita la validación del Título “TECNICO SUPERIOR EN ENOLOGIA E
INDUSTRIAS FRUTIHORTICOLAS”, otorgado por dicha Institución, con el
objeto que se incluya como título habilitante para ejercer la actividad
técnica en establecimientos inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA (INV).
Que el Artículo 39 de la Ley N° 14.878 establece que a partir del
volumen mínimo que se fije, las elaboraciones de los productos de la
presente ley, deberán hacerse bajo el control y la responsabilidad
directa y efectiva de un técnico capacitado por título habilitante en
la actividad que se trata.
Que la Resolución N° C.127 de fecha 16 de abril de 1993 en su Punto 5°,
reconoce que los Ingenieros Agrónomos con título otorgado por la
Facultad de Ciencias Agrarias de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO y los
títulos de Enólogos y/o Licenciados en Enología que hayan sido
otorgados por establecimientos educacionales oficiales o privados,
autorizados por el Gobierno Nacional, son los habilitados para asumir
el control y la responsabilidad directa y efectiva de los productos que
se elaboran y fraccionan en los establecimientos inscriptos ante el INV.
Que asimismo la mencionada norma establece en el Punto 7º que toda
documentación que deban presentar los inscriptos ante el INV, deberá
ser suscripta por el técnico responsable del establecimiento, por lo
que las dependencias del Organismo de cada jurisdicción, abrirán el
respectivo Registro de Firmas con la finalidad de asentar los datos del
técnico de cada establecimiento.
Que, atento los antecedentes obrantes en el presente expediente, se
considera que el título otorgado por el establecimiento citado en el
primer considerando reúne las condiciones para ser habilitado a fin de
ejercer la profesión de la enología y para firmar toda documentación
oficial que se presente en este Instituto.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Incorpórase a la
Resolución N° C.127 de fecha 16 de abril de 1993, el Título de “TECNICO
SUPERIOR EN ENOLOGIA E INDUSTRIAS FRUTIHORTICOLAS”, otorgado por el
INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR N° 9-024, dependiente de la DIRECCION
GENERAL DE ESCUELAS de la Provincia de MENDOZA, habilitándolo para
asumir la conducción técnica de establecimientos inscriptos ante el
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, con la finalidad de hacerse
cargo del control y la responsabilidad directa y efectiva de los
productos que se elaboren, conserven y/o fraccionen en dichos
establecimientos.
2° — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA,
Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.
e. 31/05/2013 N° 39563/13 v. 31/05/2013