MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 468/2013
Bs. As., 4/6/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0320307/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19
de mayo de 2005 y 901 de fecha 19 de diciembre de 2006, ambas de la ex
- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 901 de
fecha 19 de diciembre de 2006, ambas de la ex - SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, se crea el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA
ELECCION NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A
NATURAL CHOICE”, y se delega la facultad de realizar las gestiones
necesarias para la administración y el registro de los productos
cesionarios del referido Sello en la ex- Dirección Nacional de
Alimentos de la entonces SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y
ALIMENTOS de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que mediante la Resolución Nº 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se aprueban las segundas
aperturas de la estructura organizativa, creando la Dirección de
Agroalimentos dependiente de la Dirección Nacional de Procesos y
Tecnologías dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y
NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del citado Ministerio.
Que actualmente, es la aludida Dirección de Agroalimentos quien tiene
entre sus principales acciones: Administrar el Sello de Calidad
“ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y sus versiones en otros
idiomas; promover la adopción de procesos que aseguren la calidad,
especialmente aquellos relacionados con las buenas prácticas y
mecanismos de certificación voluntaria; asistir en la coordinación y
ejecución del PROGRAMA DE CALIDAD DE ALIMENTOS y, coordinar las
actividades vinculadas con el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR
(VALORAR), aprobado por la Resolución Nº 132 de fecha 19 de febrero de
2009 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION.
Que en el mundo globalizado de nuestros días, se advierte que tanto
clientes como consumidores, han elevado y diversificado el grado de
exigencia respecto a la calidad de los alimentos y bebidas, en virtud
del aumento de la información disponible y la enorme oferta y variedad
de productos, convirtiendo a la imagen de un país y de sus productos en
uno de sus principales activos, motivo por el cual se intenta crear una
percepción que asocie: PRODUCTO - PAIS DE ORIGEN - CALIDAD
DIFERENCIADA. En igual sentido, se observa que los consumidores son
selectivos y tienden a privilegiar la adquisición de productos al
momento de elegir, cuando se les ofrecen garantías para los alimentos
que cumplen con características y exigencias de Calidad Diferenciada.
Que se debe ponderar la amplia variedad agroalimentaria que produce la
REPUBLICA ARGENTINA, con atributos, características y autenticidad
vinculados al origen de las materias primas, las prácticas de
elaboración, los sistemas que aseguran su naturalidad y altos
estándares de calidad, que pueden beneficiarse del citado Sello como
herramienta de agregado de valor respaldada por la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de este Ministerio y, creada para
procurar el reconocimiento de nuestra industria alimentaria y,
posicionar a los Alimentos Argentinos acentuando la identificación de
nuestro país como un proveedor de los mismos.
Que existe una creciente experiencia nacional e internacional en
materia de identificación de productos mediante sellos, símbolos o
logotipos que avalan la calidad de los mismos en forma inmediatamente
visible, permitiendo al consumidor disminuir los costos de la
transacción, y por ende, una elección simple y rápida dentro del
conjunto ofertado, y en respeto a las reglas de la sana competencia.
Que en función de lo expuesto y dado que a la fecha, ya existen SETENTA
Y NUEVE (79), productos distinguidos con el citado Sello de Calidad y,
numerosas empresas o productores tienen iniciadas las tramitaciones
para obtener el derecho de uso del aludido Sello, siendo preciso
formalizar la creación del equipo de trabajo de dicho Sello, para una
mejor gestión y administración de esta herramienta de calidad.
Que el Artículo 1º, inciso b), de la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 prevé que los trámites administrativos deben
efectuarse con celeridad, economía, sencillez y eficacia.
Que el Artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos,
Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991, establece que “...Los ministros,
secretarios de PRESIDENCIA DE LA NACION y órganos directivos de entes
descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores
jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos
internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y
eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y
avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma
hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior...”.
Que a fin de permitir a los funcionarios jerárquicos concentrar su
atención en las cuestiones fundamentales que hacen a la política de
Gobierno, es imprescindible establecer mecanismos de delegación de
funciones, de acuerdo a lo previsto por la legislación vigente.
Resultando necesario, que a efectos del adecuado cumplimiento de las
funciones impuestas por las resoluciones precitadas, con racionalidad y
agilidad de gestión, se asignen las funciones de Coordinador del citado
Sello de diferenciación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Créase un equipo de trabajo en el ámbito de la Dirección
de Agroalimentos dependiente de la Dirección Nacional de Procesos y
Tecnologías de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS
TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la responsabilidad de
asistir a dichas unidades en el cumplimiento de las acciones asignadas
por la Resolución Nº 1.091 de fecha 26 de octubre de 2012 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como asimismo, velar y
hacer cumplir lo establecido por las Resoluciones Nros. 392 y 901, de
fecha 19 de mayo de 2005 y de fecha 19 de diciembre de 2006,
respectivamente, ambas de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Dicho equipo de trabajo estará integrado por agentes de la Dirección de
Agroalimentos.
ARTICULO 2º — Determínase que el equipo de trabajo creado por el
artículo precedente, será coordinado por el agente D. Cristian Ezequiel
TORRANDELL (M.I. Nº 22.077.078), el cual se desempeña a cargo de dicha
área responsable de la administración del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS
UNA ELECCION NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A
NATURAL CHOICE”, desde el 3 de abril de 2012.
ARTICULO 3º — La medida dispuesta por la presente resolución no
implicará costo fiscal alguno, ni la creación de nuevas estructuras.
ARTICULO 4º — Determínase que para el desarrollo de las funciones, se
contará con la asistencia de agentes vinculados al MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a través de las normas vigentes que
regulan el Empleo Público.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR, Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 12/06/2013 N° 43383/13 v. 12/06/2013