PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE CULTURA

Resolución Nº 3027/2013

Bs. As., 3/6/2013

VISTO el Expediente Nº 5478/2013 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACION, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los objetivos de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se encuentran los de contribuir permanentemente a la difusión del conocimiento y a un mayor acceso a la cultura.

Que en este marco, la conformación de una BIBLIOTECA FEDERAL DIGITAL cumpliría con ese objetivo enriqueciendo el acervo cultural de la Nación, garantizando el consumo igualitario de los bienes culturales autorales.

Que la creación de la BIBLIOTECA FEDERAL DIGITAL constituye una herramienta digital de conocimiento esencial para las tareas preparatorias y el desarrollo de los Congresos Argentinos de Cultura como así también de los diversos programas de formación en gestión cultural pública que se desarrollan en esta Secretaria.

Que la BIBLIOTECA FEDERAL DIGITAL seleccionará y publicará obras de diferentes autores, protegiendo los correspondientes derechos autorales según el marco legal de protección argentino.

Que es necesario aprobar los objetivos de la Biblioteca mencionada en los considerandos precedentes a través del Anexo I de la presente resolución.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Secretaría.

Que el gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto financiero vigente del año en curso, asignadas a la JURISDICCION 20 - SUBJURISDICCION 14.

Que la presente se dicta en el marco de las misiones y funciones asignadas a esta Secretaría por Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Confórmase la BIBLIOTECA FEDERAL DIGITAL en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 2° — Apruébanse los objetivos, que son los detallados en el Anexo I de la presente resolución, para LA BIBLIOTECA mencionada en el artículo precedente.

ARTICULO 3° — Será la autoridad de aplicación y la encargada de la instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento, la Unidad Secretario bajo la supervisión de la Directora Nacional de Acción Federal, Dra. María Elena TRONCOSO DNI Nº 24.332.774.

ARTICULO 4° — El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto vigente financiero del año en curso, asignadas a la JURISDICCION 20 - SUBJURISDICCION 14.

ARTICULO 5° — Regístrese, publíquese, y oportunamente archívese. — JORGE COSCIA, Secretario de Cultura, Presidencia de la Nación.

ANEXO I

OBJETIVOS

LA BIBLIOTECA tendrá los siguientes objetivos:

a) Rescatar, preservar, difundir y divulgar los aportes teóricos de escritores relacionadas a las temáticas elegidas, en soporte digital.

b) Brindar una herramienta esencial de conocimientos para las tareas preparatorias y el desarrollo de los Congresos Argentinos de Cultura, como así también de los diversos programas de formación en gestión cultural publica que lleva adelante LA SECRETARIA.

e. 19/06/2013 N° 45543/13 v. 19/06/2013