MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


Resolución Nº 274/2013


Bs. As., 18/6/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0513107/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 949 del 28 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE y 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece que las Provincias deben elaborar un Programa Regional que, de acuerdo con las características de las áreas y explotaciones a sanear basados en un diagnóstico de situación inicial que determine el estado sanitario poblacional de la Tuberculosis Bovina, podrán desarrollar un Programa de control, erradicación y/o zona libre.

Que la mencionada Resolución Nº 128/12, en su Artículo 81, referido a los compromisos y responsabilidades de otros organismos ejecutores operativos, contempla la existencia de los Entes Sanitarios Locales como estructura sanitaria privada sin fines de lucro, otorgándole en su “inciso c” la coordinación técnica ejecutiva del programa local.

Que a través de la Resolución Nº 949 del 28 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE, se crea el Plan Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, bubalina, ovina, caprina y porcina de la Provincia de SANTA FE.

Que la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la mencionada provincia, solicita la aprobación de dicho Plan Regional, mediante la homologación, por parte del SENASA, de la citada Resolución Nº 949/12.

Que el Plan Regional contempla la administración y financiación a cargo de los productores y Entes Sanitarios locales creados en cada departamento, es decir que no representan erogación extra para el Estado Nacional.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Plan Regional Santa Fe. Aprobación: se aprueba el Plan Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, bubalina, ovina, caprina y porcina de la Provincia de SANTA FE, el cual ha sido aprobado por la Resolución Nº 949 del 28 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE.

ARTICULO 2° — Vigencia: la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3° — De forma: comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S. MIGUEZ, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

                                                     e. 26/06/2013 N° 47382/13 v. 26/06/2013