MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución 633/2013
Sistema de Administración y
Distribución de Cupos otorgados al Mercosur por Terceros Países o
Grupos de Países. Autoridad Nacional Certificadora. Designación. Créase
Registro.
Bs. As., 8/7/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0020847/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 31 de fecha 15 de junio de 2010 del Grupo
Mercado Común del MERCOSUR, se aprobó el “Sistema de Administración y
Distribución de Cupos Otorgados al MERCOSUR por Terceros Países o
Grupos de Países” (SACME) para su aplicación a las exportaciones de
productos originarios del MERCOSUR.
Que conforme a los puntos 4.1 y 4.2 del Anexo I de la citada Resolución
Nº 31/10, cada Estado Parte determinará la modalidad interna de
distribución y administración de la parte que le corresponda del cupo
del MERCOSUR entre sus exportadores, sin exceder el volumen otorgado a
cada uno de ellos.
Que en el Punto 2.8. del Anexo I a la mencionada resolución se
establece que el Punto Focal Nacional será el único responsable en el
respectivo Estado Parte por el intercambio de información con la
Secretaría del MERCOSUR, con los Puntos Focales de los demás Estados
Partes y con los demás órganos, agencias y entidades involucradas en el
proceso de administración, gestión y utilización de los cupos en el
Respectivo Estado Parte.
Que en el Punto 2.9. del Anexo I a la mencionada resolución se
establece que la Autoridad Nacional Certificadora será la entidad
nacional de cada Estado Parte responsable de la gestión y
administración de los cupos de los cuales el respectivo Estado Parte es
beneficiario en virtud de un acuerdo comercial celebrado entre el
MERCOSUR y terceros países o grupos de países.
Que el punto precitado establece asimismo que la Autoridad Nacional
Certificadora es responsable por la emisión de los Certificados de
Autorización de Cupos y de los Certificados de Anulación de Cupos.
Que resulta necesario designar, en el ámbito del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a la Autoridad Nacional Certificadora
del “Sistema de Administración y Distribución de Cupos Otorgados al
MERCOSUR por Terceros Países o Grupos de Países” (SACME).
Que a fin de promover el acceso de las personas físicas o jurídicas
comercializadoras de los productos comprendidos en el referido sistema,
resulta necesario la creación de los Registros para Exportadores en los
que deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas interesadas en
la exportación de los productos comprendidos en el “Sistema de
Administración y Distribución de Cupos Otorgados al MERCOSUR por
Terceros Países o Grupos de Países” (SACME) creado por la Resolución Nº
31 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR del 15 de junio de 2010, como
así también designar a las dependencias del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA que tendrán a su cargo la administración de los
mismos.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo previsto en la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase a la
Dirección Nacional de Gestión y Análisis de Políticas Ministeriales
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA de la
SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA como Autoridad Nacional Certificadora en el ámbito del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del “Sistema de
Administración y Distribución de Cupos Otorgados al MERCOSUR por
Terceros Países o Grupos de Países” (SACME) conforme lo dispuesto por
la Resolución Nº 31 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR de fecha 15 de
junio de 2010, con las facultades previstas en el Punto 5.3. del Anexo
I a la citada resolución.
Art. 2° — Créase en el ámbito
de la Dirección Nacional de Gestión y Análisis de Políticas
Ministeriales de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA de la
SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el
Registro para Exportadores de Productos Agroalimentarios y Productos de
la Pesca para la Exportación de los Cupos Asignados a la REPUBLICA
ARGENTINA según el “Sistema de Administración y Distribución de Cupos
Otorgados al MERCOSUR por Terceros Países o Grupos de Países” (SACME)
aprobado por la Resolución Nº 31 de fecha 15 de junio de 2010 del Grupo
Mercado Común del MERCOSUR.
Art. 3° — Instrúyese a la
SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA para que por intermedio de la Dirección
de Agroalimentos de la Dirección Nacional de Procesos y Tecnologías,
y/o la Dirección que oportunamente mantenga la competencia, analice y
proponga a la Autoridad Nacional Certificadora aquellas empresas
interesadas en la exportación de productos agroalimentarios sujetos a
los cupos preferenciales concedidos al MERCOSUR.
Art. 4° — Instrúyese a la
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA para
que por intermedio de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera,
y/o la Dirección que oportunamente mantenga la competencia, analice y
proponga a la Autoridad Nacional Certificadora aquellas empresas
interesadas en la exportación de productos de la pesca sujetos a los
cupos preferenciales concedidos al MERCOSUR.
Art. 5° — La SUBSECRETARIA DE
AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS y la SUBSECRETARIA DE PESCA Y
ACUICULTURA, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, remitirán a la
Dirección Nacional de Gestión y Análisis de Políticas Ministeriales
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA de la
SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del citado Ministerio en su carácter de Autoridad Nacional
Certificadora del “Sistema de Administración y Distribución de Cupos
Otorgados al MERCOSUR por Terceros Países o Grupos de Países” (SACME)
las actuaciones referidas a la distribución de cupos a fin de que tome
la intervención de su competencia y realice las comunicaciones
pertinentes al Punto Focal.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto G. Yauhar.