MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 663/2013
Bs. As., 22/7/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0519849/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 68 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la
entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex
- MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por su similar Nº 88
de fecha 23 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, se estableció una escala de pesos mínimos para la
comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales
bovinos de las categorías mamones y terneros (machos y hembras).
Que se encuentran exceptuados de su cumplimiento los establecimientos
faenadores situados en la región denominada PATAGONIA SUR, establecida
por la Resolución Nº 58 de fecha 24 de mayo de 2001 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
(SENASA), y a los establecimientos faenadores situados en las
Localidades de San Carlos de Bariloche y de Ingeniero Jacobacci, ambas
de la Provincia de RIO NEGRO, incluidas estas últimas localidades en la
región denominada PATAGONIA NORTE B según la referida Resolución Nº
58/01.
Que mediante la Resolución Nº 109 de fecha 26 de febrero de 2007 del
citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la
ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se declaró al territorio
que conforman las Regiones PATAGONIA SUR y PATAGONIA NORTE B, como
“Zona Libre de Fiebre Aftosa que no practica la vacunación”.
Que mediante la Resolución Nº 471 de fecha 22 de junio de 2012 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se modificó la mencionada
Resolución Nº 68/07, ampliando la excepción a la totalidad de la región
PATAGONIA NORTE B.
Que mediante la Resolución Nº 141 de fecha 28 de febrero de 2013 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se instruyó al SENASA al
dictado de las normas reglamentarias con el objeto de lograr el estatus
sanitario “Libre de Fiebre Aftosa que no practica la vacunación” de la
zona actualmente denominada PATAGONIA NORTE A.
Que mediante la Resolución Nº 82 de fecha 1 de marzo de 2013 del citado
Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, dictó la reglamentación
solicitada, quedando la región PATAGONIA NORTE A en iguales condiciones
en lo que respecta a las limitaciones de movimientos de hacienda
derivados de su estatus sanitario que las regiones PATAGONIA NORTE B Y
PATAGONIA SUR.
Que en este sentido obra una presentación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la Provincia de RIO NEGRO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto
administrativo en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios
(texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, por el
Artículo 37 del Decreto Nº 2.284 de fecha 31 de octubre de 1991,
modificado por su similar Nº 2.488 de fecha 26 de noviembre de 1991,
ambos ratificados por Ley Nº 24.307, y por la Resolución Nº 259 del 26
de febrero de 1992, modificada por su similar Nº 103 del 24 de enero de
1994, ambas del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el Artículo 5° de la Resolución Nº 68 de
fecha 28 de diciembre de 2007 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, modificada por sus similares Nros. 88 de fecha 23 de marzo
de 2010 y 471 de fecha 22 de junio de 2012, ambas del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“ARTICULO 5º.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto por la
presente resolución, al sacrificio de animales efectuado en
establecimientos faenadores situados en las regiones establecidas por
la Resolución Nº 58 de fecha 24 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, denominadas PATAGONIA
NORTE A, PATAGONIA NORTE B y PATAGONIA SUR.”
ARTICULO 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR, Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 30/07/2013 N° 57045/13 v. 30/07/2013