MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución Nº 439/2013

Bs. As., 12/8/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0170570/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y 927 de fecha 21 de julio de 2009, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa Nº 1.179 de fecha 19 de noviembre de 2012, las Resoluciones Nros. 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 y 209 de fecha 22 de abril de 2005 y sus modificaciones, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel de apertura de la Administración Centralizada del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la que incluye la organización del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado bajo la dependencia directa del suscripto.

Que, por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 y sus modificaciones del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las aperturas estructurales inferiores pertinentes, mientras que por la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 y sus modificaciones, de la misma Cartera de Estado, se aprobaron las Coordinaciones de Area correspondientes a la Administración Centralizada de este Ministerio.

Que, por el Decreto Nº 927 de fecha 21 de julio de 2009, entre otras consideraciones, se creó el cargo de Director Técnico en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, quien asumió todas las funciones que hasta entonces estaban asignadas a la Dirección Adjunta, y que es el responsable del diseño, desarrollo y ejecución de los diversos programas de trabajo del organismo.

Que, a raíz del notable incremento de actividades acaecido y la experiencia adquirida a través del tiempo transcurrido, se torna indispensable incorporar a la organización del Instituto mencionado, los cargos de conducción que posibiliten una inmediata optimización de su funcionamiento.

Que en tal sentido, por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1.179 de fecha 19 de noviembre de 2012, se facultó al suscripto a aprobar TRES (3) cargos de conducción en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la pertinente intervención.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex - SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA LA NACION, el Artículo 4°, inciso b), punto 9 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 1.179/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Incorpóranse a la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones, las Coordinaciones del Sistema de Información Geográfica, de Cartografía y de Muestreo, todas ellas dependientes del Director Técnico del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en la órbita de la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las que quedarán conformadas de acuerdo con el detalle que obra en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — HERNAN G. LORENZINO, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECTOR TECNICO

COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION GEOGRAFICA

ACCIONES

1. Promover el desarrollo de aplicaciones para la gestión y actualización de las bases de datos geoespaciales, así como también el uso de la geocodificación en todos los operativos del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, diferenciando las unidades geográficas utilizadas para relevar los datos en los operativos, de aquellas que será conveniente usar para almacenar y/o difundir la información.

2. Diseñar, implementar y mantener el Sistema de Información Geográfica (SIG) a través del desarrollo de herramientas que faciliten los procedimientos de centralización y uniformización de la información cartográfica a fin de contribuir a la creación de pautas de armonización de la información geoestadística producida.

3. Relevar insumos para la alimentación del Sistema de Información Geográfica (SIG), analizando la información temática producida por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS susceptible de ser especializada, permitiendo identificar variables o indicadores de interés para ser mapeados.

4. Impulsar el desarrollo de un diccionario de toponimia y geocodificación de la información producida por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

5. Intercambiar la información geoestadística intrainstitucional, implementando sistemas informáticos a fin de centralizar la información en bases de datos geoespaciales, para facilitar su acceso desde las distintas áreas; además de facilitar y mejorar el intercambio de la información con otros organismos estatales, así como la difusión hacia el público en general.

6. Incentivar a las áreas productoras de datos a incorporar la dimensión espacial en el análisis de la información; igualmente incorporar el análisis espacio-temporal de la información a fin de que la georeferenciación de los datos actuales e históricos permita realizar un seguimiento de cambios socio-demográficos y económicos a lo largo del tiempo para un lugar dado.

7. Definir pautas de difusión de datos estadísticos especializados; asimismo, desarrollar aplicativos para la difusión de cartografía temática y contribuir a la determinación de pautas de distribución de la información geoespacial, todo ello en particular vía Web.

8. Analizar la factibilidad de incorporar tecnología con vistas a la interoperabilidad a través de servicios Web (Web Mat Service y Web Feature Service).

9. Gestionar una participación activa del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS en las distintas inciativas interinstitucionales referidas a la gestión de datos geoespaciales (Infraestructura de Datos Espaciales de la REPUBLICA ARGENTINA (IDERA), Grupo de Proveedores de Información Primaria (GPIP), etcétera).

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECTOR TECNICO

COORDINACION DE CARTOGRAFIA

ACCIONES

1. Establecer normas y pautas para elaboración de cartografía del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y del Sistema Estadístico Nacional (SEN).

2. Articular la Base Geográfica Digital para los diferentes operativos estadísticos, controlando el estándar de los archivos cartográficos digitales utilizados en el Instituto y en las distintas Direcciones Provinciales de Estadística (DPE), con el registro de la segmentación.

3. Recepcionar y controlar los archivos digitales de cada provincia para la presentación de datos a todos los niveles de desagregación; así también fijar las pautas y normas de control para la generación y georeferenciación de los archivos cartográficos digitales para todos los operativos estadísticos que se realicen en el Territorio Nacional, con inclusión de toda la información relativa a la ubicación geográfica a los distintos niveles jurisdiccionales.

4. Elaborar las normas relativas a la consistencia de datos de toda la estructura censal, de aplicación a nivel del Sistema Estadístico Nacional (SEN).

5. Determinar las pautas para la actualización continua de la Base Geográfica Digital en base a actualizaciones cartográficas, conteo y/o listados de viviendas en campo, archivos digitales provistos por otros organismos o empresas.

6. Elaborar un diccionario único de calles, fijando las normas y aplicaciones informáticas para la obtención de un diccionario único de calles a nivel país.

7. Colaborar con el Marco Muestral Nacional de Viviendas y las Encuestas a Hogares, proveyendo la estructura cartográfica y elaborando los planos y/o croquis utilizados para realizar las encuestas.

8. Codificar y delimitar la cartografía de las distintas unidades administrativas y censales fijando la nómina de localidades según el concepto de “localidad censal”, como así también la codificación del Sistema de Información de Estadística Local (SIEL) en lo que concierne a Gobiernos Locales, en coordinación con los organismos de gobierno con competencia en la materia.

9. Realizar el mapeo de los resultados obtenidos en los operativos que así lo requieran.

10. Participar en el equipo que desarrolla el proyecto y provisión de normativas con las que se elabora el Sistema de Información Geográfica.

11. Generar productos cartográficos, tanto archivos en formato digital como en soporte papel, para usuarios externos y diseñar paquetes de productos para grandes y pequeños usuarios.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECTOR TECNICO

COORDINACION DE MUESTREO

ACCIONES

1. Coordinar las tareas de diseño, selección y relevamiento de las muestras a aplicar en los Censos de Población.

2. Definir las metodologías de ponderación y calibración de las muestras a aplicar en las Muestras Censales.

3. Coordinar la implementación de procedimientos estadísticos automáticos para la edición, depuración e imputación de censos y encuestas.

4. Definir luego de cada Censo de Población los lineamientos de los rediseños de las Muestras Maestras para las Encuestas a Hogares relevadas en el marco del Sistema Estadístico Nacional (SEN).

5. Diseñar las metodologías de ponderación y calibración de las muestras a hogares relevadas en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

6. Participar en la definición de las pautas y procedimientos para la construcción de los Directorios de domicilios surgidos en los Censos de Población.

7. Coordinar los procesos de diseño y ponderación de las Encuestas a Empresas.

8. Asesorar en la implementación del software estadístico para la selección y análisis de las encuestas a Unidades Económicas.

9. Establecer las pautas estadísticas y estándares para el control de calidad de los materiales a utilizar en los censos y encuestas relevados o coordinados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

e. 16/08/2013 N° 62622/13 v. 16/08/2013