MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 2840/2013
Bs. As., 27/9/2013
VISTO el Expediente Nº 231.580/2013 del Registro de la SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 26.682, los Decretos Nº 1172/2003-PEN,
Nº 1991/2011-PEN y Nº 1993/2011-PEN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.682 establece el marco regulatorio de la Medicina
Prepaga y el artículo 4° del Decreto Nº 1993/2011-PEN , reglamentario
de dicha Ley, determina que el MINISTERIO DE SALUD es la autoridad de
aplicación de la citada norma legal, a través de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD organismo descentralizado de su jurisdicción.
Que el artículo 10 de la Ley mencionada prevé que la Autoridad de
Aplicación autorice valores diferenciales debidamente justificados para
la admisión de usuarios que presenten enfermedades preexistentes.
Que el Decreto Nº 1993/2011-PEN, en referencia al artículo 10 de la
Ley, dispone que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD establecerá
y determinará las situaciones de preexistencia de alto costo.
Que dicho artículo del Decreto Reglamentario considera que las
situaciones de preexistencia de alto costo y baja incidencia son
aquellas en que el tratamiento pone en riesgo económico a las partes
intervinientes.
Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en calidad de Autoridad
de Aplicación de la norma legal, debe establecer las pautas
regulatorias para las preexistencias referidas en el considerando
anterior.
Que atento a ello, en esta instancia se estima necesario convocar a una
consulta en el marco del Reglamento General para la Elaboración
Participativa de Normas, establecido en el Anexo V del Decreto Nº
1172/2003-PEN, a fin que los sujetos comprendidos en el artículo 1° de
la Ley Nº 26.682 y toda persona física o jurídica, pública o privada,
que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia
colectiva presenten propuestas por escrito respecto a las posibles
modalidades de financiamiento, reaseguro, valores diferenciales y/o
sistemas solidarios para la cobertura de las prestaciones de alto costo
en el sistema de medicina prepaga.
Que las propuestas deberán estar debidamente fundadas en términos de
capacidad de financiamiento y sustentabilidad, sobre la base de
estudios actuariales e información epidemiológica del sector.
Que las sugerencias respecto a modalidades de financiamiento incluidas
en las propuestas deben basarse en un criterio de financiamiento
colectivo y contemplar, además, tanto las prestaciones de alto costo
que se brinden a las personas ya afiliadas a una Entidad de Medicina
Prepaga como las preexistencias en nuevas afiliaciones.
Que se incorpora, como ANEXO I, el FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE
OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA
DE NORMAS a fin de ingresar las apreciaciones a este organismo.
Que el plazo para la presentación de propuestas será de TREINTA (30) días, ante la Mesa de Entradas de este organismo.
Que las Gerencias de Gestión Estratégica, de Control Prestacional, de
Asuntos Jurídicos, así como la Gerencia General, han tomado la
intervención de sus respectivas competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones
conferidas por los Decretos Nº 1615/1996-PEN y Nº 1008/2012-PEN.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — CONVOCASE a la presentación de propuestas por escrito
sobre posibles modalidades de financiamiento, reaseguro, valores
diferenciales y/o sistemas solidarios para la cobertura de las
prestaciones de alto costo en el Sistema de Medicina Prepaga, en el
marco del Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas
establecido en el Anexo V del Decreto Nº 1172/03-PEN.
ARTICULO 2° — INVITASE a los sujetos comprendidos en el artículo 1° de
la Ley Nº 26.682 (modificado por el Decreto Nº 1991/11-PEN) y a toda
persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o
interés simple, difuso o de incidencia colectiva a presentar sus
propuestas relacionadas con esta convocatoria ante la Mesa de Entradas
de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, por el plazo de TREINTA
(30) días mediante el FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y
PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS
que se aprueba en este acto y se incorpora como ANEXO I de la presente.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 389/2014 de
la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 19/3/2014 se prorroga
desde su vencimiento y por el término de
SESENTA (60) días computados a partir de la publicación de la
Resolución de referencia la presentación de propuestas sobre posibles
modalidades de
financiamiento, reaseguro, valores diferenciales y/o sistemas
solidarios para la cobertura de las propuestas de alto costo en el
sistema de Medicina Prepaga y en el marco del Reglamento General para
la Elaboración Participativa de Normas aprobado como Anexo V del
Decreto Nº 1172/2003, debiéndose respetar las modalidades establecidas
por la presente Resolución)
ARTICULO 3° — HABILITASE a los fines de recibir comentarios informales
que serán publicados en la página web, la dirección de correo
electrónico catastroficasemp@sssalud.gov.ar y la dirección postal
correspondiente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, sita en
Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530 (C1035AAN) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese por DOS (2) días en
el Boletín Oficial de la República Argentina y durante QUINCE (15) días
en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Pase a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
— LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de
Salud.
ANEXO I
FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS
NUMERO DE PRESENTACION
• DATOS DEL PRESENTANTE
1. NOMBRE Y APELLIDO:
2. DNI:
3. FECHA DE NACIMIENTO:
4. LUGAR DE NACIMIENTO:
5. NACIONALIDAD:
6. DOMICILIO:
7. TELEFONO PARTICULAR/CELULAR:
8. TELEFONO LABORAL:
9. DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO:
10. CARACTER EN QUE SE PRESENTA (marcar con una cruz lo que corresponde)
( ) Particular interesado (persona física)
( ) Representante de Persona Jurídica (
1)
(1) En caso de actuar como representante de PERSONA JURIDICA, indique los siguientes datos de su representada:
DENOMINACION/RAZON SOCIAL:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERIA INVOCADA:
• CONTENIDO DE LA OPINION Y/O PROPUESTA
En caso de adjuntarla/s por instrumento separado, marcar la opción correspondiente (
2)
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(2) ( ) Se adjunta informe por separado.
• DETALLE DE LA DOCUMENTACION ACOMPAÑADA
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e. 04/10/2013 Nº 78469/13 v. 07/10/2013