CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

Decreto 1653/2013


Decretos N° 678/2003 y N° 1836/2009. Modificación.


Bs. As., 23/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1316/2013 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002, Nº 1195 del 5 de julio de 2002, Nº 678 del 25 de marzo de 2003, Nº 78 del 12 de diciembre de 2007, Nº 1836 del 24 de noviembre de 2009 y Nº 1965 del 23 de noviembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Decreto Nº 357/02, se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

Que en función del Decreto Nº 1195/02 y sus modificatorios, el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION se encuentra conformado por los siguientes organismos: la UNIDAD DE COORDINACION TECNICA; el actual CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES y la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS).

Que por medio del Decreto Nº 678/03, se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, oportunamente, mediante los Decretos Nros. 78/2007, 1836/09 y 1965/11 se modificó la estructura organizativa de las aperturas inferiores del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que resulta menester efectuar adecuaciones operativas en el funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la consecuente modificación de su estructura organizativa, a efectos de dotarla de los instrumentos necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.

Que han tomado intervención la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo la del artículo 1° del Decreto Nº 1836/09 y sus modificatorios, por la Planilla que con igual denominación forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° — Incorpóranse al Anexo II del artículo 1° del Decreto Nº 1836/09 y sus modificatorios, las Acciones correspondientes al AUDITOR INTERNO ADJUNTO de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 3° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, aprobado por la Ley Nº 26.784 - Recursos Humanos - en la parte correspondiente a la Jurisdicción 20-16 CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 4° — Sustitúyese el Anexo III —DOTACION— al artículo 1° del Decreto Nº 678/03 y sus modificatorios del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el detalle que se aprueba como Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes de la Jurisdicción 20-16 CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Alicia M. Kirchner.

Anexo I a


Planilla Anexa al Artículo 2°

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

SECRETARIA EJECUTIVA

Unidad de Auditoría Interna

Auditor Interno Adjunto

ACCIONES:

1. Intervenir en la elaboración del Plan General y Anual de Auditoría, asesorando y coordinando la acción de las distintas áreas.

2. Programar las tareas relativas al cumplimiento de la planificación anual.

3. Colaborar con el Auditor Interno en la aplicación efectiva de las acciones relativas a los estudios especiales que le sean requeridos.

4. Evaluar el cumplimiento de los objetivos previstos en los planes de acción y analizar los desvíos localizados, relativos a la actuación conjunta de la Unidad.

5. Producir los proyectos de informes de auditoría relativos a la auditoría contable y operativa, elevándolos a consideración del Auditor Interno Titular.

6. Participar a los responsables de las áreas legal e informática para evaluar los aspectos propios de su materia en todos los proyectos de informes de auditoría, a efectos de que los mismos contemplen el análisis integral de los temas en cuestión.

7. Colaborar interactivamente con los responsables de las demás áreas de la auditoría cuando el estudio de los temas en análisis merezcan opiniones consensuales.

8. Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, la previsión de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas.

9. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer el sistema de control interno.

10. Reemplazar al Auditor Interno Titular en caso de ausencia o impedimento temporal en el ejercicio de sus funciones.

Planilla Anexa al Artículo 3°

PRESUPUESTO 2013

JURISDICCION 20- PRESIDENCIA DE LA NACION.

SUBJURISDICCION 16: CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.

PROGRAMA 21 - Asistencia y Coordinación de Políticas Sociales

ACTIVIDAD 01- ACTIVIDADES CENTRALES

CARGOS O CATEGORIACANTIDAD DE
CARGOSHORAS DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SI.N.E.P. Decreto Nº 2098/08

A

Subtotal Escalafón

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SI.N.E.P. Decreto Nº 2098/08

D

Subtotal Escalafón

TOTAL PROGRAMA




+1

+1





-1

-1

0

 
Planilla Anexa al Artículo 4°