MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 2253/2013
Desígnase el Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales.
Bs. As., 19/12/2013
VISTO el Expediente Nº 51.732 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 1536 de fecha 8 de octubre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1536/13 se designó Subsecretario de Desarrollo de
Inversiones y Promoción Comercial de la SECRETARIA DE RELACIONES
ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO al Licenciado D. Adrián Roberto NADOR.
Que resulta necesaria la reasignación de funciones dentro de la órbita
de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que conforme lo determina el Artículo 6° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación Nº 20.957, es competencia del PODER EJECUTIVO
NACIONAL asignar la categoría de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, para la
realización de cometidos especiales y concretos, y mientras duren los
mismos.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas
por los Artículos 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº
20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase
Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la
SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al Licenciado D. Adrián Roberto NADOR
(D.N.I. Nº 23.505.444), dándose por concluidas las funciones asignadas
por el Decreto Nº 1536 de fecha 8 de octubre de 2013.
Art. 2° — Asígnase la categoría
de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del
rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del
Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Adrián
Roberto NADOR (D.N.I. Nº 23.505.444), mientras desempeñe las funciones
de Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la
SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3° — Los gastos que
demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las
partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M.
Timerman.